Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2003 (22/08/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 70

Pag. 250184

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 22 de agosto de 2003

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Declaran nulidad del otorgamiento de la Buena Pro del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 005-2003-SIS, para adquirir equipos de computo
RESOLUCION JEFATURAL Nº 045-2003/SIS MORDAZA, 19 de agosto de 2003 VISTOS: El Informe Nº 004-2003-CEP del Comite Especial Permanente y el Informe Nº 126-2003-SIS/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 025-2002-SIS de fecha 30 de diciembre del 2002, se designo a los miembros del Comite Especial Permanente encargado de llevar a cabo y conducir los procesos de seleccion para las adjudicaciones y contrataciones del Seguro Integral de Salud; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 004-2003-SIS de fecha 10 de febrero del 2003, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Seguro Integral de Salud para el Ejercicio Fiscal 2003, en el que se incluye el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0005-2003-SIS; Que, las Bases Administrativas y las Especificaciones Tecnicas del citado MORDAZA han sido aprobadas y visadas por el Comite Especial Permanente y por el Jefe del Seguro Integral de Salud de acuerdo a ley, cuyo valor referencial total por la adquisicion de 31 Equipos de Computo es S/. 160,037.50 (Ciento sesenta mil treinta y siete y 50/100 Nuevos Soles); Que, con fecha 30 de junio del 2003 se efectuo la MORDAZA de propuestas tecnico - economicas de los postores del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0005-2003-SIS, a merito de lo cual se realizo la correspondiente calificacion de las propuestas presentadas; consecuentemente obtuvo el primer lugar la Empresa GRUPO W & F S.A.C. y el MORDAZA lugar la Empresa GRUPO ARVISA DEL PERU S.A., otorgandose la Buena Pro mediante Acta de fecha 30 de junio del 2003 a la Empresa GRUPO W & F S.A.C.; Que, la Empresa GRUPO W & F S.A.C. presenta una Propuesta Economica, que no se condice con lo solicitado en las Bases Administrativas en las que se incluye el IGV en el precio unitario, habiendo separado de dicho costo fijando el total de S/. 169,914.10 (Ciento sesenta y nueve mil novecientos catorce y 10/100 Nuevos Soles) incluido IGV, por la adquisicion de 31 Equipos de Computo, tal como se observa en la Factura Nº 0002355; monto que difiere de los S/. 4,645.00 como costo unitario, siendo este, realmente de S/. 5,481.10 Nuevos Soles; Que, del Cuadro de Adquisicion Nº 00317 y de la Orden de Compra se advierte que el monto es de S/. 143,995.00 (Ciento cuarenta y tres mil novecientos noventa y cinco y 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV, existiendo contradiccion con la Propuesta Economica y la Facturacion de la Empresa GRUPO W & F S.A.C.; Que, mediante Informe de vistos, el Comite Especial Permanente, da a conocer que la Empresa GRUPO W & F S.A.C. habia consignado en su Propuesta Economica el valor unitario por equipo de computo, sin incluir IGV lo cual causo confusion e hizo incurrir en error al Comite, ya que el precio resultaba inferior al de los demas postores, razon por la cual se le otorgo la Buena Pro; Que, de los actuados en el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 005-2003-SIS, se advierte que las partes no han celebrado contrato; Que, por tales consideraciones, y de acuerdo al Informe Nº 126-2003-SIS/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica y en aplicacion del Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el MORDAZA en mencion ha recaido en la causal de nulidad al existir vicios en la propuesta economica del postor ganador y prescindir de las

normas esenciales del procedimiento; por lo cual, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, corresponde declarar la Nulidad de Oficio del otorgamiento de la Buena Pro del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0005-2003-SIS; De conformidad con lo establecido en el Articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y con la facultad prescrita en el inciso i) del Articulo 11º del Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la Nulidad de Oficio del Otorgamiento de la Buena Pro del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 005-2003-SIS, para la adquisicion de 31 Equipos de Computo del Seguro Integral de Salud, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Retrotraer el MORDAZA, hasta la etapa de Elaboracion de Cuadro de Postores Habilitados. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. Articulo 4º.- Encargar al Comite Especial Permanente, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud 15627

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia de MORDAZA
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 121-2003/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 12 de agosto del 2003 Visto el Expediente Nº 109-2003/SBN-JAR, correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 162,90 m2, ubicado entre el Lote 2A de la Manzana C´ del Asentamiento Humano MORDAZA de Oro y el Lote 8 de la Manzana C-12 de la Urbanizacion Palao, distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismo para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identificaron terrenos ubicados en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA que se encontrarian libres de inscripcion; Que, conforme al Certificado de Busqueda Catastral, de fecha 3 de MORDAZA de 2003, el Registro Predial MORDAZA senalo que segun el Informe Tecnico Nº 5732-2003-SUNARP-RPU/ OC-LIMA, de fecha 27 de junio de 2003, emitido por la Oficina de Catastro del citado registro, el area de 162,90 m2 no se encuentra inscrita en el Registro Predial MORDAZA, ni presenta superposicion con predio inscrito en dicho Registro; Que, la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, mediante Certificado Catastral de fecha 23 de MORDAZA de 2003, expedido en base al Informe Tecnico Nº 3092/2003-SUNARP-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.