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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G37/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 7 de diciembre de 2003 to de la deuda, una vez cumplidas las condiciones y requi- sitos establecidos en la presente Ordenanza, medianteResolución de Gerencia. 8.5Pérdida del FraccionamientoEl recurrente incurrirá en causal de pérdida del fraccionamien- to, cuando incumpla con el pago íntegro de dos (2) cuotas conse-cutivas. Producida la pérdida del fraccionamiento, dará lugar aque se den por vencidos todos los plazos, siendo exigibles lascuotas de fraccionamiento pendientes de pago e intereses mora-torios correspondientes, aplicándose la tasa de interés moratorio(TIM) vigente sobre el total de la deuda pendiente de pago. Asi-mismo, se procederá a dar inicio al procedimiento de cobranzacoactiva de la deuda. La pérdida del fraccionamiento se declara-rá mediante Resolución de Gerencia. Artículo Noveno.- Beneficio Administrativo Otorgar un beneficio de descuento del 80% en el monto de las multas administrativas impuestas hasta el año 2003.Los infractores que hayan efectuado pagos a cuenta porlas multas administrativas en monto inferior al 20% de lamisma, deberán abonar el saldo con el 80% de descuento. Para aquellos contribuyentes que a la vigencia de la pre- sente Ordenanza hayan efectuado pagos a cuenta por el 20%del total de la multa, se considerará cancelada automáticamente;sin que esto genere devoluciones a los que hayan efectuadopagos que superen el porcentaje indicado. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Artículo Primero.- Los contribuyentes que hasta el pre- sente ejercicio fiscal, se encontrarán en condición de omi-sos o subvaluantes a la presentación de la declaración ju-rada del Impuesto Predial, pueden efectuarla sin pago desanción alguna (Multa Tributaria), durante el plazo de vi-gencia de la presente Ordenanza. Dicho beneficio también comprende a los contribuyen- tes que presenten sus Declaraciones Juradas de Autoava-lúo sobre la actualización y rectificación de las Instalacio-nes Fijas y Permanentes, así como de aquellas que inicienel trámite o se encuentren en proceso de fiscalización. Artículo Segundo.- El ámbito de aplicación de la pre- sente Ordenanza, comprende a las deudas de naturalezatributaria y multas administrativas que se encuentren encobranza ordinaria o coactiva. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza rige a partir del 9 de diciembre al 20 de diciembre del 2003. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Económico, Oficina de Informática y Oficina de Ejecución Co-activa, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Oficinade Comunicación Social su difusión y a la Oficina de Adminis-tración su publicación, bajo responsabilidad funcional. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 22801 /G43/G6F/G6E/G63/G65/G64/G65/G6E/G20/G61/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G67/G69/G72/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G46/G69/G65/G73/G2D /G74/G61/G73/G20/G4E/G61/G76/G69/G64/G65/GF1/G61/G73 ORDENANZA Nº 128-MPL Pueblo Libre, 4 de diciembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: Visto; en Sesión Ordinaria de la fecha, la propuesta pre- sentada por el Regidor Carlos Curonisy Arce; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala que los gobiernoslocales representan al vecindario, promueven la adecuada pres-tación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral,sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 79º de la Ley Nº 27972, señala que las municipalidades, en materia de organización del espaciofísico y uso del suelo, ejercen las siguientes funciones: in-ciso 3.6) Normar, regular y otorgar autorizaciones, dere-chos y licencias y realizar la fiscalización de: 3.6.4. Aper-tura de establecimientos comerciales, industriales y deactividades profesionales de acuerdo con la zonificación;Que, la actual Gestión Municipal acorde con el espíritu de promoción del desarrollo económico del distrito, debe estable-cer mecanismos por los cuales, los titulares de los estableci-mientos comerciales pueden incrementar sus ingresos, bene-ficiando a los vecinos, ofreciéndoles diversos productos, a efec-to que adquieran los mismos en el distrito, propiciando con elloun mayor intercambio comercial en el distrito; Estando a lo dispuesto en los artículos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, elConcejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD y con dispensadel trámite de lectura y aprobación de Acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- La presente Ordenanza tiene por finali- dad brindar las facilidades extraordinarias a los establecimien-tos comerciales del distrito, para promover su desarrollo eco-nómico durante las Fiestas Navideñas, la misma que rige apartir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano hasta el 10 de enero del 2004. Artículo Segundo.- Otorgar un beneficio extraordinario de ampliación de giro temporal para venta de productos por Fies-tas Navideñas, a los establecimientos comerciales del distritoque se acojan a lo señalado en la presente ordenanza, amplia-ción que se realizará estrictamente en las condiciones y requi-sitos establecidos en la presente. Artículo Tercero.- Los establecimientos comerciales que accedan al presente beneficio, deberán contar con Li-cencia o Autorización de Funcionamiento vigente, sólo de-berán utilizar el área autorizada en la licencia o autoriza-ción respectiva y no deben utilizar los retiros delanteros y/o fronterizos ni la vía pública para su exhibición y venta delos mismos. Artículo Cuarto.- La citada ampliación de giro no com- prende la venta de los siguientes productos: - Los que requieran autorización especial para su ex- pendio (licores y otros); - Aquellos que atentan contra la salud y el ornato del distrito; - Juegos pirotécnicos, cuetecillos y demás productos que contengan pólvora; - Aves de Corral (pavos, pollos u otros), ganado porci- no u otros. Artículo Quinto.- Sólo para aquellos comerciantes que accedan y cumplan con la presente Ordenanza, se sus-penderá la aplicación de notificaciones preventivas por lasinfracciones establecidas en los Códigos Nº 2.103 y Nº2.310 del Reglamento de Aplicación y Sanciones (R.A.S.)y del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (C.U.I.S.),aprobado con la Ordenanza Nº 34-MPL, durante el plazoestablecido en el Artículo Primero de la presente. Artículo Sexto.- El presente beneficio no suspende la supervisión de los establecimientos comerciales que ac-cedan a la presente Ordenanza ni de la fiscalización co-rrespondiente por parte de la Municipalidad. Artículo Séptimo.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbanísticoy a la Oficina de Seguridad y Vigilancia Municipal. Asimis-mo, encargar la difusión de la presente a la Oficina de Co-municación Social y su publicación a la Oficina de Admi-nistración. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 22802 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73 /G76/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G6F/G73/G61/G20/G62/G69/G6E/G67/G6F/G73/G2C/G20/G63/G61/G73/G69/G6E/G6F/G73/G20/G6F/G20/G72/G65/G73/G74/G61/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G73 ORDENANZA Nº 164-MSS Santiago de Surco, 4 de diciembre de 2003