Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2003 (25/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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PROYECTO
MORDAZA DEL PROYECTO

MORDAZA, viernes 25 de MORDAZA de 2003

Mediante Decreto Supremo Nº 122-2002-PCM, de fecha 5 de diciembre del 2002, se creo la Comision Tecnica Multisectorial encargada de elaborar un Proyecto de Ley de Aguas a ser concertado con todos los sectores involucrados en el uso del agua. La Comision se instalo el 10 de enero del 2003 y luego de cuatro meses de trabajo ha considerado de MORDAZA importancia la prepublicacion de este proyecto y poder asi recibir los aportes y comentarios de la ciudadania. La prepublicacion se realiza por un plazo de 30 dias calendario, en el cual se recibiran comentarios a leydeaguas@minag.gob.pe; o al Ministerio de Agricultura, Despacho Viceministerial, sito Psje. Zela s/n Piso 9, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA 11-PERU. La Comision decidio utilizar el anteproyecto de Ley de Aguas prepublicado el 26 de MORDAZA del 2001 como base inicial del trabajo de una Secretaria Tecnica que ha venido elaborando el proyecto. Ademas, se acordo que el proyecto incorporaria explicitamente principios y lineamientos de politica para el manejo sostenible del agua. Para la elaboracion de este proyecto de Ley de Aguas se han tenido en cuenta las siguientes normas generales: La Constitucion Politica del Peru; la Ley Organica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales; la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; la Ley MORDAZA de Modernizacion de Gestion del Estado; el Codigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, asi como normas sectoriales. La Constitucion senala en el articulo 66º lo siguiente: "Los recursos naturales son Patrimonio de la Nacion y el Estado es soberano en su aprovechamiento, fijandose por Ley Organica las condiciones de su aprovechamiento." Es por esto que el Proyecto senala que el Estado asume la tutela del recurso en sus MORDAZA naturales, garantizando que su aprovechamiento se efectue en beneficio del desarrollo nacional y de la sociedad en su conjunto. El ambito de aplicacion del proyecto de Ley de Aguas es todas las aguas continentales y bienes asociados existentes en el territorio de la Republica, asi como las aguas que el Peru comparte con naciones limitrofes conforme a los tratados Internacionales ratificados por el Estado Peruano por mandato de la Constitucion. En los principios, el proyecto reconoce que el agua es un recurso natural, MORDAZA y vulnerable, que tiene un valor social, ambiental y estrategico para el desarrollo economico y social del pais. Se plantea que su aprovechamiento sostenible requiere de un manejo integral y por cuencas, en condiciones racionales y compatibles con la capacidad de recuperacion y regeneracion de los ecosistemas involucrados. El proyecto reconoce explicitamente que el acceso al agua para necesidades primarias de la poblacion es un derecho humano. Siendo el agua un bien de dominio publico, el proyecto plantea la creacion -en el MORDAZA de un Sistema Nacional de Gestion de las Aguas- de una unica Autoridad Nacional de Aguas, el Instituto Nacional del Agua, que MORDAZA por la cantidad, calidad y oportunidad del recurso. Esta Autoridad otorga los derechos de agua y sigue los lineamientos de politica de un Consejo Nacional de las Aguas, instancia rectora del Sistema, de caracter multisectorial y con participacion del sector publico y privado. Igualmente, el proyecto plantea la creacion de Consejos de MORDAZA de caracter regional o multiregional, asi como la participacion de las autoridades sectoriales y de los gobiernos regionales en la gestion del recurso. Con el objeto de promover la participacion de los usuarios en la gestion y aprovechamiento sostenible de las aguas, el proyecto reconoce y amplia el rol de las organizaciones de usuarios de agua. Estas organizaciones se crearan a nivel de cuencas o sistemas hidraulicos, por tipos de aprovechamiento y pueden ser de caracter nacional o regional. En cuanto a los niveles de organizacion de aprovechamiento agrario existentes, el Estado reconoce a la Junta Nacional de Usuarios de Riego, a las Juntas de Usuarios de Riego y a las Comisiones de Regantes como instancias de administracion y fijacion de tarifas de agua para fines agrarios. La propuesta de Ley distingue entre "usos" y "aprovechamientos" de las aguas, siendo definidos los primeros como los que dan acceso al agua para satisfacer necesidades humanas primarias, las que son de caracter gratuito por la sola disposicion de la Ley. Los aprovechamientos, por su parte, se otorgan mediante concesiones o autorizaciones sujetas al pago de retribuciones economicas. Ademas, el proyecto establece la obligacion de contar con autorizaciones para el vertimiento de aguas residuales en las MORDAZA, y desarrolla derechos especiales de agua asociados a las tierras comunales de las comunidades campesinas y nativas. El MORDAZA sistema de derechos de agua otorga mayor seguridad juridica a los agentes economicos que utilizan el recurso, al establecer un sistema de concesiones tal como senala la Ley Organica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales. La concesion no conlleva la privatizacion del recurso, se trata mas bien de un derecho que obliga a su aprovechamiento bajo control y vigilancia del Estado. Los titulares de concesiones de aguas estan sujetos a las condiciones del titulo de concesion respectivo. El proyecto le otorga particular importancia a la proteccion de las aguas, especialmente en sus MORDAZA naturales, integrando y fortaleciendo la autoridad sobre la calidad, cantidad y oportunidad del recurso. La Autoridad de Aguas que se crea tendra mayores atribuciones e instrumentos para prevenir y controlar procesos de contaminacion o degradacion del recurso por parte de actividades economicas o de otra indole. El proyecto establece un regimen economico que comprende tres tipos de pagos por derechos de agua: · · · Por el derecho de aprovechamiento Por el derecho de vertimiento Tarifa por el uso de infraestructura estatal hidraulica mayor

Ademas, propone un manejo sectorial de las tarifas de agua por MORDAZA de aprovechamiento, orientadas a financiar la prestacion del servicio de distribucion de las aguas al interior de cada sector. Se establecen tambien criterios para que los recursos financieros por el aprovechamiento del recurso se asignen de manera equilibrada entre el conjunto de la institucionalidad para el manejo sostenible del agua, y se plantea priorizar inversiones en las zonas generadoras del agua asi como en actividades de prevencion y manejo sostenible del recurso. Finalmente, el proyecto senala la importancia de una adecuada planificacion de la demanda y oferta del agua, a traves de la formulacion y seguimiento de Planes Hidrologicos por MORDAZA y a Nivel Nacional. Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Agricultura Presidente de la Comision Multisectorial

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