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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (21/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 41

PÆg. 2500107 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de agosto de 2003 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 076-2003-CD/OSIPTEL Lima, 15 de agosto de 2003. EXPEDIENTE : Nº 00001-2003-CD-GPR/RT MATERIA : Revisión de Tarifas Tope ADMINISTRADO : Telefónica del Perú S.A.A. VISTO el Proyecto de Resolución Tarifaria y su Ex- posición de Motivos presentado por la Gerencia Ge-neral, mediante la cual, de oficio, y en vía de revisión, se establecerán las nuevas tarifas máximas fijas- ta- rifas tope- para las prestaciones de facturación deta-llada- Modalidad A-, de no publicar el nombre y nú- mero del abonado en la guía telefónica, de cambio de titularidad, y de traslado de línea telefónica, que brin-da la empresa concesionaria Telefónica del Perú S.A.A.; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 005-2002-CD/OSIPTEL se aprobó el Procedimiento para la Fijación de Precios Regulados de OSIPTEL, que esta- blece los procedimientos y disposiciones aplicables parala fijación y la revisión de tarifas tope para servicios pú- blicos de telecomunicaciones; Que los referidos procedimientos para la regula- ción de tarifas tope, deben sujetarse además a lo dis- puesto en la Ley Nº 27838- Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios deTarifas-; Que asimismo, en el Artículo 33º del Reglamento Ge- neral de Tarifas aprobado por Resolución de Consejo Di-rectivo Nº 060-2000-CD/OSIPTEL se establecen las re- glas y metodologías aplicables para la emisión de Reso- luciones tarifarias de fijación de tarifas tope, así como derevisión de las mismas; Que dentro del marco establecido por las normas ci- tadas en los considerandos precedentes y, como resulta-do de la evaluación realizada, OSIPTEL ha decidido ini- ciar, de oficio, el procedimiento de revisión de las tarifas máximas fijas- tarifas tope- actualmente vigentes paralas prestaciones de facturación detallada- Modalidad A-, de no publicar el nombre y número del abonado en la guía telefónica, de cambio de titularidad, y de traslado delínea telefónica, que brinda la empresa concesionaria Te- lefónica del Perú S.A.A.; Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 5.1 del Artículo 5º del referido Procedimiento aproba- do mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 005- 2002-CD/OSIPTEL, y en mérito a los fundamentos quesustentan el Proyecto de Resolución Tarifaria de VIS- TO, se considera pertinente disponer su publicación en el Diario Oficial El Peruano, definiendo el plazopara que los interesados puedan presentar sus co- mentarios sobre dicho proyecto, convocar a la corres- pondiente Audiencia Pública y disponer la publicación,en la página web de OSIPTEL, de la respectiva docu- mentación sustentatoria; En aplicación de las funciones previstas en el inciso b) del Artículo 75º del Reglamento General de OSIPTEL aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-CD/OSIP- TEL, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo ensu Sesión Nº 180; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la publicación, en el Dia- rio Oficial El Peruano, del Proyecto de Resolución Tarifa-ria mediante la cual, en vía de revisión, se establecerán las nuevas tarifas máximas fijas- tarifas tope- para lasprestaciones de facturación detallada- Modalidad A-, de no publicar el nombre y número del abonado en la guía telefónica, de cambio de titularidad, y de traslado de lí-nea telefónica, que brinda la empresa concesionaria Te- lefónica del Perú S.A.A.; conjuntamente con su Exposi- ción de Motivos. Asimismo, el referido Proyecto y su Exposición de Mo- tivos, serán publicados en la página web institucional de OSIPTEL ( www.osiptel.gob .pe). Artículo Segundo.- Definir un plazo de veinte (20) días calendario, contados a partir del día siguientede la fecha de publicación de la presente Resolución, para que los interesados remitan por escrito sus co- mentarios a la Gerencia de Comunicación Corporati-va y Servicio al Usuario (Calle De La Prosa Nº 136, San Borja, Lima). Los comentarios también podrán ser remitidos vía fax al número telefónico de Lima: 4751816, o por correo elec-trónico a la dirección: sid@osiptel.gob.pe. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Políti- cas Regulatorias y Planeamiento Estratégico de OSIP- TEL el acopio, procesamiento y sistematización de loscomentarios que se presenten, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomenda- ciones. Artículo Cuarto.- Convocar a Audiencias Públicas Descentralizadas dentro de los diez (10) días calen- dario posteriores a la fecha de finalización del perío- do de recepción de comentarios, haciendo pública di-cha convocatoria a través de un diario de circulación nacional y a través de un diario de circulación en cada uno de los departamentos donde se realizarán lasaudiencias. En el presente caso, por tratarse de prestaciones de ámbito nacional, se realizarán simultáneamente tres (3) audiencias públicas descentralizadas en dife-rentes departamentos del país, de la siguiente forma: a) Una audiencia en el departamento de Lima (depar- tamento que, a nivel nacional, tiene el mayor número de abonados del servicio telefónico fijo prestado por la em- presa Telefónica del Perú S.A.A., según datos a diciem-bre de 2002); b) Una audiencia en uno de los siguientes depar- tamentos: La Libertad, Lambayeque y Piura (departa-mentos que, a nivel de la zona norte y centro norte del país, tienen el mayor número de abonados del servicio telefónico fijo prestado por la empresa Tele-fónica del Perú S.A.A., según datos a diciembre de 2002); c) Una audiencia en uno de los siguientes departa- mentos: Arequipa, Junín e Ica (departamentos que, a ni- vel de la zona sur y centro sur del país, tienen el mayor número de abonados del servicio telefónico fijo prestadopor la empresa Telefónica del Perú S.A.A., según datos a diciembre de 2002). En los casos b) y c) precedentes, el departamento se seleccionará por sorteo entre los señalados en cada lite-ral. El sorteo se realizará con la certificación de Notario Público. Las Audiencias Públicas Descentralizadas podrán rea- lizarse a través de vídeoconferencia u otros mecanismos tecnológicos similares. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDWIN SAN ROMÁN ZUBIZARRETA Presidente del Consejo DirectivoOSIPTEL Proyecto de Resolución Tarifaria mediante el cual se establecen nuevas tarifas Tope aplicables a diversas prestaciones del servicio de telefonía fija que brin- da Telefónica del Perœ S.A.A.PROYECTO PÆg. 250107