Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2003 (24/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 24 de agosto de 2003

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Incorporan MORDAZA de seleccion en el Plan Anual de Adquisiciones 2003
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0916
Ate, 6 de agosto de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Informe Nº 320-03-DA/MDA, de la Direccion de Administracion, asi como el Proveido Nº 2442-03-DM/ MDA, de la Direccion Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 046 de fecha 13 de enero de 2003 se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones correspondiente al ano fiscal 2003; Que, con Informe Nº 022-2003-ACyA-SDL-DA/MDA, el Area de Compras y Adquisiciones comunica a la Subdireccion de Logistica de la necesidad de contratar una Poliza de Seguro para los 2 Volquetes de propiedad de la Municipalidad de Ate, por el periodo del 1 de septiembre del 2003 al 31 de diciembre del mismo ano; por lo que la Subdireccion de Logistica, a traves del Informe Nº 406-2003-SDLDA/MDA; solicita a la Direccion de Administracion, se sirva autorizar las acciones administrativas correspondientes
MORDAZA DE MORDAZA OBJETO CIIU SINTESIS DE ESPECIFICACION TECNICA Contratacion de una Empresa de Seguros y Reaseguros a que se Traslade el Riesgo y Otorgue Cobertura de Seguros de Vehiculos para 2 Volquetes de propiedad de la Municipalidad de Ate

para gestionar la contratacion de una Empresa de Seguros y Reaseguros a la que Traslade el Riesgo y otorgue coberturas de Seguro de Vehiculos para 2 Camiones Volquete de propiedad de la Municipalidad de Ate, por un periodo que cubrira del 1 de septiembre al 31 de diciembre del 2003; con un monto referencial que asciende a US$ 6,000.00 (Seis Mil Dolares Americanos); Que, nuestra Corporacion Edilicia, presenta la necesidad impostergable de efectuar la citada contratacion, bajo la modalidad de: - Adjudicacion Directa Selectiva para la Contratacion de una Empresa de Seguros y Reaseguros a la que Traslade el Riesgo y otorgue coberturas de Seguro de Vehiculos para 2 Camiones Volquete de propiedad de la Municipalidad de Ate. Que, de conformidad a los Articulos 7º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y 8º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, el Plan Anual puede ser modificado y las adquisiciones o contrataciones no incluidas en el mismo deben ser aprobados por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad; Estando a lo acordado y de conformidad a las facultades conferidas en la "Ley Organica de Municipalidades" Nº 27972, Texto Unico Ordenado de la "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" - Ley Nº 26850, Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar al "Plan Anual de Adquisiciones 2003" los Procesos de Seleccion que a continuacion se detallan:
FECHA PROB. CONV. MONEDA VALOR ESTIMADO UNIDAD MEDIDA CANT. F.F. UBIGEO

ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA

SERVICIO

660310

Agosto

US$

6,000.00

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9

15.1.03

Articulo 2º.- Disponer que la presente Resolucion se ponga en conocimiento del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE y a la Comision de Promocion de Pequena y Mediana Empresa ­ PROMPYME, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 15692 CONSIDERANDO:

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Aprueban Ordenanza que MORDAZA el Regimen Juridico de Canes en el distrito
ORDENANZA Nº 047-2003-MDCH
Chorrillos, 16 de agosto del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Consejo Municipal Distrital de Chorrillos, en Sesion Ordinaria de la fecha; y,

Que, el articulo IV, Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de servicios publico locales y el desarrollo integral sostenido y armonico de su circunscripcion; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 2.3 del inciso 2), Art. 80º de la Ley Nº 27972, establece las Municipalidades Distritales tienen funciones compartidas con las provinciales para proveer los servicios de saneamiento rural y coordinar la realizacion de campanas de control de epidemias y sanidad animal; Que, conforme a lo dispuesto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son organos de gobierno con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Art. II del Titulo en Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, la Ley de Proteccion a los animales domesticos y a los animales silvestres mantenidos en cautiverio Nº 27265, se ha establecido que se encuentra prohibido todo acto de

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