Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2003 (05/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, martes 5 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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TABLA Aplicacion practica de la metodologia para procesar los resultados de la encuesta aplicada a los docentes-administrativos ( ejemplo con un solo cuestionario)
Valor Suma consolidada de cada factor ponderado multiplicado por su valor de cada factor ponderado Nunca 2 16 x 2 A veces 4 20 x 4 Casi siempre 6 11 x 6 Siempre 8 06 x 8 Suma total ponderado de los factores (nunca + a veces + casi siempre + siempre) Para obtener el promedio parcial simple de la encuesta aplicada a los docentes-administrativos: 1.- La suma total ponderado de los factores se divide entre el numero de criterios de evaluacion de docentes y administrativos contemplados en el cuestionario (Anexo 1 de la R.M. Nº 0678). 2.- El resultado obtenido en la operacion anterior dividirlo entre el numero de personas que respondieron el cuestionario. Factor de calificacion Puntaje parcial ponderado 32 80 66 48 226

1) 226/53 = 4.264

f) Si sobrasen hojas impresas del cuestionario al momento de su aplicacion por la inasistencia de las personas seleccionadas, la Comision en cada pagina pondra la palabra anulada, y luego las guardara en sobre lacrado y firmado por sus miembros, actos que deberan constar en actas. g) Despues de concluida la aplicacion del cuestionario, la Comision los guardara en un sobre lacrado y firmado por sus miembros que participaron en dicho acto, lo que constara en actas. h) Durante la aplicacion del cuestionario como minimo deberan estar presentes dos miembros de la Comision de Evaluacion. i) Al momento de procesar los datos del cuestionario, la Comision en pleno aperturara los sobres lacrados y verificara si la numeracion de los cuestionarios coincide con la numeracion de las pestanas desglosadas, lo que constara en actas. j) El resultado final sera registrado en el libro de actas. 5.2.11. En caso que el Director a ser evaluado ha ejercido el cargo en dos instituciones diferentes, la evaluacion se efectuara en la institucion donde ejercio el cargo la mayor cantidad de anos. Del MORDAZA 5.2.12. Todos los plazos establecidos en la Resolucion Ministerial seran contados en dias habiles de conformidad con lo establecido en el articulo 134º de la Ley Nº 27444. 5.2.13. A los plazos establecidos en la Resolucion Ministerial, se le podra agregar el termino de la distancia previsto entre el lugar del domicilio del director a ser evaluado y el lugar de la unidad de recepcion facultado para llevar a cabo el MORDAZA de evaluacion. 5.2.14. Las Direcciones Regionales de Educacion, la Direccion de Educacion de MORDAZA y la Direccion de Educacion del Callao, mediante decision expresa, podra otorgar prorroga a los plazos establecidos en la Resolucion Ministerial cuando asi lo estimen conveniente, en concordancia con lo establecido en la Ley Nº 27444. 14454

2) 4.264/1 = 4.264

5.2.5. El resultado 4.264 le MORDAZA el puntaje del cuestionario aplicado a los docentes-administrativos de acuerdo a los rangos contemplados en el numeral 6.3.3 de la Resolucion Ministerial. 5.2.6. Para obtener el promedio parcial del cuestionario aplicado a los alumnos y la ficha tecnica para la evaluacion del informe tecnico sobre los resultados de la gestion, se aplicara el mismo MORDAZA senalado en la tabla. 5.2.7. Para calificar las distinciones y reconocimientos, asi como la produccion intelectual se tendra en cuenta los siguientes aspectos: a) Las distinciones y reconocimientos pueden ser de caracter regional, local, sectorial, institucional, siempre relacionado con el desarrollo del instituto. b) La produccion intelectual a considerarse para la evaluacion de los meritos, deben de estar registrados en INDECOPI o publicadas con el respaldo de una institucion o programa debidamente registrada y/o autorizada. 5.2.8. Los docentes y administrativos contratados reconocidos como usuarios para efectos de aplicarse el cuestionario, son aquellos que se encuentran con contratos debidamente reconocidos por la Direccion Regional de Educacion, Direccion de Educacion de MORDAZA y Direccion de Educacion del Callao. 5.2.9. El Director que no MORDAZA solicitado su evaluacion para la ratificacion, automaticamente se le tendra por no ratificado. En este caso el organo Intermedio debe declarar vacante la plaza y proceder con las encargaturas. Mientras dure este MORDAZA, el director no ratificado seguira en funciones para garantizar una transferencia ordenada de la gestion. El MORDAZA de encargaturas para las instituciones de formacion tecnologica se regira de acuerdo a la Resolucion Ministerial Nº 445-2003-ED. 5.2.10. Al momento de implementar la metodologia para procesar y aplicar el cuestionario la comision debe de observar lo siguiente: a) La Comision de Evaluacion organizara la lista de control de administrativos-docentes y alumnos que responderan el cuestionario, sobre la base del CAP, los contratos oficialmente reconocidos y nominas de matricula de alumnos del Instituto visados por el Organo Intermedio respectivo. b) En el caso de las instituciones de formacion tecnologica se tendra en cuenta los alumnos del V y VI semestre. En caso de las instituciones de formacion pedagogica y escuelas superiores de formacion artistica se tendra en cuenta los alumnos del IX y X semestre. c) La aplicacion del cuestionario sera personal, anonima, y simultanea para docentes-administrativos y alumnos, con dicho objeto se publicitara el dia y la hora que se llevara a cabo. No se permitiran enmendaduras en los cuestionarios. d) Cada hoja para la aplicacion del cuestionario deben de ser impresas, numeradas, ademas cada una debe de tener una pestana desglosable con la misma numeracion, las mismas que quedaran registradas en el libro de actas. e) Los miembros de la Comision Evaluadora en su totalidad, MORDAZA de aplicar el cuestionario, firmaran en cada una de las hojas, luego desglosaran la pestana de cada hoja y lo guardaran en la Direccion Regional de Educacion, Direccion de Educacion de MORDAZA o Direccion de Educacion del Callao, segun corresponda, en sobre lacrado y firmado por cada uno de sus miembros.

INTERIOR
Designan Defensor del Policia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1321-2003-IN
MORDAZA, 4 de agosto del 2003 Mediante Resolucion Ministerial Nº 0186-2002-IN/0102 de 5 de febrero del 2002, se crea la Defensoria del Policia, cuya mision es garantizar los derechos humanos del personal que presta servicios en la Policia Nacional del Peru al interior de la propia organizacion policial; plantear mecanismos de solucion en salvaguarda de sus derechos fundamentales mediante la debida aplicacion de las normas y reglamentos vigentes, en concordancia con las disposiciones de la Constitucion Politica del Peru y las Leyes de la Republica, asi como con las normas internaciones sobre derechos humanos; e impulsar una cultura de respeto a los derechos y deberes inherentes al personal de la Policia Nacional; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Defensor del Policia, por lo que se hace necesario designar al funcionario que desempenara dicha funcion; De conformidad con lo establecido en la Ley del Poder Ejecutivo - Decreto Legislativo Nº 560, concordante con la Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a partir de la fecha al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Defensor del Policia, para los fines a que se contrae la Resolucion Ministerial Nº 186-2002-IN-0102 del 5 de febrero del 2002. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 14593

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