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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (24/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

PÆg. 250288 NORMAS LEGALES Lima, domingo 24 de agosto de 2003 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA Ratifican Acuerdo de Concejo N” 14 y disponen contratación mediante adjudi-cación de menor cuantía de empresaque prestarÆ servicio de fiscalización a los principales contribuyentes ACUERDO DE CONCEJO Nº 025-2003-C/MDCH Chilca, 14 de agosto del 2003 VISTO: En Sesión Ordinaria celebrada el día 14 de agos- to del 2003, el expediente relacionado al Informes Nº 070-2003-UR/MDCH, Nº 084-2003-UR/MDCH, de la Unidad deRentas, Informe Nº 003-2003-AL/MDCH, de la Oficina deAsesoría Legal y Informe Nº 110-2003-GM/MDCH, delGerente Municipal, sobre la necesidad de contratar unaEmpresa Especializada en dar Servicios de Asesoría ySoporte en la verificación del hecho generador de la deudatributaria, identificación del deudor tributario, determinaciónde la Base imponible y la cuantía del tributo, así como de-terminar los nuevos saldos adeudados y la prosecución dela cobranza por cada tributo en el Proceso de FiscalizaciónTributaria de principales contribuyentes como Empresas deservicios Públicos, Bancos y otros de la jurisdicción de laMunicipalidad Distrital de Chilca; la que será contratadabajo la Modalidad de servicios Personalísimos; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Lo- cal, con personería jurídica de Derecho Público y tienenautonomía política, económica y administrativa en los asun-tos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680; y concor-dante con el Titulo Preliminar Arts. I, II, IV, V, VIII, de la LeyOrgánica de Municipalidades - Ley 27972; Que, la complejidad de ejecutar trabajos de fiscaliza- ción en contribuyentes potenciales, no conocidos o regis-trados previamente ante la administración tributaria local yla necesidad de una acción eficaz y eficiente en la conse-cución de los objetivos fiscales, ha determinado que esimperativo contratar los servicios de una entidad altamenteespecializada en trabajos de fiscalización tributaria en go-biernos locales, que además acredite antecedentes labo-rales, así como referencias municipales sobre la calidad yefectividad de sus servicios; Que, el artículo 93º de la Ley de Tributación Municipal, D.Leg. Nº 776, establece que las Municipalidades podránentregar en concesión los servicios de fiscalización de lostributos a su cargo; Que de conformidad con lo dispuesto por el inciso h) del artículo 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM, "Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado", precisa que están exoneradas de los procesos deLicitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Direc-ta las contrataciones que se realicen para servicios perso-nalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, el artículo 111º del D.S. Nº 013-2001-PCM, "Regla- mento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado", de conformidad con el con el inciso h) del Art.19º de la Ley, establece que se encuentran exonerados delrespectivo proceso de selección, los Contratos de Locaciónde Servicios celebrados con personas naturales o jurídicascuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta ycomo requisito esencial la persona del Locador, ya sea porsus características inherentes, particulares o especiales opor su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio.La evaluación de las características o habilidades del loca-dor deberá ser objetiva y se efectuara en función de la natu-raleza de las prestaciones a su cargo; Que, el Art. 113º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado porD.S. Nº 013-2001-PCM, establece "Las resoluciones oacuerdos que aprueben la exoneración de los procesos deselección, al amparo de las causales contenidas en el Art.19º del D.S. Nº 012-2001-PCM, requieren obligatoriamenteinforme técnico legal previo emitido por las áreas técnica yde Asesoría Jurídica de la entidad, agregando que dicho informe contendrá la justificación técnica y legal de la Ad-quisición o contratación y de la necesidad de la exonera-ción; y contemplara criterios de economía, tales como loscostos y la oportunidad"; Que, conforme lo establece el inciso c) del artículo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, las