Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2003 (13/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 13 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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Autorizan pago de adeudos a la UNESCO y la ONU
RESOLUCION SUPREMA Nº 200-2003-RE MORDAZA, 12 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que es obligacion del Peru cumplir con el pago priorizado de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se han previsto recursos para el pago priorizado de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo a la priorizacion y en funcion a la disponibilidad de la MORDAZA Fiscal; De conformidad con lo establecido en el articulo 27º numeral 27.1 de la Ley Nº 27879 -Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003-; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el pago de las cuotas y/o contribuciones a los organismos internacionales que figuran en la relacion establecida por el Ministerio de Relaciones Exteriores que se detalla a continuacion, por el importe de QUINIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA (US$ 500 000,00).
ORGANISMO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA 365 112,00

lombia suscribieron el Convenio de Cooperacion Aduanera, que fue aprobado mediante la Resolucion Suprema Nº 956 de fecha 18 de noviembre del ano 1938; Que, posteriormente el 9 de enero de 1981 se suscribio el Protocolo Modificatorio del Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano-Colombiano de 1938, que entro en vigencia mediante la expedicion del Decreto Supremo Nº 069-82-EFC de fecha 17 de febrero de 1982; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 224-RE del 29 de MORDAZA de 1991 se creo la Comision Administradora Nacional del Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano - Colombiano, con el objetivo de facilitar las tareas de concertacion entre las entidades nacionales involucradas en la evaluacion del grado de utilizacion del convenio y las propuestas para su modificacion, el mantenimiento de informacion relevante actualizada asi como la difusion de los alcances y beneficios del mismo; Que, la citada Resolucion Suprema Nº 224-RE establecio los objetivos y composicion de la referida Comision; Que, tanto el Gobierno Regional de MORDAZA como la Camara de Comercio, Industria y Turismo de MORDAZA, han solicitado al Ministerio de Relaciones Exteriores que la citada Comision sea activada y su conformacion sea actualizada con la nueva estructura del Estado; Que, con el fin que la Comision Administradora Nacional del Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano - Colombiano refleje la actual organizacion funcional del Estado, asi como del sector privado beneficiario del referido Convenio, es necesario actualizar la composicion de la misma; De conformidad con lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 26122, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores y demas normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Renuevase la Comision Administradora Nacional del Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano - Colombiano cuyos objetivos son los siguientes: a) Evaluar el grado de utilizacion del Convenio, asi como de las solicitudes y propuestas de modificacion del Arancel Comun. b) Llevar un inventario de Empresas Industriales y Comerciales localizadas en la MORDAZA que opera al MORDAZA del Convenio de Cooperacion Aduanera. c) Mantener la informacion actualizada respecto de los insumos y bienes requeridos en los procesos productivos y/o de consumo de la MORDAZA de aplicacion. d) Promocionar y difundir los beneficios y alcances del Convenio. Articulo Segundo.- La Comision Administradora Nacional del Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano Colombiano, estara integrada por los siguientes miembros: - Un Representante titular del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien la presidira. - Un Representante titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. - Un Representante titular del Gobierno de la Region Loreto. - Un Representante titular del Gobierno de la Region Ucayali. - Un Representante titular del Gobierno de la Region San Martin. - Un Representante titular de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas). - Un representante de la Camara de Comercio de Loreto. - Un Representante de la Camara de Comercio de Ucayali. - Un Representante de la Camara de Comercio de San Martin. Cada uno de los Sectores MORDAZA mencionados, designara a un Representante Alterno. Articulo Tercero.- Los Representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria seran designados por Resolucion del titular de sus respectivos sectores.

ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA (UNESCO) Pago de adeudos ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU) Pago de adeudos

134 888,00

Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo precedente seran con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Funcion 13, Programa 045, Subprograma 0118, Actividad 00624, Componente 2387, Meta 00565, Generica 4 Otros Gastos Corrientes, Especifica 42 Cuotas del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al ejercicio 2003. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 15191

Renuevan la Comision Administradora Nacional del Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano - Colombiano
RESOLUCION SUPREMA Nº 201-2003-RE MORDAZA, 12 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, con fecha 10 de MORDAZA de 1938 el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Co-

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