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PÆg. 249773 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de agosto de 2003 ción de la base de referencia del Canon Minero, Canon Gasífero, Canon Hidroenergético y Canon Pesquero, dicho monto total será dividido de manera proporcional en fun- ción a la Utilidad Bruta o Ventas Netas de cada una de susactividades, en ese orden de prioridad, para lo cual los Mi- nisterios correspondientes solicitarán tal información a las referidas empresas. En el caso de empresas que no cuen-ten con información desagregada de la Utilidad Bruta o Ventas Netas por actividades, la base de referencia de di- chos Canon se determinará en partes iguales." Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por la Presidenta del Consejo de Ministros, por el Mi-nistro de Economía y Finanzas, por el Ministro de la Pro- ducción y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de agosto del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción HANS FLURY HOYLE Ministro de Energía y Minas 15258 Constituyen ComitØ Especial encarga- do de determinar adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras que requieran acogerse a excep-ciones de la Guía de Procedimientos delPNUD en el Perœ RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 412-2003-EF/10 Lima, 13 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 141-2003-EF se aprobó el Convenio de Administración de Recursos sus-crito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Pro- grama de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), a efectos de establecer mecanismos de coordinación, co-operación y asistencia para implementar las actividades orientadas a brindar asistencia técnica y profesional para la preparación y realización de la Cuadragésima QuintaReunión Anual de la Asamblea de Gobernadores del Ban- co Interamericano de Desarrollo (BID); Que, de conformidad con lo estipulado en el acápite a) del numeral 4.4 del Convenio de Administración de Recur- sos el Ministerio de Economía y Finanzas por Oficios Nºs. 1290-2003-EF/13 y 129-2003-EF/10 comunicó la designa-ción de los señores Ricardo Palma Valderrama y Jaime Espinosa Garreta como Director Nacional del Proyecto y Director Alterno, respectivamente; Que, es necesario ratificar la designación del Director Nacional del Proyecto y del Director Alterno, así como cons- tituir un Comité Especial encargado de determinar las ad-quisiciones que requieran acogerse a las excepciones es- tablecidas en la Guía de Procedimientos del PNUD en el Perú; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar la designación de los señores Ricardo Palma Valderrama y Jaime Espinosa Garreta como Director Nacional del Proyecto y Director Alterno, respecti-vamente, efectuada mediante Oficios Nºs. 1290-2003-EF/ 13 y 129-2003-EF/10. Artículo 2º.- Constituir un Comité Especial conformado por tres miembros, encargado de determinar las adquisi-ciones y contrataciones de bienes, servicios u obras que requieran acogerse a las excepciones previstas en la Guía de Procedimientos del PNUD en el Perú, el mismo que es-tará integrado por: - El Director Nacional del Proyecto o su Alterno en caso de ausencia, quien lo presidirá. - La Secretaria Ejecutiva del Viceministro de Economía. - El Jefe de la Oficina de Defensa Nacional del Ministe- rio de Economía y Finanzas. Para la elección del contratista será necesario que el Comité Especial haya evaluado tres propuestas y cada una de ellas cuente con un informe técnico de la especialidad. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 15210 Aprueban "Manual para la Evaluación Ex Post de Proyectos de Riego Grandesy Medianos" y la "Guía Metodológicapara la Identificación, Formulación y Evaluación de Proyectos de Riego Gran- des y Medianos" RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 006-2003-EF/68.01 Lima, 8 de agosto de 2003 CONSIDERANDO Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, dispone que el Ministerio deEconomía y Finanzas a través de la Oficina de Inversiones es la más alta autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública. Dicta las normas técnicas, métodos yprocedimientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública; Que, el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 158- 2001-EF-15, establece que la Dirección General deProgramación Multianual del Sector Público desarrollará las funciones de la Oficina de Inversiones asignadas en el marco de la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacio-nal de Inversión Pública; Que, el inciso h) del numeral 3.2 del artículo 3º del Re- glamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Públi-ca, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2002-EF, seña- la que la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público es competente para establecer la meto-dología y parámetros de evaluación; Que, asimismo, la Directiva Nº 004-2002-EF/68.01, Di- rectiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública,aprobada por Resolución Directoral Nº 012-2002-EF/68.01, dispone en el tercer párrafo del numeral 7.1 del artículo 7º, que la Dirección General de Programación Multianual delSector Público podrá elaborar y publicar Manuales o Guías Metodológicas para la preparación y evaluación de los es- tudios de preinversión; En concordancia a las facultades dispuestas por la Re- solución Ministerial Nº 158-2001-EF-15 y la Resolución Ministerial Nº 245-2002-EF-10; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el "Manual para la Evaluación Ex Post de Proyectos de Riego Grandes y Medianos" y la "Guía Metodológica para la Identificación, Formulación y Evalua-ción de Proyectos de Riego Grandes y Medianos", elabo- rados por la Dirección General de Programación Multia- nual del Sector Público del Ministerio de Economía y Fi-nanzas con el apoyo del Ministerio de Agricultura, los mis- mos que se encuentran a disposición de todos los usuarios en la siguiente dirección electrónica: http://ofi.mef .gob.pe. Artículo 2º.- Las Unidades Formuladoras y las Ofici- nas de Programación e Inversiones de los Sectores y de los diferentes niveles de gobierno, que identifiquen, formu-