Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2003 (21/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 21 de agosto de 2003

Nº 27972, por UNANIMIDAD el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Zarumilla; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA la adquisicion de vehiculos para Servicio de Limpieza Publica, y en consecuencia, EXONERAR a la Entidad del MORDAZA de Seleccion correspondiente, autorizandose la adquisicion de bienes para el Servicio de Limpieza Publica mediante el MORDAZA de Menor Cuantia, con arreglo a lo dispuesto en el Articulo 105º del D.S. Nº 0132001-PCM. Articulo Segundo.- NOTIFICAR, el presente Acuerdo a las oficinas pertinentes para la finalidad correspondiente. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. RONCIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15488

contenida en el articulo 74º de la Ley Organica de Municipalidades; y, Que, estando a lo expuesto y aprobado por unanimidad en sesion ordinaria de concejo de fecha 17 de junio del 2003 y en uso de las facultades conferidas por la Vigesima Disposicion Complementaria, Articulos 9º, 20º, 39º, 41º de la Ley Organica de Municipalidades vigente por Ley Nº 27972; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN EMERGENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA la Municipalidad Distrital de Anta, provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica, por el plazo de noventa dias, con la finalidad de hacer las reformas, cambios, reorganizaciones que fueran necesarias para optimizar los recursos y funciones. Articulo Segundo.- Constituyase una Comision Especial para los efectos de realizar la adecuacion del Reglamento Interno y/o analogos de la Municipalidad Distrital de Anta, la misma que estaria integrada por los Regidores: MORDAZA Sayas MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Curipaco y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el contador MORDAZA Huayllani MORDAZA y el Asesor Legal Externo, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cabrera. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15504

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANTA
Declaran en emergencia administrativa y financiera a la municipalidad
ACUERDO DEL CONCEJO MUNICIPAL Nº 028-2003-MDA/CM
Anta, 17 de junio del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE ANTA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 17 de junio del 2003, la recomendacion legal de fecha 3 de junio del 2003, efectuada por el abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Asesor Legal Externo de la Municipalidad Distrital de Anta, provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a la prevision normativa en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades Distritales como organos de gobierno local tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, como tales, merito al MORDAZA parrafo del articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades vigente por Ley Nº 27972, la autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sejucion al ordenamiento juridico vigente; Que, para los efectos de un eficaz y eficiente funcionamiento de gestion, de gobierno, de administracion tiene que existir una adecuada estructura organica municipal, estructura organica administrativa que posibilite que los roles que tienen que cumplir los funcionarios y/o servidores publicos, la parte ejecutiva, fiscalizadora este reglamentada, de modo que los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos este defendida y cautelada permitiendo progresivamente la participacion vecinal conforme a ley; Que, la Vigesima Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades vigente por Ley Nº 27972 habilita la declaratoria en emergencia administrativa o financiera a una determinada municipalidad; Que, en efecto estando a que las municipalidades ejercen de manera exclusiva una funcion promotora, nor mativa y reguladora a tenor de la disposicion

CONVENIOS INTERNACIONALES

Entrada en vigencia del "Acuerdo de Regularizacion Migratoria entre la Republica del Peru y la Republica de Bolivia"
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 151 comunica que el "Acuerdo de Regularizacion Migratoria entre la Republica del Peru y la Republica de Bolivia", suscrito en Huatajata, Republica de Bolivia, el 26 de enero de 2002, aprobado por el Congreso de la Republica mediante Resolucion Legislativa Nº 27857 de 10 de octubre de 2002, publicada al igual que el texto el 2 de noviembre de 2002 y ratificada mediante Decreto Supremo Nº 093-2002-RE, de 21 de noviembre de 2002, publicado el 23 de noviembre del mismo ano. Entro en vigencia para ambos paises el 31 de MORDAZA de 2003. 15579

Entrada en vigencia de la "Convencion sobre la Imprescriptibilidad de los Crimenes de MORDAZA y de los Crimenes de Lesa Humanidad"
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 152 comunica que la "Convencion sobre la Imprescriptibilidad de los Crimenes de MORDAZA y de los Crimenes de Lesa Humanidad", adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 26 de noviembre de 1968, aprobada por el Congreso de la Republica mediante Resolucion Legislativa Nº 27998 de 2 de junio de 2003, publicada al igual que el texto el 12 de junio de 2003 y ratificada mediante Decreto Supremo Nº 082-2003-RE, de 1 de MORDAZA de 2003, publicado el 2 de MORDAZA del mismo ano. Entrara en vigencia para nuestro MORDAZA a partir del 9 de noviembre de 2003. 15582

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