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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (07/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G37/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 7 de diciembre de 2003 habilitaciones con estudios preliminares aprobados por la Municipalidad Metropolitana de Lima en cuyo planose verifica déficit de aportes en Recreación Pública yOtros Fines; con excepción de los aportes al Ministeriode Educación y SERPAR. Artículo Segundo.- El presente beneficio, está orientado a los procesos de regularización de las Habilitaciones Urbanas yRecepción de Obras, siempre que se compruebe la inexistenciadel total de áreas reservadas para cumplir con los aportes y encumplimiento al Reglamento Nacional de Construcciones. Artículo Tercero.- El importe resultante de la aplica- ción del beneficio señalado en el Artículo Primero de lapresente Ordenanza, deberá ser cancelado en su totali-dad hasta el 9 de enero del año 2004, caso contrario, sepagará el 100% del valor del déficit de aportes. Artículo Cuarto.- Precisar que la presente Ordenanza alcanza a todos los expedientes que se encuentren en pro-ceso de evaluación y aquellos que ingresen a trámite en elperíodo indicado en el Artículo Primero. Artículo Quinto.- Se encuentran exceptuadas de la presente Ordenanza, las Habilitaciones Urbanas en víasde regularización y recepción de obras que con antigüe-dad no menor de dos años hayan lotizado sus áreas deaportes reglamentarios. Artículo Sexto.- Encargar a la Dirección de Desarrollo Urba- no y División de Catastro, Control y Habilitaciones Urbanas elestricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanzay a la Unidad de Comunicaciones su debida difusión. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 22803 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65 /G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G79/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G50/G6F/G72/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G2D /G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0782-2003 Los Olivos, 27 de noviembre del 2003CONSIDERANDO:Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparen- cia y Acceso a la Información Pública Nº 27806 aprobadopor Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, tiene por finali-dad promover la transparencia de los actos del Estado yregular el Derecho fundamental de toda persona al accesoa la información, consagrado en el numeral 5 del artículo2º de la Constitución Política del Perú; Que, en el artículo 3º inciso c) del Reglamento de la Ley de Transferencia y Acceso a la Información Pública,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCMse establece que la máxima autoridad de las EntidadesPúblicas designará al Funcionario responsable de elabo-rar y actualizar el Portal de Transparencia; Que, el artículo 8º del mismo Reglamento establece las obligaciones a cargo del Funcionario responsable del Por-tal de Transparencia, las mismas que se deben ejercer enconcordancia con los artículos 5º y 25º de la Ley; Que, el ingeniero electrónico Néstor Bernardo Corpus Vergara con Resolución de Alcaldía Nº 0533-2003 del 18de agosto, ha sido designado Jefe de la Unidad de Infor-mática, cargo que a la fecha viene desempeñando; Estando a lo dispuesto en los artículos 20º numeral 6) y 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al ingeniero electróni- co NÉSTOR BERNARDO CORPUS VERGARA Jefe de laUnidad de Informática de la Municipalidad Distrital de LosOlivos como Funcionario responsable de elaborar y man-tener actualizado el Portal de Transparencia de la entidadcon la información a difundir al público conforme a Ley. Artículo Segundo.- DISPONER que todos los Funcio- narios integrantes del Organigrama de la MunicipalidadDistrital de Los Olivos, proporcionen bajo responsabilidadtoda la información que sea requerida por el Funcionariodesignado, dentro de los términos legales y en las condi- ciones que hagan posible su cumplimiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Secretario General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi-cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 22825 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65 /G65/G6E/G74/G72/G65/G67/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G41/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0784-2003 Los Olivos, 27 de noviembre del 2003 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política el Perú garantiza el derecho que tienen las personas de solicitar información a las entida-des públicas sin expresión de causa, en virtud que dichas en-tidades están al servicio de la ciudadanía, tomando en cuentaque la información del Estado es de todos y no pueda ser res-tringida, dentro de los límites que la propia ley establece, con-forme lo dispone en su numeral 5 del Artículo 2º; Que, el Estado viene a promover espacios de concerta- ción con la ciudadanía y dentro de ellos el de la transpa-rencia de sus actos y el del acceso a la información, con-sagrando el mandato constitucional citado en el conside-rando precedente, habiendo la Ley Nº 27806, Ley de Trans-parencia y Acceso a la Información Pública; Que, los Gobiernos Locales en el ámbito subjetivo se cons- tituyen en persona jurídica pública, entidades de la Administra-ción Pública, siendo obligación de su máximo representante elidentificar al funcionario responsable en brindar la informaciónsolicitada dentro del ámbito de lo dispuesto en el inciso 5), delArtículo I de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Adminis-trativo General, en concordancia con los Artículos 2º y 8º de laLey Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública y del inciso b), del Artículo 3º, del Decreto Supremo Nº072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de Transparencia y Ac-ceso a la Información Pública; Que, la designación del funcionario responsable de propor- cionar la información en virtud del mandato constitucional y dela normatividad citada, no exime de la obligación y responsabi-lidad de los demás funcionarios de la entidad pública munici-pal, en proporcionarla en el término legal y en las condicionesque le sean solicitadas, haciendo posible su cumplimiento; Estando a lo dispuesto en el inciso 6) del artículo 20º y artículo 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Munici-palidades; y, Artículo I de la Ley Nº 27444, Ley del Procedi-miento Administrativo General en concordancia con los Artícu-los 2º y 8º de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Accesoa la Información Pública y del inciso b), del Artículo 3º, del De-creto Supremo Nº 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al abogado EDGAR IVÁN JÁUREGUI VELÁSQUEZ, Secretario General de laMunicipalidad Distrital de Los Olivos, como Funcionarioresponsable de la entrega de información, solicitada en vir-tud de lo dispuesto en la Ley Nº 27806, Ley de Transparen-cia y Acceso a la Información Pública. Artículo Segundo.- DISPONER que todos los Funcio- narios integrantes de la Estructura Orgánica de la Munici-palidad Distrital de Los Olivos, proporcionen y faciliten bajoresponsabilidad aquella información que sea requerida porel Funcionario designado, dentro de los términos legales yen las condiciones que hagan posible su cumplimiento. Artículo Cuarto.- ENCARGAR la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 22820