Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2003 (01/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 1 de agosto de 2003

Designan Secretario de Planificacion Estrategica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0824-2003-ED
MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario de Planificacion Estrategica del Ministerio de Educacion, cargo considerado de confianza, por lo que es necesario proceder a la designacion correspondiente; Que, el Articulo 7º, Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolucion Ministerial o del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designacion o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el Articulo 1º de la mencionada Ley; De conformidad con la Ley Nº 27594, en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a don MORDAZA PROCHAZKA GARAVITO, como Secretario de Planificacion Estrategica del Ministerio de Educacion, a partir del 1 de agosto del 2003, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MALPICA FAUSTOR Ministro de Educacion 14342

en la pagina Web del Ministerio de Energia y Minas, sin estar sujetos al procedimiento referido en el articulo 2º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAPPUIS C. Directora General de Mineria ANEXO I Para la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Produccion y/o Inversion Minima, los titulares mineros deberan acceder via Internet a la pagina Web: www.mem.gob.pe/formatos, para lo cual necesitaran contar con un Nombre de Usuario y Clave Secreta (password), los cuales deberan obtenerse de una de las siguientes formas, hasta el 15 de agosto del 2003: 1. Acercarse a las oficinas de la Direccion General de Mineria (DGM) del Ministerio de Energia y Minas con su Documento de Identidad (DNI) y Carta Poder Legalizada que acredite ser el Representante Legal del titular minero. El horario de atencion para realizar este tramite que no generara costo alguno para el titular, sera de lunes a viernes de 8.30 a.m. a 4.30 p.m. 2. Registrarse en la Direccion Regional de Energia y Minas (DREM) de su Region con su Documento de Identidad (DNI) y Carta Poder Legalizada que acredite ser el Representante Legal del titular minero. En un lapso de 3 dias utiles, el titular minero debera acercarse nuevamente a la DREM, la cual brindara la informacion correspondiente. 3. Enviar un correo electronico (e-mail) a la siguiente direccion: declaraciones@mem.gob.pe, con los siguientes datos: Nombre del Titular Minero, Numero de RUC, Numero de MORDAZA de Pequeno Productor Minero o Pequeno Productor Minero Artesanal, Nombre del Representante Legal, Numero telefonico y en un lapso MORDAZA de 3 dias utiles se le remitira el Nombre de Usuario y Clave Secreta (password) por esa misma via. 4. El Nombre de Usuario y Clave Secreta (password), tambien seran validos para el ingreso de la informacion en la pagina Web de todas las declaraciones obligatorias del titular minero. Asimismo, el titular minero debera tener presente que: 1. La DGM no recibira formularios impresos, con excepcion de los Productores Mineros Artesanales segun lo establecido en el articulo 3º de la presente Resolucion. 2. La informacion remitida por Internet sobre inversion minima, solo sera valida si se remite al MEM, (fisicamente o a traves del mismo Sistema) la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Impuesto a la Renta previamente presentada a la SUNAT dentro de la fecha del plazo de presentacion. En el caso que los titulares mineros cuenten con otro regimen tributario distinto al comun, deberan presentar un documento equivalente, el cual se considerara como valido. 14230

ENERGIA Y MINAS
Precisan plazo de MORDAZA de la Declaracion Jurada de Produccion y/o Inversion Minima correspondiente al ano 2002
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 162-2003-MEM/DGM
MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, el articulo 38º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 01492-EM, establece que el titular minero esta obligado a obtener una produccion minima por ano y por hectarea por las concesiones mineras otorgadas; Que, la Resolucion Ministerial Nº 271-2003-EM/DM aprobo el formulario para la acreditacion de la Declaracion Jurada de Produccion y/o Inversion Minima; Que, el articulo 3º de la misma Resolucion senala que la Direccion General de Mineria mediante Resolucion Directoral sera la encargada de determinar la forma y fecha de MORDAZA de este formulario; Que, es necesario establecer una fecha y forma de MORDAZA de la Declaracion Jurada de Produccion y/o Inversion Minima a efectos que los titulares de la actividad minera cumplan con la obligacion contenida en el articulo 38º MORDAZA mencionado; De conformidad con lo establecido en el inciso w) del articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Precisase que el plazo de MORDAZA de la Declaracion Jurada de Produccion y/o Inversion Minima correspondiente al ano 2002, sera hasta el 18 de septiembre del 2003. Articulo 2º.- La MORDAZA de la Declaracion Jurada de Produccion y/o Inversion Minima se realizara con el procedimiento establecido en el Anexo I, el cual forma parte de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Los Productores Mineros Artesanales, debidamente acreditados, podran presentar la Declaracion Jurada de Produccion y/o Inversion Minima en los formularios que estan a disposicion en la Oficina de MORDAZA Tramite y

INTERIOR
Aceptan renuncia y designan Viceministro del Interior
RESOLUCION SUPREMA Nº 0448-2003-IN
MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2003 Vista, la renuncia que al cargo de Viceministro del Interior, formula el senor MORDAZA MORDAZA DE VELASCO DE LA PUENTE; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 0014-2003-IN de fecha 13 de febrero del 2003, se nombro al senor MORDAZA MORDAZA DE VELASCO DE LA MORDAZA, en el cargo de Viceministro del Interior; De conformidad con lo establecido en la Ley del Poder Ejecutivo - Decreto Legislativo Nº 560, concordante con la Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos - Ley Nº 27594; y, Estando a lo acordado;

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