Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2003 (04/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, jueves 4 de diciembre de 2003 VISTOS Y CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
VISTA:

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Que, en el MORDAZA de modernizacion integral de la Corte, cuya primera etapa es la digitacion iniciada el dia trece de octubre del presente ano, se ha podido advertir que las unidades jurisdiccionales aun tienen expedientes en tramite, al que se le ha dado numeracion manual y de los cuales no existen datos, en el sistema de la Mesa de Partes Unica instalado en el ano de mil novecientos noventa y nueve, ni en el MORDAZA sistema implantado el veintitres de junio del presente ano; Que, como consecuencia de la digitacion, los expedientes estan adquiriendo mas de una numeracion que los identifica, por lo que es necesario establecer las pautas de su uso, con la finalidad de no causar confusion en los operadores del derecho y los usuarios del servicio de justicia; Al respecto el TUO de la Ley Organica del Poder Judicial, en su articulo 170º, dispone que para cada MORDAZA se organiza un expediente que se identifica con el numero correlativo del organo jurisdiccional correspondiente. Pero tambien, el mismo cuerpo legal en su articulo 172º, faculta tomar las medidas convenientes a fin de adecuar a las modernas tecnicas de administracion de justicia, el tramite documentario y el manejo de los expedientes judiciales; Que en ese sentido, los expedientes penales ingresados manualmente hasta el ano de 1998 y los ingresados por la Mesa de Partes Unica desde el ano 1999 hasta el 23 de junio de 2003, se identificaran con la numeracion que le otorgo el Juzgado o la MPU y el que le genera el sistema. El numero originario debe mantenerse en razon de que de conformidad con lo dispuesto por el articulo primero de la R.A. Nº 036-2002P-CSJCN/PJ de fecha 29 de enero del dos mil dos, determina la competencia de las MORDAZA Penales; Que, para el caso de los expedientes Juzgados de Familia y Juzgado Laboral, a partir del lunes diecisiete del presente mes, se identificaran con el numero que le genere el sistema; Por cuyos fundamentos y en uso de las facultades conferidas al suscrito por el articulo 90º, incisos 3) y 9) del TUO de la Ley Organica del Poder Judicial; la Presidencia; RESUELVE: Primero.- DISPONER que los expedientes penales ingresados manualmente hasta el ano de 1998 y los ingresados por la Mesa de Partes Unica - MUP - desde el ano 1999 hasta el 23 de junio de 2003, se identificaran con la numeracion que le otorgo el Juzgado o la MUP y el que le genere el sistema. El numero originario debe mantenerse en razon de que de conformidad con lo dispuesto por el articulo primero de la R.A. Nº 036-2002-P-CSJCN/PJ de fecha 29 de enero del dos mil dos, determina la competencia de las MORDAZA Penales. Segundo.- DISPONER que los expedientes de los Juzgados de Familia y del Juzgado Laboral, a partir del dia lunes primero de diciembre del presente mes, se identificaran para todos los efectos, con el numero que le generara el sistema. Tercero.- Pongase la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la Republica, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Gerencia de Personal y Escalafon, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, de los senores Presidentes de Sala, senores Jueces y de la Oficina de Administracion Distrital. Comuniquese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MONTANEZ MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA 22541

La resolucion Administrativa Nº 148-2003-P-CSJCN/PJ de fecha veintitres de junio del presente ano y la Resolucion Administrativa Nº 334-2003-P-CSJCN/PJ de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 172º del TUO de la Ley Organica del Poder Judicial, faculta a los organos de gestion como la Presidencia de la Corte, a tomar medidas convenientes para adecuar a las modernas tecnicas de administracion de justicia, el tramite documentario y el manejo de los expedientes judiciales; guardando concordancia dicha facultad con la atribucion contenida en el articulo 90, inciso 3) del mismo cuerpo legal; Que, al MORDAZA de tal facultad, esta Presidencia, ha iniciado el MORDAZA de modernizacion integral de las unidades jurisdiccionales, especialmente en lo que se refiere a la recepcion de documentacion, almacenamiento de informacion y seguimiento de expedientes; Por ello, en su primera etapa, mediante la primera resolucion de vista, se implemento en la Mesa de Partes Unica el sistema judicial informatizado de los Juzgados Penales y actualmente se encuentra culminando el MORDAZA de digitacion de expedientes penales, de familia y laboral; Que, tal MORDAZA significa el recurso a la informatica para reforzar valores como celeridad, transparencia en el tratamiento de la informacion y principalmente mejorar la calidad de la atencion al usuario; Que, en orden de ideas y considerando que la informatizacion trae como consecuencia, la simplificacion, centralizacion y uniformidad en lo que se refiere a la recepcion de demandas, denuncias y en general la recepcion de documentacion, resulta necesario hacer un corte y disponer que las mesas de partes tradicionales de cada uno de las unidades jurisdiccionales pasen a integrar la Mesa de Partes Unica de Juzgados Penales, Familia y Juzgados de Paz Letrados, la misma que a partir del dia lunes primero de diciembre proximo entrara en funciones, con excepcion del Juzgado Laboral que lo MORDAZA el tres de diciembre del ano en curso; Que, el modelo informatico de MPU y su distribucion de funciones contenida en la Cartilla de Instruccion ha sido validada en Sesiones de Trabajo por los Magistrados de las especialidades y la Comision de Digitacion; Que, la citada Mesa de Partes Unica, contara con personal capacitado, cuyas funciones se encuentran especificadas en la cartilla de instrucciones propuesto por la Comision de Digitacion, la misma que ha sido disenada considerandose la naturaleza y los requerimientos de una mesa de partes, por lo que es pertinente aprobarla para su implementacion; Que, por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al suscrito por el articulo 90º incisos 3) y 9) del TUO de la Ley Organica del Poder Judicial; la Presidencia; RESUELVE: Primero.- DISPONER que a partir del dia treinta de noviembre del presente ano, las Mesas de Partes de los Juzgados Penales (del 1º al 12º) y los Juzgados de Familia (del 1º al 5º), quedan integradas a la MPU. El Juzgado Laboral se integrara el dia tres de diciembre del ano en curso. Segundo.- DISPONER que a partir del dia primero de diciembre del presente ano, entre en funciones la Mesa de Partes Unica de Juzgados Penales, Laboral y de FamiliaJuzgados de Paz Letrados (Demandas, exhortos y escritos laborales se recepcionaran a partir del dia tres de diciembre del presente ano). Tercero.- DISPONER que a partir de la fecha MORDAZA indicada, todos los expedientes, denuncias, demandas, solicitudes, escritos y recursos de las partes o terceros, se presentaran a traves de la MPU. Cuarto.- Los Secretarios de Juzgado o quien haga sus veces, bajo responsabilidad, deberan descargar las resoluciones y otros actos procesales al sistema, inmediatamente que MORDAZA expedidas por el Juez. Quinto.- APROBAR las Cartillas de instruccion y funciones, presentadas por la Comision de Digitacion, validadas por los senores Jueces Especializados de la Sede Central -Penal, Laboral y de Familia- y que forman parte de la presente resolucion.

Disponen inicio de funciones de la Mesa de Partes Unica de Juzgados Penales, Laboral y de Familia - Juzgados de Paz Letrados en el Distrito Judicial del MORDAZA Norte de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 335-2003-P-CSJCN/PJ Independencia, veintiocho de noviembre del dos mil tres

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