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LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 14284 ECONOMÍA Y FINANZAS /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G2D/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G65/G70/G61/G72/G61/G72/G20/G70/G72/G6F/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G73/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G73/G20/G79/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G73/G65/G6E/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G61/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G45/G73/G74/G61/G74/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 401-2003-EF/10 Lima, 31 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 238-2003- PCM, se constituyó la Comisión Multisectorial encargadade estudiar y preparar propuestas técnicas y normativasorientadas a coadyuvar al cumplimiento de sentencias porparte de la Administración Estatal; Que, la referida norma legal menciona asimismo que la Comisión Multisectorial estará conformada, entre otrosmiembros, por un representante del Ministerio de Econo-mía y Finanzas; Que, en consecuencia resulta necesario designar al representante del Ministerio de Economía y Finanzas antela mencionada Comisión Multisectorial; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir de la fecha, al señor HARRY HAWKINS MEDEROS, como representante delMinisterio de Economía y Finanzas en la Comisión Multi-sectorial, a la que se refiere la Resolución MinisterialNº 238-2003-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 14330 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G31/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G45/G46/G2F /G37/G36/G2E/G30/G31/G2C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G41/G70/G72/G6F/G62/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G45/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G2D/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F /G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 031-2003-EF/76.01 Lima, 30 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 16º de la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado - Ley Nº 27209 se dispone queel proceso presupuestario comprende, entre otros, a lasfases de Programación, Formulación y Aprobación del Pre-supuesto del Sector Público para el año fiscal 2004. Asi-mismo, la mencionada norma dispone que dichas fases seencuentran reguladas genéricamente por la Ley Nº 27209y por las Directivas que emita la Dirección Nacional delPresupuesto Público, la misma que de acuerdo al artículo4º de la citada Ley, es la más alta autoridad técnico-norma-tiva del Sistema de Gestión Presupuestaria del Estado; Que, mediante Resolución Directoral Nº 050-2002-EF/ 76.01 se aprobó la Directiva Nº 001-2003-EF/76.01, Di-rectiva para la Aprobación, Ejecución y Control del Pro-ceso Presupuestario del Sector Público para el Año Fis- cal 2003; Que, es necesario que el Presupuesto Institucional Modi- ficado (PIM) de los Pliegos se mantenga permanentementeactualizado, conforme se vayan efectuando las modificacio-nes presupuestarias, razón por la que se requiere modificar laDirectiva para la Aprobación, Ejecución y Control del ProcesoPresupuestario del Sector Público para el Año Fiscal 2003; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y la Re-solución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 - Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio de Economía yFinanzas y normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas en los artículos 4º y 5º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria delEstado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el numeral (ii) del artículo 27º de la Directiva Nº 001-2003-EF/76.01, Directiva para la Apro-bación, Ejecución y Control del Proceso Presupuestario delSector Público para el Año Fiscal 2003, aprobada por laResolución Directoral Nº 050-2002-EF/76.01: “Artículo 27º.- Lineamientos Operativos para las Mo- dificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Pro-gramático (...) (ii) Cuando se trate de Créditos y Anulaciones dentro de una Unidad Ejecutora - Las modificaciones presupuestarias que se efectúen deben permitir asegurar el cumplimiento de las Metas Pre-supuestarias, de acuerdo a la oportunidad de su ejecución(establecida en la Programación de Metas Presupuesta-rias), según la priorización de gastos aprobada por el Titu-lar del Pliego. - Las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcio- nal Programático que se efectúen al interior de cada UnidadEjecutora, se formalizan dentro de los diez primeros díasdel mes siguiente de realizadas por el Titular del Pliego, con-forme al Anexo Nº 01 de la presente Directiva, detallando laSección, Pliego, Unidad Ejecutora, Función, Programa,Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de financiamien-to, Categoría del Gasto y Grupo Genérico del Gasto. La For-malización correspondiente al mes de julio, se efectuará den-tro de los primeros veinte (20) días del mes de agosto. Las resoluciones que se emitan, se elaboran de acuerdo al Modelo Nº 05 que se adjunta a la presente Directiva. Co-pia de las citadas resoluciones deben ser remitidas por laOficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Plie-go, a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, en elplazo señalado en el Anexo Nº 01 de la presente Directiva. - Las Modificaciones Presupuestarias que se realicen con cargo a la Fuente de Financiamiento “Recursos porOperaciones Oficiales de Crédito Externo”, deberán contarcon Informe favorable de la Oficina de Presupuesto o laque haga sus veces en el Pliego, el mismo que tendrá encuenta el respectivo Convenio. Si se hubieran generado “Notas para Modificación Pre- supuestaria” después de la aprobación de la Resoluciónde Formalización de Modificaciones Presupuestarias en elNivel Funcional Programático, como consecuencia de ope-raciones que debían registrarse en el mes, éstas deberánaprobarse mediante Resolución adicional expedida por elTitular del Pliego, debidamente fundamentada”. Artículo 2º .- Sustituir el Anexo Nº 01 de la Directiva Nº 001-2003-EF/76.01, Directiva para la Aprobación, Eje-cución y Control del Proceso Presupuestario del Sector Pú-blico para el Año Fiscal 2003, aprobada por la ResoluciónDirectoral Nº 050-2002-EF/76.01, por el Anexo Nº 01 ad-junto a la presente Resolución. Artículo 3º.- La Dirección Nacional del Presupuesto Público informa mensualmente a la Contraloría General dela República la relación de los Pliegos que no han cumplidocon enviar oportunamente a través del Software Presupues-tal, la información relativa a las modificaciones presupues-tarias en el nivel institucional y en el funcional programáti-co que hayan realizado. Regístrese y comuníquese.NELSON SHACK YALTA Director GeneralDirección Nacional del Presupuesto Público