Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2003 (04/12/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

Pag. 256406

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 4 de diciembre de 2003

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de diciembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 22622

Aceptan donacion a ser otorgada por el BIRF para apoyar el proyecto Voces de los pobres para influir en la planificacion y evaluacion de la provision de servicios en el Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 250-2003-EF MORDAZA, 3 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento - BIRF otorgara una donacion al Estado Peruano, a traves del Ministerio de Economia y Finanzas, ascendente a US$ 758 500,00 (setecientos cincuenta y ocho mil quinientos y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) con cargo al Fondo de Desarrollo Social de Japon, el cual administra, para ser destinada a brindar apoyo al proyecto "Voces de los pobres para influir en la planificacion y evaluacion de la provision de servicios en el Peru" vinculado al cumplimiento de los compromisos de la Matriz de Politicas del Prestamo Programatico de Reforma Social IV, acordada durante las negociaciones del Prestamo Programatico de Reforma Social III suscrito con dicha entidad financiera; Que, resulta necesario formalizar la aceptacion de la referida donacion, asi como suscribir la Carta Acuerdo Nº TF051333 que la implementa; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27692, Ley de Creacion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la donacion a ser otorgada por el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento - BIRF al Estado Peruano, a traves del Ministerio de Economia y Finanzas, ascendente a US$ 758 500,00 (setecientos cincuenta y ocho mil quinientos y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) para ser destinada a brindar apoyo al proyecto denominado "Voces de los pobres para influir en la planificacion y evaluacion de la provision de servicios en el Peru" descrito en la parte considerativa de la presente MORDAZA legal. Articulo 2º.- Autorizar al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien este designe, a suscribir la Carta Acuerdo Nº TF051333. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 22624

CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 062-2002, de fecha 21 de noviembre de 2002, se dispone la disolucion de la Comision Administradora de Carteras, asumiendo el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, la administracion y cobranza de la cartera de creditos que no hubieran sido transferidos a dicha fecha a terceros, correspondiendole al FONAFE las facultades senaladas en los Decretos de Urgencia Nºs. 032-95 y 077-2000; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 261-2003-EF/ 10, se ha establecido que FONAFE asume todas las facultades y poderes para la administracion, cobranza y subasta de las carteras de creditos encargadas por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, mediante el articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 216-99-EF-10, se establecio que para el cumplimiento de los encargos que el Ministerio de Economia y Finanzas hubiese efectuado o efectue a la Procuraduria Ad Hoc, esta gozara de todas las facultades conferidas en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 032-95 y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 142-95-EF/10 y 098-96-EF/ 10 y demas disposiciones legales aplicables; Que, es necesario acelerar la recuperacion de las carteras de creditos del Ministerio de Economia y Finanzas, que se originan de la adquisicion de activos de las empresas del sistema financiero efectuadas al MORDAZA de diversos dispositivos legales, asi como racionalizar y agilizar el tramite de los procesos judiciales, a efecto de incrementar los indices de recuperacion de dichos creditos, mediante la tercerizacion de la cobranza, con cargo al producto resultante de la misma, bajo la modalidad de MORDAZA concluido-asunto pagado; Que, asimismo, es necesario precisar los alcances de la relacion funcional de la Procuraduria Ad Hoc, creada por el articulo 7º del Decreto de Urgencia Nº 032-95, con FONAFE y la Junta Liquidadora de dichas entidades publicas, asi como las normas que regulan el ejercicio de sus facultades; De conformidad con el Articulo 5º del Decreto de Urgencia Nº 062-2002 y de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgamiento en cobranza de las carteras de creditos a terceros. El Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, determinara los procesos administrativos y judiciales que surjan de la cobranza y de la administracion de las carteras de credito adquiridas por el Ministerio de Economia y Finanzas de las empresas del sistema financiero, a ser atendidos por la Procuraduria Publica Ad Hoc y aquellos que deberan ser tercerizados. Articulo 2º.- Modificacion del Articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 261-2003-EF/10 Sustituir el texto del articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 261-2003-EF/10 por el siguiente texto: "La Procuraduria Ad Hoc, creada por el articulo 7º del Decreto de Urgencia Nº 032-95, actuara en representacion de los Bancos Agrario, Industrial, Minero, de la Vivienda del Peru y de la MORDAZA de Ahorros de MORDAZA, en Liquidacion, en los procesos judiciales y administrativos que se promuevan por o contra dichas empresas, encontrandose regulada su representacion en el Decreto Ley Nº 17537, sus ampliatorias, modificatorias y conexas. Asimismo, la Procuraduria Ad Hoc ejercera la representacion del FONAFE exclusivamente en los procesos judiciales y administrativos vinculados a la cobranza y administracion de las carteras a que se hace referencia en el articulo 3º de la presente Resolucion, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, sus ampliatorias, modificatorias y conexas. La Procuraduria Ad Hoc sujetara sus actividades a las politicas y lineamientos de cobro que adopte FONAFE y la Junta Liquidadora de los Bancos Agrario, Industrial, Minero, de la Vivienda del Peru y de la MORDAZA de Ahorros de MORDAZA, en Liquidacion, para la recuperacion de las carteras a su cargo y se encontrara vinculada administrativamente al FONAFE, debiendo efectuar coordinaciones con la Junta Liquidadora de las mencionadas entidades en liquidacion para el mejor cumplimiento de sus objetivos, las cuales facilitaran los recursos necesarios para el adecuado desempeno de sus funciones." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 22530

Precisan alcances de funciones de la Procuraduria Publica Ad Hoc creada por el D.U. Nº 032-95 y modifican articulo de la R.M. Nº 261-2003-EF/10
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 704-2003-EF/10 MORDAZA, 2 de diciembre de 2003

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.