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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G31/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 22 de agosto de 2003 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G43/G6F/G6E/G63/G65/G72/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G70/G75/G72/GED/G6D/G61/G63/G20/G32/G30/G30/G33/G2D/G32/G30/G30/G36 ACUERDO REGIONAL Nº 025-2003-CR-APURÍMAC Abancay, 19 de julio del 2003 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL VISTO: En orden del día de la Sesión Extraordinaria, de fe- cha 19 de julio del 2003, la propuesta del Plan de Desarro-llo Regional Concertado de Apurímac 2003 - 2021 a finde ser aprobado. CONSIDERANDO: Que, el artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº27902, establece que es atribución del Consejo Regional Aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado a mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacionalde Desarrollo y buscando la articulación entre Zonas Ur-banas y rurales, propuestas que han sido concertadascon el Consejo de Coordinación Regional y el Plan Estra-tégico a Largo Plazo; Que la Reunión del Consejo de Coordinación Re- gional de Apurímac de fecha 18 de julio del presenteaño aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concer-tado 2003 - 2006, documentación que fue presentadaal Consejo Regional y sustentada por el SecretarioTécnico del Consejo de Coordinación Regional, Ge- rente de Planificación del Gobierno Regional de Apu- rímac estando la propuesta de plan de DesarrolloRegional de Apurímac, de acuerdo a las pautas parael desarrollo del planeamiento y programación Parti-cipativa del Presupuesto del Sector Público para elaño Fiscal 2003, en materia de Gastos de Inversión y habiéndose realizado la operación piloto para el pla- neamiento y programación participativa como un nue-vo elemento para la operatividad presupuestal progra-mación; Que, en uso de las facultades concedidas por los artículos 13º y 37º Inc. a) y 39º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificado por Ley Nº 27902 así como los artículos 60º y 61º incisod) del Reglamento Interno del Consejo Regional, O.R.Nº 001-2003 CR/GRA, el Consejo en sesión Ordina-ria; ACORDÓ: Artículo Primero.- Aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de Apurímac 2003 - 2006. Artículo Segundo.- Remitir el presente Acuerdo Re- gional a la Presidencia, Vicepresidencia, ConsejerosRegionales, Gerencia General y Asesoría de la Presiden-cia para su procesamiento en el presupuesto institucio- nal 2004. Artículo Tercero.- Disponer que la Dirección Regio- nal de Administración haga las acciones necesarias parapublicar el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano. El presente Acuerdo Regional contó con el voto aprobatorio de los señores Consejeros Regionales Car-men María Palomino Dongo, Miriam Lilibeth Rojas Pario- na, Adrián Cuéllar Zanabria, Mario Hanco León, Esther Bringas Contreras, Pedro Valeriano Pinares Antonio yÁngel Barrantes Yucra. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS BELTRÁN BARRA PACHECO Presidente Regional de Apurímac 15590/G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6D/G70/G6C/G65/G6F/G2C/G53/G61/G6C/G75/G64/G2C/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G56/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E ACUERDO REGIONAL Nº 030-2003-CR-APURÍMAC El Presidente de la Región de Apurímac, Dr. Luis Bel- trán BARRA PACHECO, en uso de las atribuciones que le confiere el Estado mediante la Ley Nº 27867 y su mo-dificatoria Ley Nº 27902 - "Ley Orgánica de los Gobier- nos Regionales"; y, CONSIDERANDO: Que, en sesión ordinaria del Consejo Regional del día seis de agosto del año 2003 se ha puesto en conside- ración ante el Consejo Regional de Apurímac como pun- to de agenda el proceso de selección de directoressectoriales; Que, habiéndose analizado las normas referentes al concurso de Directores Regionales Sectoriales for-mulada por el Gobierno Central mediante la Ley Nº 27902 y normas complementarias emitidas por el Consejo Nacional de Descentralización (CND), loscuales vulneran la autonomía de los Gobiernos Re- gionales y transgreden el artículo 191º de la Consti- tución Política del Estado en tanto dicho artículo re-gula la autonomía Política, Económica y Administrati- va en todos los asuntos de competencia Regional, por lo que el mecanismo de concurso establecido en laLey y normas complementarias del Consejo Nacional de Descentralización (CND); Que, los lineamientos generales para el desarrollo del concurso público de selección de directores re- gionales han sido transgredidos en la modificatoria de las bases, las disposiciones sobre la convocato-ria, el cronograma, la comisión regional del concurso no ha cumplido sus obligaciones que contiene el nu- meral 5.3.3 de la Directiva Nº 01-CND conforme seha evidenciado en el debate cuya documentación se anexa como antecedente del presente acuerdo, y que de otro lado se ha limitado de manera arbitraria e ile-gal a un sinnúmero de profesionales a participar en el concurso por la unilateral determinación de los repre- sentantes de los sectores, los informes efectuados porlos Consejeros Regionales sobre las irregularidades en la calificación efectuados fuera de sede institucio- nal y otros que constan en el acta determinan que esaplicable lo dispuesto por el artículo 10º de la Ley Nº 24744, Ley del Procedimiento Administrativo Gene- ral, norma aplicable al procedimiento del concurso dedirectores sectoriales; según el informe oral del Pre- sidente de la Región Apurímac en la sesión ordinaria del Consejo Regional del día siete de agosto del añodos mil tres en el que da a conocer serias irregulari- dades en el proceso de concurso de selección de di- rectores sectoriales, en especial en el sector Educa-ción, y refrendado con el informe de los Consejeros Regionales que anteriormente denunciaron estas irre- gularidades, se corroboró con pruebas instrumenta-les que existieron vicios e irregularidades en el pro- ceso de concurso de selección de directores secto- riales; Que, de acuerdo a la estructura básica de los Gobiernos Regionales el Consejo Regional es el ór- gano normativo y fiscalizador, y el Presidente comoórgano ejecutivo; el artículo 9º de la Ley de Bases de Descentralización otorga autonomía política, adminis- trativa y económica a los Gobiernos Regionales, comoun derecho a la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; y los PoderesLegislativo y Ejecutivo, no pueden efectuar ni restrin- gir las competencias constitucionales exclusivas de los Gobiernos Regionales; el artículo 39º de la Ley Nº27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902 señala que los Acuer- dos del Consejo Regional expresan la decisión de este