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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (04/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 20

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G34/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de diciembre de 2003 16 DE DICIEMBRE Ministerio del Interior PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES (REMU- NERACIONES): 17 DE DICIEMBREPresidencia del Consejo de Ministros Congreso de la RepúblicaMinisterio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economía y Finanzas Contraloría GeneralPoder Judicial Ministerio de Justicia Ministerio PúblicoConsejo Nacional de la Magistratura Tribunal Constitucional Jurado Nacional de EleccionesOficina Nacional de Procesos Electorales Defensoría del Pueblo Registro Nacional de Identificación y Estado CivilAgricultura de las Regiones Universidades Ministerio de AgriculturaMinisterio de Transportes y Comunicaciones 18 DE DICIEMBREMinisterio de Educación Educación de las Regiones 19 DE DICIEMBRE Ministerio de Energía y Minas Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Ministerio de Trabajo y Promoción del EmpleoMinisterio de Salud Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Ministerio de la ProducciónMinisterio de Promoción de la Mujer y Desarrollo Social Regiones, excepto unidades ejecutoras de Educación y de Agricultura 22 DE DICIEMBRE Ministerio de Defensa 23 DE DICIEMBRE Ministerio del Interior Artículo 2º.- El pago del beneficio de Aguinaldo por Navidad se efectuará conjuntamente con el pago de la res- pectiva pensión o remuneración. Artículo 3º.- La Dirección General del Tesoro Públi- co emitirá las Autorizaciones de Pago con anticipación de un día hábil a la fecha indicada en el Artículo 1º; en los casos de Unidades Ejecutoras que estén aplicandolo dispuesto en el Artículo 17º del D.S. Nº 347-90-EF les otorgará dichas Autorizaciones con anticipación de dos días hábiles al programado; para el efecto las uni-dades ejecutoras requerirán sus habilitaciones con la antelación necesaria. Artículo 4º.- La entrega de Cartas Órdenes y/o che- ques de los mencionados conceptos se efectuará has- ta por los montos límites de las correspondientes Autorizaciones de Pago, bajo responsabilidad del Di-rector General de Administración o quien haga sus ve- ces. El diskette que detalla los montos a ser abonados en las cuentas de ahorro de los trabajadores deberáser exactamente igual al monto considerado en la Car- ta Orden o Cheque y deberán ser presentados al Ban- co con dos días de anticipación. Regístrese y comuníquese. KURT BURNEO FARFÁN Viceministro de Hacienda 22591/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G22/G47/G75/GED/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G49/G64/G65/G6E/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G46/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G45/G76/G61/G6C/G75/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G53/G6F/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G61/G20/G6E/G69/G76/G65/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G72/G66/G69/G6C/G22 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 008-2003-EF/68.01 Lima, 19 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Oficina de Inversiones es la más alta autoridad técnico normativa del Sistema Nacionalde Inversión Pública. Dicta las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 158-2001-EF- 15 se modificó el Reglamento de Organización y Funcio- nes del Ministerio de Economía y Finanzas, como conse- cuencia de la reestructuración organizativa institucional,aprobada por Decreto Supremo Nº 071-2001-EF; dispo- niéndose que la Dirección General de Programación Multi- anual del Sector Público desarrolle las funciones de la Ofi-cina de Inversiones que le fueran asignadas en el marco de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, el inciso h) del numeral 3.2 del artículo 3º del Re- glamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pú- blica, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2002-EF, se- ñala que la Dirección General de Programación Multianualdel Sector Público es competente para establecer la meto- dología y parámetros de evaluación; Que, asimismo, la Directiva Nº 004-2002-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directoral Nº 012-2002-EF/68.01, dispone en el se- gundo párrafo del numeral 7.1 del artículo 7º, que la DGPM podráelaborar y publicar Manuales o Guías Metodológicas para la pre- paración y evaluación de los estudios de preinversión; En concordancia a las facultades dispuestas por la Resolución Ministerial Nº 158-2001-EF-15 y la Resolución Ministerial Nº 245-2002-EF-10; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la "Guía General para la Identi- ficación, Formulación y Evaluación Social de Proyectos de Inversión Pública a nivel de Perfil", elaborada por la Direc- ción General de Programación Multianual del Sector Públi-co del Ministerio de Economía y Finanzas, y publicada en la página web http://ofi.mef .gob.pe. Artículo 2º.- Las Unidades Formuladoras y las Ofici- nas de Programación e Inversiones de todos los niveles de gobierno, que identifiquen, formulen y evalúen proyectos de inversión pública a nivel de perfil, deberán observar obli-gatoriamente los lineamientos establecidos en el documento a que se refiere el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GIESECKE SARA-LAFOSSE Director General Dirección General de Programación Multianual del Sector Público 22574 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G47/G75/GED/G61/G73/G20/G4D/G65/G74/G6F/G64/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G49/G64/G65/G6E/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G46/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G45/G76/G61/G6C/G75/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G66/G72/G61/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G52/G69/G65/G67/G6F/G20/G4D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G69/G73/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 009-2003-EF/68.01 Lima, CONSIDERANDO:Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, dispone que el Ministerio de