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PÆg. 2500109 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de agosto de 2003 CONCEPTO Tarifas Máximas Fijas En Nuevos Soles (sin IGV) Facturación detallada- Modalidad A (i) 0.96 No publicar el nombre y número del 22.82 abonado en la guía telefónica (ii) Cambio de titularidad (iii) 12.07 Traslado de línea telefónica (iii) 108.51 (i) Correspondiente a los ciclos posteriores de factu- ración. Aplicable mensualmente, sin importar el número de hojas. (ii) Por el pago de esta tarifa, la empresa excluirá los datos personales del abonado (nombre, dirección, número de teléfono u otros) de las bases de datos del servicio de información de guía telefónica (números de asistenciagratuita 103 u otros) y de la siguiente y subsiguientes guías telefónicas físicas que publique. El pago de esta tarifa es aplicable por única vez. (iii) Aplicable por cada vez que se solicita. Artículo 2º .- La empresa concesionaria puede esta- blecer libremente las tarifas que aplicará a sus usuarios por las prestaciones a que se refiere el artículo prece- dente, sin exceder las respectivas tarifas máximas fijas-tarifas tope- establecidas en la presente Resolución. La comunicación y publicación de las tarifas, se sujeta- rá a las disposiciones establecidas en el Reglamento Ge-neral de Tarifas aprobado por Resolución del Consejo Di- rectivo Nº 060-2000-CD/OSIPTEL y modificado por Reso- lución del Consejo Directivo Nº 048-2000-CD/OSIPTEL. Artículo 3º .- El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Resolución, será sancionado de conformidad con las disposiciones establecidas en elReglamento General de Infracciones y Sanciones de OSIPTEL. Artículo 4º .- La presente Resolución entra en vigen- cia a partir del quinto día hábil después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”. Disposición Final Única.- A partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, quedan derogadas las siguientes Resoluciones y disposiciones tarifarias: 1. El numeral 8 (8.1 y 8.2) del Artículo 2º de la Reso- lución de Consejo Directivo Nº 020-96-CD/OSIPTEL; 2. El Artículo 2º de la Resolución de Consejo Directi- vo Nº 007-99-CD/OSIPTEL, y las disposiciones referidas a las tarifas máximas fijas- tarifas tope- para la presta-ción de facturación detallada en la “Modalidad A”; 3. Los efectos de lo dispuesto en el Artículo 5º de la Resolución del Consejo Directivo Nº 001-94-CD/OSIP-TEL, en cuanto a las tarifas tope para la prestación de traslado de línea telefónica; 4. La Resolución del Consejo Directivo Nº 009-96-CD/ OSIPTEL; y 5. La Resolución de Consejo Directivo Nº 023-98-CD/ OSIPTEL, en cuanto a la tarifa máxima fija- tarifa tope-para la prestación de cambio de titularidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS (Informe Adjunto) OSIPTEL Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones EVALUACIÓN DE TARIFAS DE CONDICIONES DE USO DEL SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA Gerencia de Políticas Regulatorias y Planeamiento Estratégico Lima, 7 de agosto de 2003CONTENIDO 1. RESUMEN 2. ANTECEDENTES 2.1. NORMATIVA VIGENTE DE CONDICIONES DE USO 2.2. INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR TdP 3. ANÁLISIS 3.1. METODOLOGÍA 3.2. TOTAL DE INGRESOS Y SERVICIOS FACTURA- DOS POR TdP 3.3.COMPARACIONES DE TARIFAS DE CONDICIO- NES DE USO 4. CONCLUSIONES y/o RECOMENDACIONES 5. ANEXOS 1. RESUMEN Las tarifas de las Condiciones de Uso de telefonía fija tienen como antecedentes los valores establecidos desde antes de la privatización de la empresa operadora; si bien a la fecha existen algunas tarifas vigentes desde entonces,otras han sido fijadas y modificadas por OSIPTEL. A fin de revisar las tarifas, se le requirió a Telefónica del Perú S.A.A., en adelante TdP, la información de cos-tos necesaria para su revisión. Habiéndose evaluado la información remitida por esta empresa, se concluyó que la misma no era suficiente para determinar los costos deprestación de cada servicio. Alternativamente, OSIPTEL realizó la evaluación de las tarifas referidas aplicando mecanismos de compara-ción internacional de países, tomando en cuenta las me- jores prácticas adaptadas a la realidad peruana. Se ha elaborado un análisis comparativo de algunas tarifas de condiciones de uso para el servicio de telefo- nía fija en Latinoamérica, lo que permite identificar las diferencias existentes y proponer cambios que resultennecesarios, en aquellos servicios en los que las tarifas del Perú se encuentran por encima de las tarifas de los países con condiciones similares de mercado. Básicamente, las tarifas del Perú son comparadas contra el promedio de países con condiciones de merca- do similares al Perú, presentándose, además, como refe-rencia, la información correspondiente a los demás paí- ses de Latinoamérica. El análisis realizado permite concluir que las tarifas de los servicios de facturación detallada, cambio de titu- laridad, traslado de línea telefónica y no publicar el nom- bre y número de abonado en guía telefónica se encuen-tran por encima del promedio de países con condiciones similares al Perú, por lo que se propone la reducción de las mismas, conforme al cuadro siguiente: Reducciones de tarifas propuestas Servicio Tarifa Vigente Tarifa Propuesta(*) Reducción Soles sin IGV (%) Cobro Cobro Cobro Cobro Cobro Cobro único mensual por hoja único mensual por hoja Condiciones de Uso No publicar el nombre y número del abonado en guía telefónica 38,68 - - 22,82 - - 41Cambio de titularidad 22,03 - - 12,07 - - 45 Traslado de línea telefónica 171,33 - - 108,51 - - 37 Facturación detallada 1/ - 5,02 0,51 0,96 - 83 (*) Las tarifas propuestas representan la tarifa mensual promedio de los países con condiciones simi- lares al Perú.1/ La propuesta incluye la eliminación del cobro por hoja. Fuente: Elaboración propia 2. ANTECEDENTES 2.1. NORMATIVA VIGENTE DE CONDICIONES DE USO a. El Artículo 25º del Reglamento de OSIPTEL, referi- do a los reglamentos que pueden dictarse en ejercicio dePROYECTO PÆg. 250109