Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2003 (14/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 14 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, en consecuencia es necesario designar al funcionario que desempenara el citado cargo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594; el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Abenza como Secretario de Comunicaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 2º.- La presente Resolucion Ministerial sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 15253

AGRICULTURA
Disponen continuar con tramite de otorgamiento directo del contrato de administracion total del MORDAZA Nacional Cordillera MORDAZA
RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 008-2003-INRENA-IANP MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, con Decreto Supremo Nº 050-2000-AG, de fecha 5 de septiembre de 2000, se declaro como MORDAZA Reservada Biabo Cordillera MORDAZA la superficie de 1 137 786,00 ha. comprendida en los departamentos de MORDAZA, San MORDAZA, Ucayali y Huanuco; Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2001-AG, de fecha 21 de MORDAZA del 2001, se establecio como MORDAZA Nacional Cordillera MORDAZA la superficie de 1 353 190,85 ha. comprendida en los departamentos de MORDAZA, San MORDAZA, Ucayali y MORDAZA, con el objeto de proteger una serie unica de especies, comunidades biologicas y formaciones geologicas, propias de los bosques montanos y premontanos del complejo de la Cordillera MORDAZA, asi como cabeceras intactas y cuencas; y apoyar al desarrollo de un manejo integrado y equilibrado de los recursos naturales de las zonas adyacentes; Que, el articulo 17º de la Ley de Areas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, de fecha 4 de MORDAZA de 1997, establece que el Estado reconoce y promueve la participacion del sector privado en la gestion de las areas naturales protegidas, para ello el INRENA podra suscribir, entre otras modalidades, la celebracion de contratos de administracion; Que, conforme a lo establecido en el articulo 117º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, de fecha 26 de junio de 2001, por el contrato de administracion el Estado a traves del INRENA, de oficio o a pedido de parte, encarga a una persona juridica sin fines de lucro, de derecho privado, denominado ejecutor, la ejecucion total o parcial de las operaciones de manejo y administracion contenidos en los programas del plan maestro de un area natural protegida, por un plazo de hasta veinte (20) anos; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 270-2001-INRENA, de fecha 20 de noviembre de 2001, se aprobaron las Disposiciones Complementarias al reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas para el otorgamiento de Contrato de Administracion; Que, con Resolucion Jefatural Nº 155-2002-INRENA, de fecha 21 de MORDAZA de 2002, se aprobo la lista de areas naturales protegidas a priorizar en una primera etapa, para ser encargadas bajo contrato de administracion, entre las cuales se encuentra el MORDAZA Nacional Cordillera Azul; Que, la Fundacion Peruana para la Conservacion de la Naturaleza-PRONATURALEZA, mediante Carta DE/001/03, de fecha 8 de enero de 2003, y la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental-SPDA, con Carta S/n de fecha 9 de enero de 2003, asociados bajo la modalidad de Consorcio Ejecutor, solicitaron a la Intendencia de Areas Naturales Protegidas del INRENA el otorgamiento de un contrato de administracion total del MORDAZA Nacional Cordillera Azul;

Que, mediante Carta Nº 022-2003-INRENA-DGANP/P, de fecha 15 de enero de 2003, se admitio la referida solicitud para el otorgamiento del contrato de administracion y se remitio el formato para la publicacion de la solicitud de otorgamiento de contrato de administracion del MORDAZA Nacional Cordillera MORDAZA, con el objeto de determinar a traves de la realizacion de las publicaciones correspondientes si existen otros interesados en la suscripcion del referido contrato de administracion; Que, el Consorcio Ejecutor conformado por la Fundacion Peruana para la Conservacion de la Naturaleza -PRONATURALEZA y Sociedad Peruana de Derecho AmbientalSPDA, cumplio con efectuar las publicaciones del resumen de su solicitud, segun consta de las publicaciones realizadas en fecha 24 de febrero de 2003 en el "Boletin Oficial" del Diario Oficial El Peruano y los diarios "La Region" de la Region MORDAZA, "Ahora" de la Region San MORDAZA, "Ahora" de la Region Ucayali y "Diario Regional" de la Region Huanuco; Que, no habiendose presentado otros solicitantes en el plazo de treinta (30) dias previstos por el articulo 119º incisos 2) y 3) del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas y articulo 23º de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas para el otorgamiento de Contrato de Administracion, corresponde a la Intendencia de Areas Naturales Protegidas declarar mediante resolucion de intendencia esta situacion y establecer los terminos de referencia para el otorgamiento directo del contrato de administracion a favor del Consorcio Ejecutor constituido por Fundacion Peruana para la Conservacion de la Naturaleza-PRONATURALEZA y la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental-SPDA; y, En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 33º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Continuar con el tramite de otorgamiento directo del contrato de administracion total del MORDAZA Nacional Cordillera MORDAZA a favor del Consorcio Ejecutor conformado por la Fundacion Peruana para la Conservacion de la NaturalezaPRONATURALEZA y la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental-SPDA, al no haberse presentado otros interesados en la suscripcion del referido contrato en el plazo de treinta (30) dias siguientes a la publicacion de la solicitud. Articulo 2º.- Establecer que la modalidad del contrato de administracion a celebrar sera la senalada en el acapite 1 del articulo 2º de la Resolucion Jefatural Nº 270-2001INRENA, esto es: Contrato de Administracion Total del MORDAZA Nacional Cordillera MORDAZA, donde se encarga la ejecucion total de las operaciones de manejo y administracion contenidas en los programas de plan maestro, sobre la superficie total del area natural protegida. Articulo 3º.- Aprobar los terminos de referencia para el otorgamiento directo del contrato de administracion total del MORDAZA Nacional Cordillera MORDAZA, que corre en el anexo adjunto a la presente resolucion de intendencia. Articulo 4º.- Precisar que el Consorcio Ejecutor debera cumplir lo normado en los terminos de referencia a que hace mencion el articulo 3º de la presente resolucion directoral, asi como sujetarse al procedimiento administrativo previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002AG, en lo concerniente a los contratos de administracion, los mismos que deberan ser observados por el solicitante. Registrese y comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE FREITAS CALMET Intendente de Areas Naturales Protegidas 15233

MINCETUR
Designan miembros del Consejo Directivo de la CONAFRAN
RESOLUCION SUPREMA Nº 030-2003-MINCETUR
MORDAZA, 13 de agosto de 2003 Visto, los Oficios Nºs. 670-2003-PRODUCE/DM, CONFIEP PRE-590/03 y 155-2003-EF/10;

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