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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (22/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G31/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 22 de agosto de 2003 órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional de interés público, ciudadano o institucional, declarasu voluntad de practicar un determinado acto o suje- tarse a una conducta o norma institucional, por estas consideraciones y de acuerdo a Ley Orgánica deGobiernos Regionales y el Reglamento de Organiza- ción y Funciones, se emite; ACUERDO REGIONAL Artículo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD del pro- ceso de selección de Directores Regionales de Educa- ción, Trabajo y Promoción del Empleo, Salud, Transpor- tes y Comunicaciones y Vivienda y Construcción delámbito de la Región Apurímac. Artículo Segundo.- RECOMENDAR al Presiden- te Regional la implementación de las correccionesadministrativas en el concurso de selección de Direc- tores Sectoriales, retrotrayendo la etapa de la recons- titución de la comisión regional de concurso, modifi-car las normas y el cronograma del concurso con su- jeción del artículo 5º de la Directiva Nº 001-CND, de- jando subsistente la convocatoria, y solicitar a los res-pectivos Sectores el nombramiento de nuevos repre- sentantes a la brevedad posible teniendo presente el cronograma que se apruebe. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR todo lo actuado al Ministerio Público y Contraloría General de la República a fin de determinar responsabilidades. Artículo Cuarto.- El Consejo Regional por las funciones que le son inherentes fiscalizará el proce- so de selección de directores sectoriales con la parti-cipación de representantes de la sociedad civil como veedores. El presente Acuerdo Regional fue aprobado por unanimidad por los Consejeros Regionales: Carmen Ma- ría Palomino Dongo, Miriam Lilibeth Rojas Pariona, AdriánCuéllar Zanabria, Mario Pablo Hanco León, Esther Zé Bringas Contreras, Pedro Valeriano Pinares Antonio y Ángel Barrantes Yucra. POR TANTO. Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Apurímac, a los once días mes de agosto del año 2003. LUIS BELTRÁN BARRA PACHECO Presidente 15593 GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/GE9/G72/G69/G2D /G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G20/G61/G6C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G2D/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6D/G70/G6C/G65/G6F RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 374-2003-GR-HVCA/PR Huancavelica, 20 de agosto de 2003 VISTO: Resolución Ejecutiva Regional Nº 360-2003- GR-HVCA/PR; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 308-2003- GR-HVCA/PR, se convocó al proceso de concurso paraseleccionar al Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 360- 2003-GR-HVCA/PR, se declaró desierto el Proceso de concurso para seleccionar al Director Regional de Traba- jo y Promoción del Empleo, en mérito al Acta de la Comi-sión de Concurso de fecha 14 de agosto de 2003, en tal sentido, es necesario realizar una nueva convocatoria aconcurso; Estando a lo dispuesto; y, Con visación de la Gerencia General Regional y Ge- rencias Regionales de Desarrollo Social; En uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27783: Leyde Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867: Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27902: Modificatoria de la Ley Orgánica de Gobiernos Re-gionales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CONVOCAR a Concurso Público de Mé- ritos para seleccionar al Director Regional de Trabajo yPromoción del Empleo, del ámbito del Gobierno Regio- nal de Huancavelica. Artículo 2º.- CONFÓRMESE la Comisión Regio- nal de Concurso, integrado por el Dr. Néstor Godofre- do Taipe Campos, Gerente General Regional, quien la preside; y la Sra. Giuliana Elizabeth Ormeño Colla-zos, representante del Ministerio de Trabajo y Promo- ción del Empleo. Artículo 3º.- COMUNÍQUESE la presente Resolu- ción a la Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Presi- dente del Consejo Nacional de Descentralización yÓrganos competentes del Gobierno Regional de Huan- cavelica. Artículo 4º.- DISPONER la publicación en el Diario Oficial El Peruano, estando a cargo de la Oficina Regio- nal de Administración. Regístrese, comuníquese y archívese. SALVADOR C. ESPINOZA HUAROCC Presidente 15690 GOBIERNO REGIONAL DE ICA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6D/G65/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G74/G72/G61/G6D/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G61/G75/G2D /G63/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G72/GED/G6F/G20/G49/G63/G61/G20/G79/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F /G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G65/G6A/G65/G63/G75/G74/G61/G72/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G72/G69/G62/G65/G72/G65/GF1/G61 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 0003-2003-GORE-ICA Ica, 19 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Constitución Política del Perú, consagra que la defensa de la persona humana y el res-peto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado; Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 43º de la Constitución vigente, el Estado es uno e indivisible y su gobierno es unitario, representativo y descentraliza- do, y se organiza según el principio de la separación depoderes; Que, así mismo el artículo 44º de la Constitución vi- gente, señala que son deberes primordiales del Estado;defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigen- cia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad, y promover el bien-estar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, conforme a los artículos 2º y 3º de la Ley Orgáni- ca de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 - los Gobier- nos Regionales, emanan de la voluntad popular y tienen autonomía política, económica y administrativa en asun-tos de su competencia, asimismo tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territo- riales, conformev a ley;