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PÆg. 250099 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de agosto de 2003 N° UBICACIÓN CUADRA LADO LADO de Vía IZQUIERDO DERECHO 1 Av. José Leal 1 Par alelo Paralelo 2 Av. José Leal 2 Par alelo Paralelo 3 Jr. Almirante Guisse 15 Paralelo 4 Jr. Bartolomé Herrera 1 Diagonal 5 Jr. Belisario Flores 3 Diagonal Paralelo 6 Jr. Emilio Althaus 1 Diagonal 7 Jr. Gracilazo De La Vega 15 Paralelo 8 Jr. Julio C. Tello 10 Paralelo 9 Jr. Mariscal Las Heras 4 Paralelo Paralelo 10 Jr. Mateo Pumacahua 25 Par alelo 11 Jr. Tomás Guido 1 Diagonal 12 Jr. Trinidad y Morán 6 Par alelo 13 Calle Crnel. Domingo Casanova 3 Par alelo Paralelo 14 Calle Crnel. Domingo Casanova 4 Par alelo Paralelo 15 Calle José de la Torre Ugarte 1 Diagonal Paralelo 16 Calle Domingo Cueto 3 Paralelo 17 Calle Domingo Cueto 6 Paralelo / Diagonal 18 Calle Francisco Masías 26 Diagonal 19 Calle Francisco Masías 27 Par alelo 20 Calle Las Orquídeas 27 Paralelo 21 Calle Las Orquídeas 28 Paralelo Paralelo 22 Calle Los Geranios 1 Paralelo 23 Calle Los Geranios 2 Paralelo 24 Calle Manuel Villavicencio 8 Par alelo 25 Calle Manuel Villavicencio 9 Par alelo 26 Calle Manuel Villavicencio 10 Par alelo 27 Calle Manuel Villavicencio 11 Diagonal 28 Calle Manuel Villavicencio 12 Diagonal Artículo Segundo.- MODIFICAR, el Artículo 12º de la Ordenanza Nº 005, de fecha 21 de junio de 1999, ratifica-da por la Municipalidad Metropolitana de Lima, medianteAcuerdo de Concejo Nº 157 de fecha 23 de julio de 1999;quedando ésta redactada de acuerdo al siguiente texto: “Artículo 12º.- Encontrándose en cumplimiento de sus funciones están inafectos al pago de la Tasa de Estacio-namiento Vehicular: a) Ambulancias. b) Vehículos del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Perú. c) Vehículos de las Fuerzas Armadas y Policía Nacio- nal. d) Vehículos de propiedad de la Municipalidad. Igualmente se encuentran inafectos de la Tasa de Estacionamiento Vehicular los vehículos estacionados frente a sus viviendas por sus propietarios y los vehí-culos de los vecinos del distrito identificados con suDocumento Nacional de Identidad - D.N.I., donde figu-re que domicilian en Lince. Para que proceda la inafec-tación de los propietarios, deberán registrarse en la Oficina de Rentas de la Municipalidad. La inafectación no procede para los propietarios de negocios ni paratrabajadores de los mismos ”. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Gene- ral, Gerencia de Rentas, Gerencia de Desarrollo Urbano y Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 15549Aprueban Ordenanza que regula el pago de deuda tributaria y no tributaria porbienes y/o servicios ORDENANZA Nº 080 Lince, 6 de agosto del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de julio del 2003, el Dictamen Nº 002-2003-MDL-CAL-CEA,y en la Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 6 deagosto del 2003, el Dictamen Nº 004-2003-MDL-CEA-CAL, de las Comisiones de Asesoría Legal y Economía y Admi- nistración, referente al Proyecto Ordenanza que Regulael Pago de la Deuda Tributaria y No Tributaria por Bienesy/o Servicios; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el Articulo 194 reconoce a los Gobiernos Locales autonomía políti-ca, económica y administrativa en los asuntos de su com-petencia y les otorga potestad tributaria; Que, existen muchos contribuyentes que por la actual cri- sis económica por la que atraviesa nuestro país, no pueden cumplir con el pago de sus obligaciones en forma efectiva yhan propuesto cancelar sus deudas mediante canje de bie-nes y/o servicios, por lo que es necesario establecer un pro-cedimiento adecuado para dar tramite de dichos pedidos siem-pre y cuando no afecten el presupuesto anual; Que, el literal a) del Artículo 27º del Texto Único Orde- nado del Código Tributario, establece como formas de ex-tinción de la obligación tributaria, entre otras por el pago; Que, el Artículo 32º del Texto Unico Ordenado del Có- digo Tributario, en su último párrafo establece que, me-diante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas se podrá disponer el pago de tribu- tos en especie; los mismos que serán valuados, según elvalor de mercado en la fecha en que se efectúen; Que, la norma señalada en el considerando que ante- cede, puede aplicarse por analogía en los tributos queadministra la Municipalidad dado que esto sólo supliría la ausencia de regulación de aspectos sustantivos o forma- les de la norma tributaria siempre que ello no impliqueaplicar tributos, sanciones o conceder exoneraciones noprevistas implícitamente en la Ley; Que, el literal f) de la Norma IV) del Texto Único Orde- nado del Código Tributario, establece que sólo por Ley o por Decreto Legislativo en caso de delegación, se puede normar formas de extinción de la obligación tributaria dis-tintas a las establecidas en él, hecho por el que se puedecontemplar como forma de pago además de las especies,el pago mediante servicios; Que, al tratarse de una regularización de pago no nos en- contramos frente a alguno de los supuestos de aplicación de la Ordenanza Nº 211, expedida por la Municipalidad de Lima,motivo por el cual no se requiere ratificación de la misma; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo esta- blecido en el Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, y la Norma IV del Texto Unico Ordenado del Código Tributario; por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y Aprobación del Acta,el Concejo aprobó la siguiente: ORDENANZA ORDENANZA QUE REGULA EL PAGO DE LA DEUDA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA POR BIENES Y/O SERVICIOS Artículo Primero.- OBJETIVO Establecer como forma de extinción de la deuda tribu- taria y no tributaria el pago mediante bienes y servicios,estableciendo el procedimiento para su aplicación. Preci- sándose que dentro de Servicios no estarán incluidos los Servicios No Personales. Artículo Segundo.- ALCANCE Y AMBITO DE APLI- CACION La presente Ordenanza es de alcance de todos los contribuyentes del Distrito de Lince que se encuentren en