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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (13/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 28

PÆg. 249714 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de agosto de 2003 Promoción de la Democracia 1889 F Street, Suite 660 Washington, D.C. 20006 Teléfono: 202-458-3589Fax: 202-458-6250 4.1.b. Secretaría Pro Tempore del Grupo de Río Emb. Harry Beleván-Mc Bride Secretario Pro Tempore Jr. Ucayali 363, Lima 1, PerúTeléfono: (511) 311-2591 Fax: (511) 311-2595 4.1.c. Instituto para la Democracia y Asistencia Electoral (IDEA) Dr. Rafael RoncaglioloProlongación Arenales 452, Lima 27, Perú Teléfono: (511) 440-4092, 440-4093 Fax: (511) 440-8200 4.2. Todas las comunicaciones y notificaciones que se deriven de este ME tendrán validez únicamente cuan-do sean remitidas por correo o vía facsímil y estén dirigi- das a las direcciones indicadas en este artículo. 4.3. Cualquiera de las Partes podrá cambiar la de- pendencia responsable, el representante designado, o la dirección y números de teléfono y de fax indicados, noti- ficándolo a las demás Partes por escrito de manera anti-cipada. ARTÍCULO QUINTO PRIVILEGIOS E INMUNIDADES Las Partes reconocen mutuamente los privilegios e inmunidades de que gozan en virtud de los acuerdos sobre la materia y los principios generales de derecho internacional. ARTÍCULO SEXTO SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 6.1. Cualquier controversia que surja con motivo de la aplicación o interpretación de este ME deberá resolversemediante negociación directa entre las Partes. De no lle- gar a una solución satisfactoria, las Partes someterán sus diferencias al procedimiento arbitral que convengande común acuerdo. 6.2. Ninguna de las disposiciones contenidas en este Acuerdo se entenderá como una renuncia a los privile-gios e inmunidades que asisten a las Partes. ARTÍCULO SÉPTIMO MODIFICACIONES Las modificaciones de este ME podrán hacerse de común acuerdo entre las Partes expresado por escrito y firmado por los representantes de cada una de las Par- tes. ARTÍCULO OCTAVO VIGENCIA Y TERMINACIÓN 8.1. Este ME entrará en vigor una vez firmado por las Partes. 8.2. Este ME podrá terminarse por consentimiento entre las Partes o cualquiera de ellas podrá darlo por terminado, sin invocación de causa, mediante una notifi-cación escrita a la otra con una antelación no menor de treinta días a la fecha en que se solicite su terminación. 8.3. La terminación de este ME no afectará la vigen- cia de las actividades y proyectos iniciados en virtud del Artículo 2.5. EN FE DE LO CUAL, los representantes de las Par- tes debidamente autorizados al efecto, firman este Memo-rando de Entendimiento en Washington, D.C., a los 24 días del mes de abril del año 2003. (Firma) Embajador Eduardo Ferrero Costa Representante Permanente del Perú ante la Organización de los Estados AmericanosSecretaría Pro Tempore del Grupo de Río (Firma) César GaviriaSecretario General (Firma) Daniel ZovattoSenior Executive IDEA International 15089 Autorizan uso de pasaporte diplomÆti- co a funcionaria nombrada como Cón- sul General del Perœ en Valparaíso, Repœblica de Chile RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 193-2003-RE Lima, 12 de agosto de 2003Vista la Resolución Suprema Nº 026-2003-RE, de 21 de enero de 2003, que nombra a la Ministra en el Servi-cio Diplomático de la República, en situación de retiro, María Victoria Sbárbaro de Lozano, Cónsul General del Perú en Valparaíso, República de Chile; CONSIDERANDO: Que el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 832, de 14 de julio de 1996, establece que son titulares de pasaporte diplomático, entre otros, los funcionarios del Servicio Diplo-mático de la República en situación de actividad; Que el artículo 4º del citado Decreto Legislativo esta- blece que, excepcionalmente, mediante Resolución Su-prema se puede autorizar el uso de pasaporte diplomático a otras personas que cumplan misiones oficiales; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GPX) Nº 2801, del Gabinete de Coordinación del Secre- tario de Política Exterior, de 25 de julio de 2003; De conformidad con el artículo 4º del Decreto Legisla- tivo Nº 832, de 14 de julio de 1996; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar el uso de pasaporte diplomá- tico a la Ministra en el Servicio Diplomático de la República,en situación de retiro, María Victoria Sbárbaro de Lozano, por el tiempo que cumpla funciones como Cónsul General del Perú en Valparaíso, República de Chile. Regístrese y comuníquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 15184 Delegan facultades para suscribir el Acuerdo Gestión de Servicios entre la OACI y Argentina, Bolivia, Brasil, Chi- le, Ecuador, Francia (Guyana Francesa),Guyana, Paraguay, Perœ, Suriname, Uru-guay y Venezuela RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 194-2003-RE Lima, 12 de agosto de 2003 Vista la Hoja de Trámite (GPX) Nº 2769, de 23 de julio de 2003, del Gabinete de Coordinación del Secretario de Política Exterior; Debiendo suscribirse el "Acuerdo Gestión de Servi- cios entre la Organización de Aviación Civil Internacio- nal y los Estados de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile,Ecuador, Francia (Guyana Francesa), Guyana, Para- guay, Perú, Suriname, Uruguay y Venezuela" ;