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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (22/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 75

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G31/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 22 de agosto de 2003 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G2C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G41/G6E/G61/G6C/GED/G74/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G72/G2D/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G79/G20/G4D/G61/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G2D/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2003 El Presidente de la Región Apurímac que suscribe, Dr. LUIS BELTRÁN BARRA PACHECO en uso de las atri- buciones que le confiere la Constitución Política del Es- tado y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de nor- mar la Organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales en concordancia con lo previstoen el artículo 15º inciso "a" que establece que es atribu- ción del Gobierno Regional aprobar el CAP, y el Artículo 38º que establece que las Ordenanzas Regionales nor-man asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan ma- terias de su competencia de la Ley Nº 27867 - Ley Orgá-nica de los Gobiernos Regionales; Que, habiéndose analizado el documento de gestión como es el CAP y que éste ha sido sujeto a revisión yestudio por parte de los Funcionarios y Consejeros Re- gionales quienes han elaborado las modificatorias de di- chos documentos y que en sesión de fecha 19 de juliodel presente año fue sometida a discusión del Consejo Regional; y habiendo sido visado por la Gerencia de Pre- supuesto, Planificación y Acondicionamiento Territorial,Subdirección de Recursos Humanos; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimi- dad en sesión Ordinaria del Consejo Regional de la Re-gión Apurímac del día doce de junio del año dos mil tres, contando con el voto aprobatorio de los Consejeros Re- gionales Carmen María Palomino Dongo, Miriam LilibethRojas Pariona, Adrián Cuéllar Zanabria, Mario Pablo Han- co León, Esther Zé Bringas Contreras, Pedro Valeriano Pinares Antonio y Ángel Barrantes Yucra y con dispensadel trámite de lectura y aprobación del Acta y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales LeyNº 27867; Que, por estas consideraciones la Presidencia Regio- nal en uso de las facultades que le otorga la ConstituciónPolítica del Estado y la Ley Orgánica de Gobiernos Re- gionales, se promulga la presente Ordenanza Regional; HA APROBADO: Artículo Primero.- APROBAR el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) del Gobierno de la Región Apurímac, el que consta de 272 plazas presu- puestadas y 93 plazas previstas, haciendo un total de365 plazas en la Región Apurímac. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno de la Región Apurímac para su promulgación. En Abancay, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil tres. LUIS BELTRÁN BARRA PACHECO. Presidente del Consejo Regional de la Región de Apurímac POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno de la Región Apurímac a los veintinueve días del mes de julio del añodos mil tres. LUIS BELTRÁN BARRA PACHECO Presidente Regional de Apurímac 15591ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2003 El Presidente de la Región Apurímac que suscri- be, Dr. LUIS BELTRÁN BARRA PACHECO en uso delas atribuciones que le confiere la Constitución Políti- ca del Estado y la Ley Orgánica de Gobiernos Regio- nales. CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de nor- mar la Organización del Gobierno Regional a travésde Ordenanzas Regionales en concordancia con lo previsto en el artículo 15º inciso "a" que establece que es atribución del Gobierno Regional aprobar elPAP y el MOF, y el Artículo 38º que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Go-bierno Regional y reglamentan materias de su compe- tencia de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Go- biernos Regionales; Que, habiéndose analizado los documentos de ges- tión como son el PAP y el MOF y que éstos han sido sujetos a revisión y estudio por parte de los Funcionariosy Consejeros Regionales quienes han elaborado las modificatorias de dichos documentos y que en sesión de fecha 24 de julio del presente año fue sometida a discu-sión del Consejo Regional; y habiendo sido visado por la Gerencia de Presupuesto, Planificación y Acon- dicionamiento Territorial, Subdirección de Recursos Hu-manos. Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimi- dad en sesión Ordinaria del Consejo Regional de la Re-gión Apurímac del día veinticuatro de julio del año dos mil tres, contando con el voto aprobatorio de los Conse- jeros Regionales Carmen María Palomino Dongo, MiriamLilibeth Rojas Pariona, Adrián Cuéllar Zanabria, Mario Pablo Hanco León, Esther Zé Bringas Contreras, Pedro Valeriano Pinares Antonio y Ángel Barrantes Yucra y condispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Gobiernos Regiona-les Ley Nº 27867; Que, por estas consideraciones la Presidencia Regional en uso de las facultades que le otorga laConstitución Política del Estado y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se promulga la presente Or- denanza Regional; HA APROBADO: Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto Analí- tico de Personal (PAP) y el Manual de Organización y Funciones (MOF) del Gobierno de la Región Apurímacsiendo la vigente la que forma parte de la presente Orde- nanza Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno de la Región Apurímac para su promulgación. En Abancay, a los veinticuatro días del mes de julio del año dos mil tres. LUIS BELTRÁN BARRA PACHECO Presidente del Consejo Regionalde la Región de Apurímac POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno de la Región Apurímac a los treinta días del mes de julio del año dosmil tres. LUIS BELTRÁN BARRA PACHECO Presidente Regional de Apurímac 15592