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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G31/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 22 de agosto de 2003 blecido por el MTC o en su defecto por las Recomendacio- nes de la UIT sobre el particular. En el caso de diferencias, las mismas no se considerarán como problemas de calidad de servicio, siempre y cuando no afecten los índices de cali-dad y/o causen disturbios a la red del otro operador y que estén directamente relacionados con los eventos que lo ori- ginan. En caso se afecten los índices de calidad, se proce- derá de acuerdo a lo establecido en el numeral anterior. En caso se causen disturbios en la red del otro operador,éste último podrá interrumpir la interconexión hasta que desaparezca la causa que lo originó, conforme a lo esta- blecido en el Anexo 3 del presente Mandato. 3.4 En caso de congestión en cualquiera de las redes, AT&T o AMERICATEL, podrán implementar una locución durante un tiempo breve con un mensaje neutral que indiquesu razón social al inicio de la misma, siempre que dicha con- gestión se genere en su propia red. Dicho mensaje no gene- rará ningún pago por parte del usuario. 3.5 Los empleados de cada operador que atiendan la interconexión deberán tener la capacidad necesaria para llevar a cabo su cometido de la manera más eficiente enla prestación del servicio de mantenimiento, de averías, programación de cortes, etc. con disponibilidad durante las 24 horas del día a fin de garantizar el mantenimientoy la calidad de servicio al cliente. 3.6 AT&T y AMERICATEL mantendrán permanente- mente un stock suficiente de equipos (equipos, tarjetas,baterías, etc.) que les permitan solucionar fallas y ave- rías en sus redes de manera inmediata, de manera tal que no se afecte la calidad del servicio. 4. Adecuación de red 4.1. En un plazo máximo e improrrogable de 4 días hábiles computados a partir de la recepción de la orden de servicio, el operador solicitado hará entrega al opera-dor solicitante de la lista de materiales y equipos a adqui- rirse para la adecuación de red de aquella, con indica- ción expresa y detallada por cada punto de interconexióndel elemento de red, marca, modelo, precio unitario, can- tidad o unidad de medida y precio, así como las especifi- caciones técnicas correspondientes. 4.2. Dentro de los 4 días hábiles posteriores de reci- bida la comunicación a que alude el numeral 4.1. prece- dente, el operador solicitante deberá comunicar al opera-dor solicitado su decisión de adquirir los materiales y equipos necesarios para llevar a cabo la interconexión, para lo cual deberá emitir las órdenes de servicio corres-pondientes para la habilitación de los puntos de interco- nexión y provisión de enlaces requeridos. El operador solicitante podrá verificar la lista de materiales y equiposa adquirirse; para tal efecto el operador solicitado deberá proporcionar las facilidades del caso previa solicitud por escrito. 4.3. Dentro de los 5 días hábiles posteriores de recibida la comunicación a que alude el numeral 4.2. precedente, el operador solicitado deberá emitir las solicitudes de compra uórdenes de pedido para la adquisición de los materiales y equipos antes mencionados. El operador solicitado deberá informar al operador solicitante, con copia a OSIPTEL, de laemisión de las solicitudes de compra u órdenes de pedido, dentro de los 5 días hábiles de efectuada. 4.4. Sin perjuicio de lo establecido en los numerales anteriores, las partes podrán acordar modos alternativos para la provisión de los elementos de adecuación de red, tales como la modalidad de uso compartido de elemen-tos de adecuación de red, los mismos que deberán pre- sentarse a OSIPTEL para su respectiva aprobación. 5. ADECUACIÓN DE EQUIPOS E INFRAESTRUC- TURA La adecuación de equipos e infraestructura está refe- rida a la inversión en modificaciones que cada operador hace en su red para brindar sus propios servicios y quepuedan afectar la interconexión. Dicha adecuación no está referida a lo establecido en el Artículo 36º del Texto Úni- co Ordenado de las Normas de Interconexión. 