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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (21/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 44

PÆg. 2500110 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de agosto de 2003 la función normativa, establece entre ellos los relaciona- dos con estándares de calidad y condiciones de uso de los servicios que se encuentren bajo su competencia. b. Mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 012 - 98-CD/OSIPTEL, de fecha 10 de septiembre de 1998 se aprobaron las condiciones de uso vigentes para el servi- cio de telefonía fija local. c. El anexo de definiciones de los contratos de conce- sión de los que es titular la empresa TdP, señala lo si- guiente: “Condiciones de Uso: Son las normas que, aproba- das por el OSIPTEL, establecen los términos y condicio-nes que regulan los derechos y obligaciones entre la em- presa concesionaria y los usuarios, en la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones”. d. La Sección 9.06 de la cláusula 9, titulada “ Regula- ción de Condiciones de Uso” expresa lo siguiente: (a) “Requisitos de Aprobación: Las tarifas para los servi- cios regulados incluyendo, pero no limitándose a todos losservicios, tales como reparaciones o reconexiones, estarán sujetas a previa aprobación por parte del OSIPTEL, de acuer- do con el tipo de regulación tarifaria correspondiente”. (b) “Procedimiento: La Sección 9.03(d) se aplicará en lo que fuere pertinente”. Dicha sección establece que alas solicitudes de ajuste de tarifas se adjuntarán los cálcu- los, información y demás documentación necesaria para justificar la solicitud. e. Mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 001- 94-CD/OSIPTEL, se fijaron las tarifas correspondientesa la prestación del servicio de telefonía fija como inicio del régimen de Rebalanceo Tarifario. Adicionalmente, el Artículo 5º especificó que todas aquellas tarifas vigen-tes, que no se hubieran fijado en dicha resolución se cons- tituían en tarifas tope a partir de la vigencia de la misma. A la fecha existen algunas tarifas de condiciones de uso vigentes desde antes de la privatización de la em- presa telefónica, en tanto que otras han sido fijadas y modificadas por OSIPTEL. A manera de complemento de esta sección, en el Anexo I encontramos la normativa referente a cada una de las condiciones de uso analizadas en la comparacióninternacional. 2.2. INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR TdPCon la finalidad de evaluar la necesidad de proceder a la revisión de las tarifas de algunas condiciones de usoy conforme a las facultades previstas en el Artículo 100º del Reglamento General de OSIPTEL aprobado por De- creto Supremo Nº 008-2001-PCM, mediante carta C.1420-GG.GPR/2002 se le requirió a TdP información de cos- tos y número de suscriptores sobre los servicios de Blo- queo, Cambio de titularidad, Facturación detallada, Nopublicar el nombre y número del abonado en la guía tele- fónica, Reinstalación, Suspensión temporal del servicio a solicitud y Traslado de línea. Para los servicios en referencia se solicitó a TdP la información que se indica a continuación: - Detalle mensual del número de suscriptores para un período mínimo de tres (3) años; - Costos de inversión directamente atribuibles al ser- vicio; - Detalle de los costos de operación directamente atri- buibles para un período igual al considerado para el nú-mero de suscriptores; - Detalle de los costos de mantenimiento directamen- te atribuibles al servicio, para un período igual al consi-derado para el número de suscriptores; - Costos de capital directamente atribuibles al servicio; - Costos comunes y compartidos con otros servicios;- Otra información adicional que considere relevante para la evaluación de las tarifas vigentes, tales como Estudio de costos que incluya el sustento técnico econó-mico de los supuestos, parámetros, bases de datos y cualquier otra información utilizada en el estudio. A fin de que la empresa remita la información, se le otor- gó un plazo de treinta (30) días calendario. Sin embargo, estando por vencer el plazo fijado, la empresa, mediante car-ta GGR-651.A-559-2002, solicitó un plazo adicional de 90 días, por lo que OSIPTEL optó por extender el plazo hasta el 21 de enero de 2003, lo que resulta en un tiempo total de 75 días desde que les fuera requerida la información. Al término del plazo ampliado, la empresa, mediante carta GGR-651-A-025-2003, remitió la información corres- pondiente al detalle mensual del número de suscripto-res. Sin embargo, en lo que respecta a la información de costos de operación, se presentaron datos de costos de operación directos e indirectos para los rubros denomi-nados Multicentro, Back Office, Facturación, MDF, Cen- trales, costos de transferencia, sin definir el concepto de cada rubro y el detalle de cómo se calcularon los valoresde costos mostrados. Considerando que hasta la fecha, Telefónica no ha pre- sentado la información de costos solicitada, siendo que lareducida información que presentó dicha empresa me- diante su carta GGR-651-A-025-2003, y aún la informa- ción presentada extemporáneamente mediante su cartaGGR.651.A-610-2003, es evidentemente insuficiente para evaluar los costos totales de las referidas prestaciones reguladas Por lo expuesto anteriormente, a efectos de revisión de las tarifas de las condiciones de uso en referencia, el presente informe utiliza la metodología de comparacióninternacional de tarifas que se describe en la sección si- guiente; sin perjuicio de lo cual, la empresa podrá pre- sentar la información de costos que corresponda cuandose inicie el proceso de revisión de las tarifas. 3. ANÁLISIS3.1. METODOLOGÍA El Reglamento General de Tarifas establece en su ar- tículo 33º los procedimientos regulatorios para la emi- sión de resoluciones tarifarias de fijación de tarifas tope,así como de revisión de las mismas, los que podrán ser iniciados a solicitud de parte o de oficio. Para estos efec- tos, OSIPTEL podrá aplicar las siguientes metodologías: 1. Información de costos de las empresas que pres- tan los servicios. 2. En tanto y en la medida que no sea posible la apli- cación de la metodología anterior, se podrá aplicar me- canismos de comparación internacional de países, toman-do en cuenta las mejores prácticas, adaptadas a la reali- dad peruana. 3. De manera complementaria, podrá considerarse también la simulación de un modelo de empresa eficien- te que recoja los parámetros de la realidad peruana. A fin de realizar la evaluación de las tarifas de las Condiciones de Uso de telefonía fija, OSIPTEL ha reque- rido a TdP la información de costos a que se refiere lasección II.2 y, paralelamente, ha realizado el estudio de comparación internacional a que se refiere la sección III.3. La comparación internacional realizada comprende a 10 países latinoamericanos 1, además de Perú: Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, México, Uru- guay, Paraguay y Venezuela. Dentro de los países lati-noamericanos se diferencian 2 grupos. En el primero, una o dos empresas privadas que son operadoras dominan- tes, dentro de este grupo se encuentran: Brasil, Chile,México, Perú y Venezuela. En el segundo grupo están aquellos países donde el operador dominante es una empresa estatal, o existe una importante participaciónestatal en dicha empresa, este caso lo encontramos en los siguientes países: Bolivia 2, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Paraguay y Uruguay. En el cuadro Nº 2 se presenta un resumen del estado de las privatizaciones e inicios de la competencia en al- gunos países de la región. 1 Nótese que no se incluyó a Argentina debido a la distorsión de sus precios en dólares, como consecuencia de la devaluación del tipo de cambio con respectoal año 2001. 2 En el caso de Bolivia, el servicio de telefonía fija es brindado por cooperativas, las cuales hasta el 2001 gozaban de exclusividad en las diferentes áreas geo-gráficas. Sin embargo no se ha considerado a Bolivia dentro de los países con operadoras privadas, ya que estas cooperativas son organizaciones sin fines de lucro.PROYECTO PÆg. 250110