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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (06/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 80

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G36/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de diciembre de 2003 ca vez, por un Comité Electoral conformado de la siguiente manera: a) Tres representantes de los Delegados Electores ele- gidos en Asamblea General de Delegados - Electores. b) Dos funcionarios de la Municipalidad: el Gerente de Asesoría Jurídica y el Subgerente de Participación Veci- nal. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Local Municipal, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil tres. YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 22638 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G43/G72/G6F/G6E/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F /G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20 /G32/G30/G30/G33/G2D/G32/G30/G30/G35/G20 /G70/G61/G72/G61/G52/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C DECRETO DE ALCALDÍA Nº 018-2003-MDI Independencia, 28 de noviembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, señala que las municipalidades tienen autonomía política, econó-mica y administrativa en los asuntos de su competencia, corres-pondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fisca-lizadoras y a la Alcaldía, las funciones ejecutivas; Que, mediante Ordenanza Nº 055-2003-MDI de 30 de octubre del 2003 se aprobó el Reglamento de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejode Coordinación Local Distrital; Que, el artículo 15º de la mencionada Ordenanza esta- blece que mediante Decreto de Alcaldía se convocará a laElección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local, fijándose el lugar, la fe- cha y la hora de la realización de las elecciones; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 0418-2003-MDI se convocó a las Elecciones de Representantes de la Socie-dad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distritalestableciéndose el cronograma del proceso eleccionario para el período 2003-2005; Que, con fecha 25 de noviembre del 2003 la Asamblea de Delegados-Electores eligió el Comité Electoral encargado de con-ducir el proceso correspondiente al período 2003-2005; Que, mediante Ordenanza Nº 058-2003-MDI de 28 de noviembre del 2003 se modificó la Tercera Disposición Fi- nal y Transitoria de la Ordenanza Nº 055-2003-MDI en lo referente a la conformación del Comité Electoral, por lo quecorresponde al Alcalde dictar las disposiciones complemen-tarias que viabilicen la adecuada aplicación de lo dispues-to por la ordenanza mencionada así como el respeto de ladecisión de los delegados electores; Estando a lo expuesto; en uso de las facultades conferi- das por el numeral 6. del artículo 20º de la Ley Nº 27972,Ley Orgánica de Municipalidades; y con cargo de dar cuentaal Concejo Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Cronograma del Proceso Eleccionario 2003-2005 en los siguientes térmi-nos:CRONOGRAMA: DÍA: HORARIO: Inscripción de candidatos: 26, 27 y 28 de noviembre 08:00 a.m. a 04:00 p.m.Publicación de lista decandidatos 28,29 y 30 de noviembre Per manente Presentación de tachas: 1 de diciembre 08:00 a.m. a 04:30 p.m.Publicación definitiva de candidatos: 2 de diciembre Per manente Elecciones 1era. Citación: 09:00 a.m.y publicación de resultados: 7 de diciembre 2da.Citación: 09:30 a.m. Artículo Segundo.- MODIFICAR el artículo tercero del Decreto de Alcaldía Nº 016-2003-MDI de 31 de octubre del 2003, en los siguientes términos: Artículo Tercero.- RECONOCER, de conformidad con lo establecido por la Tercera Disposición Transitoria y Finalde la Ordenanza Nº 055-2003-MDI de 30 de octubre del2003, modificada por el Artículo Único de la Ordenanza Nº 058-2003-MDI de 28 de noviembre del 2003, a los inte- grantes del Comité Electoral, el que se encargará de con-ducir por única vez, el proceso de elección correspondien-te al período 2003-2005, el cual quedará conformado porlas siguientes personas: - PRESIDENTE: Sr. Jesús Cocha Zavaleta. - SECRETARIO: Sr. Néstor Pajuelo Chavarría.- VOCAL: Sra. Sonia Flores Ojeda. Artículo Tercero.- DESIGNAR, de conformidad con lo establecido por el segundo párrafo de la Tercera Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 055- 2003-MDI modificado por el Artículo Único de la Orde-nanza Nº 058-2003-MDI a los funcionarios de la Munici-palidad Distrital de Independencia integrantes del Co-mité Electoral: - Dra. Gladys García Javier, Gerente de Asesoría Jurí- dica. - Sr. Walter Llanos Fernández, Subgerente de Partici- pación Vecinal. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Secretaría General el fiel cumplimiento del presente De- creto. Regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en el Local Municipal, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil tres. YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 22643 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G63/G6F/G67/G65/G72/G73/G65/G20/G61/G6C/G20/G62/G65/G6E/G65/G2D /G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G45/G78/G74/G72/G61/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G72/G69/G61 /G64/G65/G20/G44/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G2D /G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G33/G30/G2D/G4D/G4D DECRETO DE ALCALDÍA Nº 0010 Miraflores, 5 de diciembre de 2003EL ALCALDE DE MIRAFLORES; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Municipalidades gozan de autonomía política,