contrataciones no sujetasal procedimiento de Licitación Publica, Concurso Público oAdjudicación Directa se aprobarán por Acuerdo de Conse-jo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales; Que el Art. 115º del D.S. Nº 013-2001-PCM, Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, establece que las Resoluciones o acuerdos queaprueben las exoneraciones de los procesos de selecciónconforme al Art. 19º de la ley, salvo las previstas en losincisos b) y d), son publicados en el Diario Oficial El Perua-no dentro de los diez (10) días hábiles de su emisión oadopción, según corresponda; Que, el artículo 116º del D.S. Nº 013-2001-PCM, Re- glamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, establece que el Consejo Municipal de-terminara que órgano se encargará de la contratación exo-nerada, de acuerdo al monto involucrado y a su compleji-dad, envergadura o sofisticación; Que el jefe de la Unidad de Rentas mediante Informe Nº 070-2003-UR/MDCH, da cuenta del bajo ingreso obtenidohasta la fecha y que existe un monto referencial de S/. 5´699872,32 (Cinco Millones Seis Cientos Noventa y Nueve MilOchocientos Setenta y Dos y 32/100 Nuevos Soles) comosaldos por cobrar, siendo el grado de morosidad del ordendel 85.18% por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios porel período 2002, al 31 de Diciembre del 2002. Así mismomanifiesta que existen grandes contribuyentes potencialesque requieren para su fiscalización un alto grado de espe-cialización Técnica, Tributario y Legal para poder efectuaruna Fiscalización Tributaria y Administrativa eficiente, por loque solicita la contratación inmediata con carácter de urgen-te de una empresa (persona natural o jurídica) altamenteespecializada en brindar Servicios de Asesoría y Soporteen Fiscalización Tributaria y Administrativa, mediante Infor-me Nº 084-2003-JR/MDCH,, el Jefe de la Unidad de Rentasincrementa el monto por recuperar en S/. 203,017.63,con locual se tiene que el monto a recuperar es de S/. 5´902,889.95.En tal virtud luego del análisis correspondiente en el Plenodel Consejo, se concluye en RATIFICAR EL ACUERDO DECONCEJO Nº 14 del 30 de junio del 2003; Que mediante los informes de vistos se cumple con el requisito de sustentar técnica y legalmente la justificaciónde la adquisición o contratación y de la necesidad de laContratación de las Empresas bajo la causal de ServiciosPersonalísimos, para brindar Servicios de asesoría y So-porte en la verificación del hecho generador de la deudatributaria, identificación del deudor tributario, determinaciónde la base imponible y la cuantía del tributo, así como de-terminar los nuevos saldos adeudados por cada tributo y laprosecución de la cobranza en el proceso de FiscalizaciónTributaria de principales contribuyentes como empresas deServicios Públicos, Bancos y otros del distrito de Chilca; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferi- das por los artículos 9º , 17º y 20º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Ley Nº 27972, y por el artículo 20º del D.S.Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de con-trataciones y Adquisiciones del Estado, en sesión Ordina-ria de Consejo de fecha 14 de agosto del 2003, el Pleno delConcejo Municipal aprobó por Mayoría lo siguiente; ACUERDO:Artículo Primero.- Ratificar el Acuerdo de Concejo Nº 14 del día 30 de junio del 2003, a fin de efectuar la contrataciónde la Empresa que brindara el servicio de fiscalización a losprincipales contribuyentes, y la cual se realizara bajo la mo-dalidad de Servicios Personalísimos, por los fundamentosexpuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- ENCARGAR la realización de los procedimientos de contratación al Comité Especial Perma-nente bajo la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo Tercero.- El Gasto que genere dicho contrato, será cargado a la Partida 5.3.11.39 Otros Servicios de Ter-ceros, Financiado con recursos Directamente Recaudados. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Planifi- cación y Presupuesto, a que realice las Modificaciones Pre-supuestarias a que hubiera lugar por la contratación de laEmpresa de Servicios. Artículo Quinto.- ENCARGAR al Gerente Municipal remitir copia del presente Acuerdo a la Contraloría Generalde la República, dentro de los diez días calendario siguien-