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PÆg. 249760 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de agosto de 2003 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 15246 Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal del INDECI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 241-2003-PCM Lima, 12 de agosto de 2003CONSIDERANDOQue, mediante Decreto Ley Nº 19338 y sus modificato- rias contenidas en los Decretos Legislativos Nºs. 442, 735 y 905, se crea el Sistema Nacional de Defensa Civil - SINA- DECI, constituyendo el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, como órgano central, rector conductor y coordina- dor de las acciones de Defensa Civil a nivel nacional; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 059-2001- PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Fun- ciones del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, por lo que es necesario aprobar su Cuadro para Asig- nación de Personal - CAP como instrumento normativo de gestión;Que, el artículo 29º de la Ley Nº 27879, Ley de Pre- supuesto del Sector Público para el año Fiscal 2003, dispone que los Cuadros para Asignación de Personal - CAP, se aprueban mediante Resolución Suprema, re- frendada por el Titular del Sector al que pertenezca el Pliego, previo informe favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Mi- nistros; Que, mediante Informe Nº 230-2003-PCM/SGP, la Se- cretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros ha opinado favorablemente sobre el referido documento de gestión institucional; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 19338 y sus modificatorias, Ley Nº 27879, el Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 067- 2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, conforme al anexo que forma parte de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Déjase sin efecto la Resolución Jefatural Nº 257-99-INDECI. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escalade grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU