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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (06/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 81

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G36/G36/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de diciembre de 2003 económica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia; Que, con fecha 23 de octubre del 2003, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 130-MM, en ellase aprobó el beneficio de Regularización Extraordinaria deDeudas - RED, la misma que estableció en su Segunda Disposición Final delegar en el Alcalde la facultad de dictar mediante Decreto de Alcaldía, la prórroga de dicha Orde-nanza; Que, con la finalidad de seguir brindando las mayores facilidades de pago a los contribuyentes, resulta pertinentedictar una prórroga del aludido beneficio; En ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades,Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 30 de diciembre de 2003 el vencimiento del plazo para acogerse a los be-neficios establecidos en la Ordenanza Nº 130-MM. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Adminis- tración Tributaria el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Teniente AlcaldeEncargado de la Alcaldía 22776 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G36/G34/G2D/G4D/G44/G52/G2D /G32/G30/G30/G32/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/GF3/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G6F/G72/G67/G61/G2D/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G76/G65/G2D/G63/G69/G6E/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61 /G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 079 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito del Rímac, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 29.11.03, aprobó pormayoría el Dictamen Nº 006-2003-MDR-CPV de la Comi- sión de Participación Vecinal, sobre PROMOCIÓN DE LA PARTICIPACIÓN VECINAL CON EQUIDAD EN LAS OR-GANIZACIONES SOCIALES DEL DISTRITO DEL RÍMAC,ASÍ COMO SU INSCRIPCIÓN EN EL RUOS MUNICIPAL;presentado por el Regidor, Bachiller en Ciencia Política,Víctor Hugo Neciosup Santa Cruz; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 1º, menciona que la defensa de la persona humana y el respe-to de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y delEstado; Que, en la misma Carta Magna en su artículo 2º nume- ral 2 se establece la igualdad ante la Ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, reli- gión, opinión, condición económica o de cualquier otra ín-dole; Que, la citada norma en su numeral 13, promueve aso- ciarse, constituir fundaciones y diversas formas de organi-zación jurídica sin fines de lucro, sin autorización previa y con arreglo a Ley, las que no pueden ser disueltas por re- solución administrativa; Que, asimismo, el artículo 2º de la Constitución se- ñala en su numeral 17, que promueve la ParticipaciónCiudadana en asuntos políticos, económicos, socialesy culturales;Que, el artículo 31º de la Constitución, referente a los Derechos y Deberes de los Ciudadanos, manifiesta quelos ciudadanos tienen derecho de ser elegidos y a elegirlibremente a sus representantes, de acuerdo con las con-diciones y procedimientos determinados por la ley orgáni-ca. Es derecho y deber de los vecinos participar en el go- bierno municipal de su jurisdicción. La ley norma y pro- mueve los mecanismos directos e indirectos de su partici-pación (…); Que, la Convención Interamericana sobre la Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer, firmado en Bogotá el2 de mayo de 1948, resuelve en su artículo 1º que los que suscriben convienen en que el derecho al voto y a ser ele- gido para un cargo nacional no deberá negarse o restrin-girse por razones de sexo; Que, la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer en su artículo 1º, expresa el derecho a votar en to-das las elecciones en igualdad de condiciones a la mujer con los hombres, sin discriminación alguna; y el artículo 2º, dispone la elegibilidad para todos los organismos públi-cos electivos establecidos por la legislación nacional y elartículo 3º establece el derecho a ocupar los cargos públi-cos y a ejercer todas las funciones públicas establecidasen la legislación nacional; Que, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer establece en susarticulados múltiples compromisos, medidas, derechos, quedestierren tal discriminación; Que, la Declaración Universal de los Derechos Huma- nos en su artículo 7º estipula que “Todos son iguales ante la ley y tienen sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra todadiscriminación que infrinja esta Declaración y contra todaprovocación a tal discriminación”. Que, la Convención Americana sobre Derechos Huma- nos en su artículo 24º afirma: “Todas las personas son igua- les ante la ley”. En consecuencia, tienen derecho sin dis- criminación, a igual protección de la ley; Que, el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos en su artículo 26º también manifiesta la mismaigualdad ante la ley; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 en su artículo 9º, numeral 03 establece que co- rresponde al Concejo Municipal aprobar el Régimen deOrganización Interior y funcionamiento del GobiernoLocal; asimismo, en el numeral 14 del citado artículoseñala que es una atribución del Concejo Municipal elaprobar normas que garanticen una efectiva participa- ción vecinal; Que, el citado artículo de la vigente Ley Orgánica de Municipalidades señala en el numeral 8 que es atribucióndel Concejo, el aprobar, modificar y derogar las ordenan-zas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, por su parte la Ley Nº 26300 - Ley de Participa- ción y Control Ciudadano y su modificatoria, la Ley Nº 26592, señala las formas de participación, además la LeyNº 25035 establece la Transferencia a la colectividad enprestación de servicios; Que, la Ley de Elecciones Municipales, Ley Nº 26864, modificada por la Ley Nº 27734 en su artículo 10º numeral 3, manifiesta las cuotas del 30% sólo en listas de candida- tos para regidores; Que, el Reglamento de Organización y Funciones en la Sección DIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN VECINAL es-tablece que esta Dirección es el órgano de línea encarga-do de promover la participación de los vecinos en el desa- rrollo de programas en beneficio de la comunidad, asimis- mo se establece también sus funciones generales y com-plementariamente menciona su composición en: Clubes deMadres y Comedores Populares, Comités de Vaso de Le-che, Juntas Vecinales y organizaciones, Personas con Dis-capacidad y juventudes; Que, el Decreto Supremo Nº 041-2002-PCM aprueba el reglamento de la Ley que declara prioritario y de interésnacional la labor de clubes de madres, comités de vaso deleche, comedores autogestionarios, y otras organizacionessociales de base; Que, el ACUERDO NACIONAL establece en su Déci- mo Primera Política de Estado, la “Promoción de la Igual- dad de Oportunidades sin Discriminación”, en concordan-