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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G39/G30/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 1 de agosto de 2003 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G6C/G61/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E /G45/G73/G74/G72/G61/G74/GE9/G67/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0824-2003-ED Lima, 31 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, car-go considerado de confianza, por lo que es necesario pro-ceder a la designación correspondiente; Que, el Artículo 7º, Disposición Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolución Ministerial odel Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la re-nuncia o se dispone una nueva designación o nombramientode los actuales funcionarios con cargo de confianza nocontemplados en el Artículo 1º de la mencionada Ley; De conformidad con la Ley Nº 27594, en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los DecretosSupremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a don Enrique PROCHAZ- KA GARAVITO, como Secretario de Planificación Estratégi-ca del Ministerio de Educación, a partir del 1 de agosto del2003, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MALPICA FAUSTOR Ministro de Educación 14342 ENERGÍA Y MINAS /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4A/G75/G72/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G2F/G6F/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/GED/G6E/G69/G6D/G61/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G32 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 162-2003-MEM/DGM Lima, 25 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 38º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, establece que el titular minero está obligado a ob-tener una producción mínima por año y por hectárea porlas concesiones mineras otorgadas; Que, la Resolución Ministerial Nº 271-2003-EM/DM aprobó el formulario para la acreditación de la DeclaraciónJurada de Producción y/o Inversión Mínima; Que, el artículo 3º de la misma Resolución señala que la Dirección General de Minería mediante Resolución Di-rectoral será la encargada de determinar la forma y fechade presentación de este formulario; Que, es necesario establecer una fecha y forma de pre- sentación de la Declaración Jurada de Producción y/o In-versión Mínima a efectos que los titulares de la actividadminera cumplan con la obligación contenida en el artículo38º antes mencionado; De conformidad con lo establecido en el inciso w) del artículo 101º del Texto Único Ordenado de la Ley Generalde Minería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precísase que el plazo de presentación de la Declaración Jurada de Producción y/o Inversión Míni-ma correspondiente al año 2002, será hasta el 18 de sep-tiembre del 2003. Artículo 2º.- La presentación de la Declaración Jurada de Producción y/o Inversión Mínima se realizará con el pro-cedimiento establecido en el Anexo I, el cual forma partede la presente Resolución. Artículo 3º.- Los Productores Mineros Artesanales, debidamente acreditados, podrán presentar la DeclaraciónJurada de Producción y/o Inversión Mínima en los formula-rios que están a disposición en la Oficina de Caja Trámite yen la página Web del Ministerio de Energía y Minas, sin estar sujetos al procedimiento referido en el artículo 2º dela presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA CHAPPUIS C. Directora General de Minería ANEXO I Para la presentación de la Declaración Jurada de Produc- ción y/o Inversión Mínima, los titulares mineros deberán acce-der vía Internet a la página Web: www.mem.gob .pe/formatos, para lo cual necesitarán contar con un Nombre de Usuario yClave Secreta (password), los cuales deberán obtenerse deuna de las siguientes formas, hasta el 15 de agosto del 2003: 1. Acercarse a las oficinas de la Dirección General de Minería (DGM) del Ministerio de Energía y Minas con suDocumento de Identidad (DNI) y Carta Poder Legalizadaque acredite ser el Representante Legal del titular minero.El horario de atención para realizar este trámite que nogenerará costo alguno para el titular, será de lunes a vier-nes de 8.30 a.m. a 4.30 p.m. 2. Registrarse en la Dirección Regional de Energía y Minas (DREM) de su Región con su Documento de Iden-tidad (DNI) y Carta Poder Legalizada que acredite ser elRepresentante Legal del titular minero. En un lapso de 3días útiles, el titular minero deberá acercarse nuevamen-te a la DREM, la cual brindará la información correspon-diente. 3. Enviar un correo electrónico (e-mail) a la siguiente dirección: declaraciones@mem.gob .pe, con los siguientes datos: Nombre del Titular Minero, Número de RUC, Núme-ro de Constancia de Pequeño Productor Minero o PequeñoProductor Minero Artesanal, Nombre del RepresentanteLegal, Número telefónico y en un lapso máximo de 3 díasútiles se le remitirá el Nombre de Usuario y Clave Secreta(password) por esa misma vía. 4. El Nombre de Usuario y Clave Secreta (password), también serán válidos para el ingreso de la información enla página Web de todas las declaraciones obligatorias deltitular minero. Asimismo, el titular minero deberá tener presente que: 1. La DGM no recibirá formularios impresos, con ex- cepción de los Productores Mineros Artesanales según loestablecido en el artículo 3º de la presente Resolución. 2. La información remitida por Internet sobre inversión mínima, sólo será válida si se remite al MEM, (físicamenteo a través del mismo Sistema) la copia de la DeclaraciónJurada de Impuesto a la Renta previamente presentada ala SUNAT dentro de la fecha del plazo de presentación. Enel caso que los titulares mineros cuenten con otro régimentributario distinto al común, deberán presentar un documen-to equivalente, el cual se considerará como válido. 14230 INTERIOR /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G56/G69/G63/G65/G6D/G69/G6E/G69/G73/G2D /G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G69/G6F/G72 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 0448-2003-IN Lima, 31 de julio del 2003 Vista, la renuncia que al cargo de Viceministro del Inte- rior, formula el señor Roberto VÁSQUEZ DE VELASCO DELA PUENTE; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 0014-2003-IN de fecha 13 de febrero del 2003, se nombró al señor Ro-berto VÁSQUEZ DE VELASCO DE LA PUENTE, en el car-go de Viceministro del Interior; De conformidad con lo establecido en la Ley del Poder Eje- cutivo - Decreto Legislativo Nº 560, concordante con la Ley queregula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento ydesignación de funcionarios públicos - Ley Nº 27594; y, Estando a lo acordado;