5.1 AT&T y AMERICATEL son responsables de ade- cuar sus equipos e infraestructura de telecomunicacio-nes en el punto de interconexión a las especificaciones empleadas por TELEFÓNICA, señaladas en el Anexo 1.C, numeral 2 (Señalización).5.2 Cada una de las partes comunicará con una anticipa- ción no menor de seis meses las modificaciones en su red que pudiesen afectar a la red del otro operador o la relación de interconexión, con la finalidad de que la parte a la cual sele efectuó la comunicación realice las adaptaciones necesa- rias. De ser necesario, se establecerán reuniones entre am- bos operadores para concretar su ejecución. 5.3 Las partes se informarán de las modificaciones y ex- pansiones de los enlaces de interconexión planificadas para su sistema, los cuales se llevarán a cabo dentro de los 6meses siguientes de informadas, al igual que la proyección de troncales requeridas entre las centrales de ambas partes. La referida proyección únicamente se utilizará como una he-rramienta de planificación y no será considerada una orden de servicio hasta que una de las partes la presente como tal. 5.4 La información de planificación y de proyecciones será considerada como información confidencial, la misma que será de conocimiento únicamente de aquellos empleados de cada Operador que deban estar informados de las mismas ysólo para propósitos de planificación. Bajo ninguna circuns- tancia dicha información será divulgada a cualquier provee- dor, contratista, empleador, director u otro representante deninguno de los dos operadores, salvo que la parte propietaria de la información autorice, mediante comunicación escrita y en forma indubitable a la otra el uso de la información reque-rida. Lo dispuesto en este numeral no afecta el cumplimiento de las obligaciones que a cada parte correspondan de pro- veer a OSIPTEL la información que requiera en ejercicio desus atribuciones. 5.5 Será responsabilidad de ambas partes que las fa- cilidades (espacio físico, ductería, energía, entre otros) ylos enlaces troncales de interconexión utilizados para brin- dar el servicio telefónico interconectado sean en cada momento suficientes para atender la demanda del tráficode acuerdo a los estándares de calidad referidos en el punto 3.1. del presente Anexo 6. FECHAS Y PERÍODOS PARA LA INTERCO- NEXIÓN 6.1 Las fechas y períodos de implementación de pun- tos y enlaces de interconexión se encuentran especifica- dos en el numeral 2 del Anexo 1.F del presente Mandato. 6.2 Las pruebas técnicas de aceptación de equipos y sistemas se realizarán dentro de los plazos establecidos en el Anexo 1.D del presente proyecto. 6.3 Los enlaces de interconexión deberán estar ope- rativos antes del inicio de las pruebas técnicas de acep- tación. A tal efecto, AMERICATEL, deberá brindar las fa-cilidades necesarias en caso que AT&T proporcione los enlaces de interconexión. 7. REVISIÓN DEL PROYECTO TÉCNICO DE INTER- CONEXIÓN 7.1 Las características técnicas del presente Proyec- to Técnico de Interconexión podrán ser revisadas por las partes cada dos (2) años, contados a partir de la fechade entrada en vigencia del Mandato. 7.2 En lo que se refiere a las modificaciones del Pro- yecto Técnico, durante la ejecución del mismo, se aplica-rá el procedimiento establecido a continuación: (a) Cualquiera de las partes comunicará a la otra, por escrito y con copia a OSIPTEL, su deseo de modificar el Proyecto Técnico de Interconexión, adjuntando las modi- ficaciones sugeridas y las respectivas justificaciones. (b) La parte notificada tendrá un plazo máximo de 30 días calendario para pronunciarse respecto de las modificaciones propuestas. A falta de pronunciamiento se presume que talesmodificaciones han sido aceptadas por la parte notificada. (c) En el caso que la parte notificada no estuviera de acuerdo con las modificaciones sugeridas, deberá comu-nicarlo a la otra como máximo al término de los 30 días calendario establecidos en el párrafo anterior, lo que dará inicio a un período de negociación de 15 días calendariopara superar las divergencias que hubieran. (d) En caso de llegar a un acuerdo, cada una de las partes realizará, a su costo, las modificaciones imple-mentadas por dicha parte. (e) Si transcurridos los 15 días mencionados en el literal c) del presente numeral, y si las partes llegaran aun acuerdo, presentarán el mismo, de manera conjunta o por separado, a OSIPTEL para su evaluación y de ser el caso la aprobación correspondiente.