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PÆg. 250277 NORMAS LEGALES Lima, domingo 24 de agosto de 2003 dará retenido y se cobrará una tasa diaria por concepto de mantenimiento del animal. Para la graduación de las sanciones se tendrá presente el peligro ocasionado a la comunidad, la reincidencia en laComisión de la infracción y el beneficio económico quehubiera obtenido la infracción. TÍTULO IX DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Encárguese a la Dirección de Servicios So- ciales a través de la División de Sanidad y sus áreas co-rrespondientes el cumplimiento de la presente ordenanza. Segunda.- Las infracciones y montos de las multas pro- ducto de la ejecución de la presente Ordenanza se incor-poraran al nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones(RAS) de la Municipalidad de Chorrillos. Tercera.- Incorpórese en el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos (TUPA) el procedimiento de Registro deCanes de acuerdo a lo dispuesto en la presente Ordenanza,así como la tasa por el tramite de registro de canes, dentrodel cuadro de derechos por costos del procedimiento. TÍTULO X DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Encárguese a las Oficinas de Rentas, Parti- cipación Ciudadana, Relaciones Publicas, para la difusióny conocimiento publico de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a los 30 días de su publicación por necesidad de difusión,conocimiento e información para la comunidad Chorrillana. Tercera.- La Comunidad en general velará por el estric- to cumplimiento de la presente ordenanza al entrar en vi-gencia para su aplicación total y efectiva, debiendo denun-ciar las transgresiones, dirigiéndose al área de Sanidad oParticipación Vecinal de la Municipalidad de Chorrillos o ala Comisaría de la Policía Nacional del Perú en su sectorcorrespondiente, para las acciones pertinente. Cuarta.- En concordancia a la R.M. Nº 1176-2002-SA/ DM del 11 de noviembre del 2002 se considera en la rela-ción de razas de canes potencialmente peligrosos a las si-guientes: PIT BULL TERRIER, DOGO ARGENTINO, FILABRASILERO, TOSA JAPONESA, BUL MASTIFF, DOBER-MAN y ROWELLER. Quinta.- Otorgar un plazo de 90 días para el empadro- namiento de todos los canes del distrito en el RegistroMunicipal de las razas no consideradas potencialmentepeligrosas y solo de 30 para las razas consideras en lacuarta Disposición Complementaria. Sexta.- A fin de preservar el ornato y la salubridad ambien- tal en las áreas publicas del distrito, el conductor o guía del cano canes, será responsable de la limpieza y recojo inmediato delas deposiciones caninas, depositándole en los tachos públi-cos o depósitos para basura instalados en la vía publica. Esta disposición es de aplicación para residentes y no residentes en el distrito, su incumplimiento estará sujeto ala sanción de multa por infracción y de reincidir, se dispon-drá del animal infractor y la denuncia al propietario o po-seedor por atentar contra la salud publica y privada segúnlo dispuesto en la Ley General de Salud. Séptima.- Facultar al Alcalde que mediante Decreto de Alcaldía, dicte acciones complementarias a la presenteOrdenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 15784 MUNICIPALIDAD DE LINCE Autorizan adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche median- te adjudicación de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 065-2003 Lince, 15 de agosto del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCEPOR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 193-2003-MDL-GA, emitido por la Gerencia deAdministración referente a la petición de Declaratoria deUrgencia la adquisición de insumos para el Programa delVaso de Leche de la Municipalidad de Lince; CONSIDERANDO: Que, la Dirección Ejecutiva del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ha deci-dido no continuar con el Convenio Intermunicipal de Com-pras Centralizadas, debido a la diversidad de productossolicitados por cada distrito, facilitando además el aprovi-sionamiento de productos hasta el 16 de agosto del 2003; Que, mediante Resolución Nº 006-2003-GG-MDL, de fecha 30 de julio del 2003, se incluye en el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones del Estado de la Munici-palidad de Lince, la Adjudicación Directa Selectiva para laAdquisición de Insumos para el Programa del Vaso de Le-che, por un monto ascendente a la suma de S/. 65,533.00; Que, se convocó a proceso de selección Adjudicación Directa Selectiva Nº 009-2003-ADS-MDL, para la adquisi-ción de insumos para el Programa del Vaso de Leche, lamisma que fue declarada DESIERTA el 14 de agosto del2003, por no haberse presentado postores; Que, conforme a lo señalado por la Gerencia de Admi- nistración según Informe Nº 193-2003-MDL/GA, a fin deque no se produzca el desabastecimiento de insumos parael Programa del Vaso de Leche y ello afecte la atención alos beneficiarios, ya que el suministro de insumos paradicho Programa, sólo permite atender hasta el 16 de agos-to del presente año y, teniendo en cuenta que deberá efec-tuarse una Segunda Convocatoria del Proceso de Selec-ción respectivo, lo cual demandaría un tiempo que puederesultar perjudicial para el suministro de los insumos al nocontar oportunamente con los mismos para su debida dis-tribución, resulta conveniente se tomen las acciones ne-cesarias; Que, de lo mencionado en el considerando precedente, se justifica se tomen las acciones urgentes, por lo que seconfigura la Situación de Urgencia que establece el Artícu-lo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado; aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, por lo que se hace necesario que se cumplacon las formalidades señaladas en el Artículo 20º del pre-citado cuerpo legal así como lo contemplado en los Artícu-los 108º y 113º de su Reglamento; Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en la Direc- tiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, debe precisarse enel Acuerdo, el valor referencial, la fuente de financiamien-to objeto de la Situación de Urgencia, así como determi-nar la dependencia u órgano encargado de realizar la ad-quisición; Estando a lo expuesto con el Informe Nº 193-2003-MDL- GA, de la Gerencia de Administración y el Informe Nº 254-2003-MDL-GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y deconformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Mu-nicipalidades Nº 27972, por MAYORÍA, y con dispensa deltrámite de la lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR, en SITUACIÓN DE URGENCIA, la adquisición de Leche Evaporada de vaca yHojuelas de Cebada para el Programa del Vaso de Lechede la Municipalidad de Lince, exonerando del proceso deAdjudicación Directa Selectiva la adquisición mencionada,por las razones expuestas en la parte considerativa del pre-sente Acuerdo de Concejo. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la realización de un Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía por exonera-ción, la adquisición de insumos antes mencionados para elPrograma del Vaso de Leche, comprendido desde el 17 deagosto y hasta que se otorgue la Buena Pro, siendo el valorreferencial el siguiente: - Leche evaporada de vaca y S/. 15,000.00 aprox. (mensual) Hojuelas de Cebada - Fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias- Específica del gasto 5.3.11.24 Alimentos de personas Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Ad- ministración y Jefatura de Abastecimiento el Proceso deAdjudicación de Menor Cuantía autorizado. Artículo Cuarto.- PUBLICAR, el presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diezdías siguientes a su adopción.