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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (14/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 19

PÆg. 249769 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de agosto de 2003 Que, la Agenda de la Reunión de la Organización Mundial de Comercio - OMC, considera el desarrollo de temas de fun- damental importancia relacionados con el futuro comercial de nuestro país, debiéndose tomar decisiones en materia de: dis-posiciones sobre trato especial y diferenciado para países en desarrollo, negociaciones en agricultura, negociación sobre temas de propiedad intelectual, eventual lanzamiento denegociaciones en materia de comercio e inversiones, comer- cio y políticas de competencia, transparencia en la contrata- ción pública y facilitación de comercio; entre otros; Que, los asuntos que se revisarán y negociarán en di- chas Reuniones, son de interés para el país, como miem- bro de la Organización Mundial de Comercio, razón por lacual es necesario autorizar la participación de los represen- tantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, Ley Nº 27619, Ley Nº 28034, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y 2do. párrafo del Art. 1º del Decreto deUrgencia Nº 017-2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora María Victo- ria Elmore Vega, Directora Nacional de Asuntos Multilatera- les y Negociaciones Comerciales Internacionales del Vice-ministerio de Comercio Exterior, del señor Ricardo Paredes Castro y del Sr. Allan Ángel Besombes, funcionarios de la Direccción Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociacio-nes Comerciales Internacionales del Viceministerio de Co- mercio Exterior, a la ciudad de Cancún, Estados Unidos Mexicanos, del 9 al 15 de setiembre de 2003, a fin de queparticipen en la V Conferencia Ministerial a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Mi- nisterio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al si- guiente detalle: Pasajes Lima-Cancún-Lima US$ 822,00 c/u x 3= US$ 2 466,00 Viáticos US$ 1 320,00 c/u x 3= US$ 3 960,00 Tarifa CORPAC US$ 28,00 c/u x 3= US$ 84,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario si- guientes a la realización del viaje, los funcionarios autori-zados mediante el Artículo 1º, presentarán al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en la reunión a la que asistirán. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no li- bera ni exonera del pago de impuestos o de derechos adua- neros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 15172 Aprueban Directiva sobre evaluación financiera y de solvencia económica deempresas que explotan juegos de casi-no y mÆquinas tragamonedas y de so- cios, directores, gerentes, apoderados y otros RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 682-2003-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 30 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, se reguló la explotación de juegos de casino ymáquinas tragamonedas en el país; Que, en virtud del Decreto Supremo Nº 009-2002-MIN- CETUR se aprobó el Reglamento del citado cuerpo legal; Que, el artículo 24º de la Ley Nº 27153, modificado por la Ley Nº 27796, establece que la Dirección Nacional de Turismo es la autoridad administrativa competente pararegular la explotación de juegos de casino y máquinas tra- gamonedas en el país;Que, según lo dispuesto en el artículo 25º, inciso b) de la mencionada Ley, corresponde a la Dirección Nacional de Turismo expedir Directivas de cumplimiento obligatorio para la adecuada aplicación de la Ley y sus normas regla-mentarias; Que, resulta conveniente regular algunas disposiciones relacionadas con la investigación financiera y de antece-dentes del solicitante y de sus socios, directores, gerentes, apoderados, personas con funciones ejecutivas o con fa- cultades de decisión, prevista en el artículo 15º del cuerpolegal antes citado y del artículo 9º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; En uso de las atribuciones contenidas en los artículos 24º y 25º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, y 48º, literal i) del Decreto Supremo Nº 009-2002- MINCETUR, estando a lo opinado en el Informe Legal Nº404 -2003-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR, con la opi- nión favorable de la Comisión Nacional de Juegos de Casi- no y Máquinas Tragamonedas (CONACTRA), según Actade Sesión de fecha 23.7.2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 004-2003-MIN- CETUR/VMT/DNT "Evaluación financiera y de solvenciaeconómica de las empresas que explotan juegos de casino y máquinas tragamonedas así como de los socios, direc- tores, gerentes, apoderados, personas con funciones eje-cutivas o con facultades de decisión", la misma que consta de cuatro (4) Capítulos, diez (10) Artículos y tres (3) Dispo- siciones Finales que en un Anexo forma parte integrantede la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo DIRECTIVA Nº 004-2003-MINCETUR/VMT/DNT "Evaluación financiera y de solvencia económica de las empresas que explotan juegos de casino y máquinas tragamonedas así como de los socios, directores,gerentes, apoderados, personas con funciones ejecu- tivas o facultades de decisión" CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Base Legal : Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796 Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR. Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" Ley Nº 26887 "Ley General de Sociedades". Artículo 2º.- Definiciones: Para los efectos de la presente Directiva, se entiende por: a) DJCMT: Dirección de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas b) Ley: A la Ley Nº 27153 y modificatorias c) Reglamento: Al Decreto Supremo Nº 009-2002- MINCETUR d)LGS: Ley General de Sociedades e) Solicitante : A la persona jurídica organizada de acuerdo con la Ley General de Sociedades que solicita autorización expresa, renovación o adecuación a la LeyNº 27153, modificada por la Ley Nº 27796. f) Socios: A las personas naturales o jurídicas, domici- liadas o no en el país, que en calidad de accionistas, parti-cipacionistas o cualquier denominación que suponga que dichas personas tienen algún título emitido por sociedades reguladas por la Ley General de Sociedades, representati-vo del capital social. g) Apoderados: Aquellas personas naturales que a nombre de la solicitante y con facultades inscritas en elRegistro Público correspondiente, ejerzan a nombre de ésta los actos que correspondan según las facultades con- cedidas.