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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (05/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 4

PÆg. 249262 NORMAS LEGALES Lima, martes 5 de agosto de 2003 DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Aprobar, en vía de regularización, la donación efectua- da por el Gobierno del Perú a favor de la República Argen-tina, a fin de brindar atención a los damnificados de la emer-gencia ocurrida en la provincia de Santa Fe de ese herma-no país, a principios del mes de mayo del presente año,consistente en provisiones de ayuda humanitaria, como fra-zadas, colchones, carpas, ropas diversas y medicamen-tos, valorizadas en US$ 21 707,02 (Veintiún mil setecien-tos siete y 02/100 Dólares de los Estados Unidos de Améri-ca), de acuerdo al siguiente detalle: - Donación del Instituto Nacional US$ 17 645,68 de Defensa Civil - Donación del Ministerio de Salud US$ 4 061,34 ------------- Total: US$ 21 707,02 Artículo 2º.- Transcripción Transcríbase el presente Decreto Supremo a la Contra- loría General de la República. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Econo-mía y Finanzas, el Ministro de Relaciones Exteriores y elMinistro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de agosto del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 14632 Autorizan al Presidente del Consejo Nacional de Descentralización a ausen-tarse del país RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 234-2003-PCM Lima, 4 de agosto de 2003 CONSIDERANDO:Que, el señor Luis Alberto Thais Díaz, Presidente del Con- sejo Nacional de Descentralización, se ausentará del país el7, 8 y 9 de agosto de 2003 por motivos de índole personal; Que, el Presidente del Consejo Nacional de Descen- tralización, conforme lo establece el numeral 23.3 del artículo23º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización,tiene rango y condición de Ministro de Estado, por lo que le esde aplicación el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, es pertinente autorizar el viaje del Presidente del Consejo Nacional de Descentralización; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y elDecreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Luis Alberto Thais Díaz, Presidente del Consejo Nacional de Descen-tralización, durante los días 7, 8 y 9 de agosto de 2003,para los fines expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción no ocasionará gasto alguno al Estado ni dará derechoa exoneración de impuestos o de derechos aduaneros deninguna clase o denominación.Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros 14634 Designan funcionarios responsables de brindar información y de elaborar portalde Internet del CONAPA de conformidadcon el TUO de la Ley de Transparencia yAcceso a la Información Pœblica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 261-2003-PCM Lima, 4 de agosto de 2003 Visto el Oficio Nº 434-2003-PCM-SG-CONAPA-SE de la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Nacional de los Pue-blos Andinos, Amazónicos y Afro Peruanos - CONAPA; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM,señala que dicha Ley tiene como finalidad promover latransparencia de los actos del Estado y regular el derechofundamental del acceso a la información, consagrado en elnumeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política; Que, de conformidad con el principio de publicidad regula- do en la Ley citada en el considerando precedente, todas lasactividades y disposiciones de las entidades de la Administra-ción Pública están sometidas al principio de publicidad; Que, de acuerdo al artículo 3º del Texto Único Orde- nado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso ala Información Pública, aprobado por Decreto SupremoNº 043-2003-PCM, el Estado adoptará medidas básicas quegaranticen y promuevan la transparencia en la actuaciónde las entidades de la Administración Pública, y tiene laobligación de entregar la información que demanden laspersonas en aplicación del principio de publicidad; Que, para tal efecto, el último párrafo del artículo seña- lado establece que la entidad pública designará al funcio-nario responsable de entregar la información solicitada; Que, asimismo de acuerdo con el artículo 8º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acce-so a la Información Pública, aprobado por Decreto SupremoNº 043-2003-PCM, las entidades obligadas a brindar infor-mación identificarán, bajo responsabilidad de su máximo re-presentante, al funcionario responsable de brindar la informa-ción solicitada en virtud de lo establecido en la referida ley; Que, conforme al literal a) del artículo 11º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Ac-ceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Su-premo Nº 043-2003-PCM, toda solicitud de informacióndebe ser dirigida al funcionario designado por la entidad dela Administración Pública para realizar esta labor, por loque resulta necesario efectuar dicha designación; Que, el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM,establece que las entidades de la Administración Públicaestablecerán progresivamente, de acuerdo a su presupues-to, la difusión a través de Internet de información referida ainformación presupuestal, adquisiciones de bienes y servi-cios, actividades oficiales que desarrollarán o desarrollaronlos altos funcionarios de la respectiva entidad, entre otras; Que, dicha norma señala además que la entidad públi- ca deberá identificar al funcionario responsable de la ela-boración de los portales de Internet; Que, de conformidad con el artículo 4º del Decreto Su- premo Nº 111-2001-PCM, modificado por Decreto Supre-mo Nº 012-2003-PCM, la Comisión Nacional de los Pue-blos Andinos, Amazónicos y Afro Peruanos - CONAPA seráasistida técnica y administrativamente por una SecretaríaEjecutiva; Que, por Resolución Ministerial Nº 084-2003-PCM se designó a la señora Hilda Zamalloa Huambo como Secre-taria Ejecutiva de la CONAPA;