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PÆg. 249722 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de agosto de 2003 DEBE DECIR: 619EN EL ARTÍCULO 4ºDICE:1746DEBE DECIR:1776EN EL OCTAVO CONSIDERANDO Y ARTÍCULO 5ºDICE:R.M. Nº 806-92-SA/DMDEBE DECIR:R.M. Nº 805-92-SA/DM15035 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan permiso de operación a Trans- portes Fluviales Neydita SRL. para pres-tar servicio regular de transporte flu-vial comercial de carga general en trÆ- fico nacional o cabotaje DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE ACUÁTICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 220-2003-MTC/13 Lima, 21 de julio de 2003 Vista la solicitud, Expediente Nº 015191-2003, presen- tada por la empresa naviera TRANSPORTES FLUVIA- LES NEYDITA SRL.,mediante la cual solicita Permiso de Operación para prestar servicio regular de transporte flu- vial comercial de carga general en tráfico nacional o ca- botaje; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Co- mercial, en el cual se establecen las normas técnicas y legales a las cuales deberán sujetarse las personas naturales y jurídicas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administra- tivo, operativo y de seguridad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislación vigente, correspon- de a la Dirección General de Transporte Acuático expedir los Permisos de Operación a las personas naturales o empresas navieras nacionales, que lo soliciten; Que, la empresa naviera TRANSPORTES FLUVIALES NEYDITA SRL., ha cumplido con las condiciones y requi- sitos establecidos en el Reglamento de Transporte Flu- vial vigente, para prestar servicio regular de transporte fluvial comercial de carga general en tráfico nacional o cabotaje; Que, la empresa naviera TRANSPORTES FLUVIALES NEYDITA SRL.,se encuentra debidamente inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20196278533; Que, mediante Informe Nº 151-2003-MTC/13.02 de la Dirección de Marina Mercante y Transporte Multi- modal, así como del Informe Nº 200-2003-MTC/13.al del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operación presentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado;De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legisla- tivo Nº 560, Decretos Supremos Nº 005-2001-MTC, Nº 041-2002-MTC y Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a fa- vor de la empresa naviera TRANSPORTES FLUVIALES NEYDITA SRL., para prestar servicio regular de trans- porte fluvial comercial de carga general en tráfico nacio- nal o cabotaje, en la forma siguiente: TRÁFICO :Nacional o cabotaje SERVICIO :Regular; ruta: Iquitos-Pucallpa-Iqui- tos y viceversa. TRANSPORTE :Carga general Artículo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el artículo precedente será atendido con la embarcación de su propiedad denominada: M/F "Florico" con matrícu- la IQ- 008471-MF. Artículo 3º.- El permiso de operación que se otor- ga por el Artículo 1º, tendrá una vigencia de cinco (5) años, computados a partir de la fecha de la publica- ción en el Diario Oficial El Peruano; la renovación deberá ser solicitada por la empresa recurrente a la Dirección General de Transporte Acuático del Minis- terio de Transportes y Comunicaciones con anticipa- ción de sesenta (60) días calendario antes de su ven- cimiento. Artículo 4º.- El permiso de operación otorgado, im- plica la obligación por parte de la empresa naviera, de someterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demás disposiciones legales y reglamentarias que regulan el transporte fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia, así como a las disposicio- nes y directivas que dicte la Dirección General de Transporte Acuático. Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Jurídicas que prestan servicio de transporte fluvial, en la forma esta- blecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comer- cial. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guar- dacostas, a las Capitanías de Puerto de Iquitos y Pucall- pa y a la Dirección Regional de Transportes y Comunica- ciones del Gobierno Regional de Loreto para su conoci- miento y fines. Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EFRAÍN COLL CALDERÓN Director General 14623 Otorgan permiso de operación a Trans- portes Armas Ramírez S.A.C. para pres-tar servicio irregular de transporte flu-vial comercial de carga general y líquida RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 231-2003-MTC/13 Lima, 24 de julio de 2003 Vista la solicitud, Expediente Nº 014673-2003, presen- tada por la empresa naviera TRANSPORTES ARMAS RAMÍREZ SAC., mediante la cual solicita Permiso de Operación para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial de carga general y líquida entre los puer- tos fluviales peruanos en tráfico nacional o cabotaje; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comer-