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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G39/G30/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 1 de agosto de 2003 Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no li- bera ni exonera del pago de impuestos o de derechos adua-neros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 14126 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G2D /G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G61/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G4D/G69/G6C/G69/G2D /G74/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/GED/G76/G69/G2D /G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G50/G75/G65/G72/G74/G6F/G20/G4D/G61/G6C/G64/G6F/G6E/G61/G64/G6F/G20/G79/G20/G76/G69/G73/G69/G74/G61/G73/G20/G61/G20/G68/G6F/G73/G2D/G70/G69/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 204-DE/SG Lima, 12 de junio de 2003 CONSIDERANDO:Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 -Ley de Requi- sitos para la Autorización y Consentimiento para el Ingresode Tropas Extranjeras en el Territorio de la República-, es-tablece que la autorización de ingreso al territorio peruanodel personal militar extranjero sin armas de guerra por ra-zones protocolares, de asistencia cívica, actividades aca-démicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgadamediante Resolución Suprema, en la que se debe especifi-car los motivos, la identificación del personal militar, la re-lación de equipos transeúntes y el tiempo de permanenciaen el territorio peruano; Que, con Facsímil (DGS-ENL) Nº 240 de 19.ma- yo.2003, el Embajador encargado de la Secretaría dePolítica Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores,solicita se expida la autorización para el ingreso al terri-torio de la República, sin armas de guerra, al Personalde la Sanidad Militar del "Naval Medical Education andTraining Command" - Washington D.C. de los EstadosUnidos de América, cuyos nombres se indican en la par-te resolutiva, en el período comprendido del 2 al 16 deagosto del presente año, con la finalidad de realizar unaAcción Cívica en la ciudad de Puerto Maldonado y visi-tas a hospitales en la ciudad de Lima; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Re- pública al Personal de la Sanidad Militar de los EstadosUnidos de América, en el período comprendido del 2 al 16de agosto del 2003, con la finalidad de realizar una AcciónCívica en la ciudad de Puerto Maldonado y visitas a hospi-tales en la ciudad de Lima, cuyos nombres a continuaciónse indican: 1. TENIENTE CORONEL TODD BURD 2. MAYOR SCOTT HARTWICH3. CAPITÁN MICHAEL HARTMANN 4. MAYOR JOHN JAMES 5. TENIENTE CHRIS KANE6. CAPITÁN DE CORBETA JAY KENNARD7. TENIENTE HEATHER SCHULZ8. TENIENTE CORONEL JIM STEWART9. TENIENTE KATHY TIEU 10. TENIENTE JASÓN DURBIN 11. CORONEL DONALD SKILLMAN12. CAPITÁN DE FRAGATA JAMES POLO13. CAPITÁN DE NAVÍO GREGORY MARTÍN14. CORONEL STEPHEN KINNE Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comi-sión de Defensa Nacional, Orden Interno e Inteligencia delCongreso de la República, en el plazo de 24 horas de suexpedición, conforme lo estipula el artículo 5º de la LeyNº 27856.Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros,el Ministro de Defensa y el Ministro de RelacionesExteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 14277 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G2D /G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G74/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/GF1/G61/G6C/G69/G7A/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 252-DE/SG Lima, 31 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 -Ley de Requisi- tos para la Autorización y Consentimiento para el Ingresode Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, esta-blece que la autorización de ingreso al territorio peruanodel personal militar extranjero sin armas de guerra por ra-zones protocolares, de asistencia cívica, actividades aca-démicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgadamediante Resolución Suprema, en la que se debe especifi-car los motivos, la identificación del personal militar, la re-lación de equipos transeúntes y el tiempo de permanenciaen el territorio peruano; Que, con Facsímiles (DGS-ENL) Nºs. 334, 338 y 341 de fechas 16, 17 y 21.julio.2003, respectivamente, el Se-cretario de Política Exterior del Ministerio de RelacionesExteriores, solicita se expida la autorización para el in-greso de personal militar ecuatoriano, por el período com-prendido del 1 al 31 de agosto del presente año, para larealización de los trabajos de señalización del cuartovértice del kilómetro cuadrado transferido por el Gobier-no del Perú en propiedad privada al Gobierno del Ecua-dor, indicando además que el citado personal militar co-laborará con Oficiales de las Fuerzas Armadas perua-nas, ingresará al país sin armas y se transportará endos helicópteros no artillados de las Fuerzas Armadasde la República del Ecuador; Que, con los Facsímiles antes indicados señalan que en las labores de desbroce y desminado se utilizaránexplosivos simples de uso civil, conforme se alude enla Nota Diplomática Nº 42066/2003-DGSL procedentedel Ministerio de Relaciones Exteriores de la Repúblicadel Ecuador, incluyéndose también los nombres de losMonitores Internacionales que acompañarán a estas la-bores; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Re- pública, al personal militar de la República del Ecuador, sinarmas de guerra y a los helicópteros no artillados de lasFuerzas Armadas de la mencionada República que trans-portará al referido personal, como también al personal deMonitores Internacionales, por el período comprendido del1 al 31.agosto.2003, para participar en los trabajos conjun-tos de señalización del cuarto vértice del kilómetro cuadra-do transferido por el Gobierno del Perú en propiedad priva-da al Gobierno del Ecuador, cuyos nombres, relación deequipos transeúntes y listado de explosivos simples de usocivil se indican en el Anexo que forma parte de la presenteResolución.