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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (11/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 96

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G39/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 11 de diciembre de 2003 e) Cuando un animal doméstico provoque de manera demostrada, una situación de peligro, riesgo o molestias alos vecinos, o animales. Artículo Vigésimo Octavo.- La imposición de las san- ciones será compatible con la exigencia al infractor de la reposición de la situación alterada a su estado originario, así como de la indemnización por los daños y perjuiciosocasionados por los hechos sancionados. Artículo Vigésimo Noveno.- La División de Sanidad será el órgano competente para la aplicación del procedimientosancionador, pudiendo adoptar, mediante resolución moti- vada, las medidas cautelares de carácter provisional que sean necesarias para la buena finalidad del procedimiento,evitando el mantenimiento de los efectos de la infracción e impulsando los exigidos para los intereses generales. Artículo Trigésimo.- Estas medidas se adoptarán por la jefatura de la policía municipal una vez formulado la pre- ceptiva denuncia y deberán ser mantenidas, modificadas y levantadas por el órgano que inicie el procedimiento. Artículo Trigésimo Primero.- Cuando los daños y per- juicios se ocasionasen a bienes e instalaciones de carác- ter no municipal, con independencia de la sanción admi-nistrativa que pudiese corresponder por los hechos, se podrá facilitar a los titulares de los bienes o derechos los antecedentes de los hechos y su cuantificación por si de-sean acudir a la vía judicial. TÍTULO IX DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Se consideran como canes potencialmente peligrosos a las siguientes razas: Hibrido American Pittbull Terrier, Dogo Argentino, Fila Brasilero, Tosa Japonés, Bull Mastiff, Doberman, Rotweiller. Segunda.- Los propietarios o poseedores de canes con- siderados potencialmente peligrosos, tendrán un plazo de 90 días para realizar los trámites de licencia y registro, aque se refiere la presente ordenanza. Tercera.- En todo lo no previsto en la presente orde- nanza se aplicará lo dispuesto en el Reglamento de la LeyNº 27596. Cuarta.- Incorporar al TUPA y al RAS los requisitos para el Registro del can y por la Licencia Municipal de Funcio-namiento, a que se refiere la presente Ordenanza Munici- pal, incluyendo las tasas correspondientes. Quinto.- Encargar el cumplimiento de la Ordenanza a la Oficina de Administración Tributaria y Rentas y la Ofici- na de Administración en cuanto le corresponda. Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Pe- ruano, aplicándose a todos los procesos en tramite. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 22936 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G61/G20/G63/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G70/GFA/G2D /G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G65/G72/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G65/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G6F/G74/G6F/G72/G2D /G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G64/G65 /G71/G75/G69/G6F/G73/G63/G6F/G73/G20/G66/G69/G6A/G6F/G73 ORDENANZA Nº 039-2003-MDLP/ALC La Punta, 5 de diciembre de 2003VISTOS: El Acuerdo de Concejo de fecha 4 de diciembre de 2003; CONSIDERANDO: Que, el artículo VI del Título Preliminar de la Ley Orgá- nica de Municipalidades establece que, los gobiernos lo-cales promueven el desarrollo económico local, con inci- dencia en la micro y pequeña empresa, a través de planesde desarrollo económico local aprobados en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarro- llo; así como el desarrollo social, el desarrollo de capaci-dades y la equidad en sus respectivas circunscripciones; Que, el artículo 55º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades establece que, los bienes, rentas y de-rechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio; El patrimonio municipal se administra por cada munici- palidad en forma autónoma, con las garantías y responsa-bilidades de ley; Los bienes de dominio público de las municipalidades son inalienables e imprescriptibles; Todo acto de disposición o de garantía sobre el patri- monio municipal debe ser de conocimiento público; Que, el artículo 59º del mismo cuerpo legal establece que, los bienes municipales pueden ser transferidos, con- cesionados en uso o explotación, arrendados o modificado su estado de posesión o propiedad mediante cualquier otramodalidad, por acuerdo de concejo municipal; Que, el artículo 72º del Reglamento General de Proce- dimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad es-tatal aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF mo- dificado por D.S. Nº 107-2003-EF establece que, la entidad pública, a través del Comité de Gestión Patrimonial, poruna vez publicará, en el Diario Oficial El Peruano y en uno de circulación local la convocatoria de arrendamiento pre- dial. La convocatoria establecerá las condiciones y carac-terísticas de la invitación del arrendamiento, cuyo adjudi- catario será aquél que ofrezca la mayor propuesta de pago de renta sobre la base de tasación correspondiente. Si enel lugar en el que se realiza la convocatoria de arrenda- miento, cuyo adjudicatario será aquél que ofrezca la mayor propuesta de pago de renta, sobre la base de la tasacióncorrespondiente. Si en el lugar en el que se realiza la con- vocatoria no existiera medio escrito alguno, la convocato- ria se llevará a cabo a través de cualquier medio de comu-nicación masiva existente en la zona; Que, la Municipalidad previniendo una gran concurren- cia de bañistas a las Playas del distrito y en el afán depromover el desarrollo económico y a la vez restringir el comercio ambulatorio, ha construido seis (6) quioscos; uno (1) en Malecón Pardo y cinco (5) a lo largo del MalecónFigueredo, los cuales procede darlos en arrendamiento conforme lo establecido en el Decreto Supremo antes men- cionado, siendo necesario establecer el procedimiento; Que, mediante Acuerdo de Concejo de fecha 4 de di- ciembre del presente año, se acordó sacar a concurso de precios los locales antes mencionados, debiendo de seraprobado el reglamento para el concurso y publicarse la convocatoria para el mismo; Estando a lo expuesto, con la visación de la Gerencia de Rentas y Comercialización, y en ejercicio de las facul- tades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Muni- cipalidades - Ley Nº 27972, con el voto unánime de losseñores regidores; ORDENANZA Artículo 1º.- Autorizar la convocatoria a Concurso Pú- blico de Oferta de Precios Nº 002-2003, para el otorga- miento en arrendamiento predial de seis (6) quioscos fijosubicados: uno (1) en Malecón Pardo y cinco (5) a lo largo de Malecón Figueredo con las siguientes intersecciones: Ca. Larco, Ca. Arrieta, Ca. García y García, Ca. Ferré yCa. Aguirre; los mismos que serán arrendados única y ex- clusivamente para servicio de expendio de sanguches, gaseosas y snacks. Artículo 2º.- Aprobar el Reglamento de Concurso Pú- blico de Oferta de Precios Nº 002-2003, autorizado me- diante la presente ordenanza, el mismo que contiene lascondiciones y lineamientos para el desarrollo del proceso y consta de 7 artículos y una disposición final, el cual for- ma parte integrante de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 22976