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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (11/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 93

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G39/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 11 de diciembre de 2003 Lucha contra la Pobreza de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, estará integrada por: - Dr. Eduardo Benjamín Flores Lévano Director Municipal, quien la presidirá - Sra. Rosa Rengifo Lingán Directora de Planificacióln y Presupuesto - Lic. Teodomiro López Henríquez Director de Administración - Sra. Rosa Valencia García Directora de Desarrollo Humano Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Muni- cipal el estricto cumplimiento de la presente Resolución. Villa María del Triunfo, 18 de setiembre de 2003 Regístrese, comuníquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 22931 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G79/G20/G72/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G2D /G67/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G62/G72/G69/G6E/G64/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G2D /G64/G61/G6E/GED/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G79/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G6C/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G2D /G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G65/G74 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1550-2003/MDB Bellavista, 28 de noviembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Memorándum Nº 145-2003-MUDIBE/GM, de la Ge- rencia Municipal; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 431-2003/ MDB, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de abrildel 2003, se designó a los funcionarios responsables de brindar la información requerida por los ciudadanos a esta Comuna al amparo de la Ley de Transferencia y Acceso ala Información Pública; Que, mediante el documento de visto se propone la designación del Secretario General de la MunicipalidadDistrital de Bellavista como el funcionario encargado de brindar la mencionada información; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica, Gerencia Municipal y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confiere; RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Secretario General como el funcionario responsable de brindar la información que es requerida por los ciudadanos a la Municipalidad Distritalde Bellavista al amparo de la Ley Nº 27806, de Transparen- cia y Acceso a la Información Pública. Artículo 2º.- Ratificar al Jefe de la Unidad de Informática como el funcionario responsable de la elaboración y actua- lización de los portales de la Municipalidad Distrital de Be- llavista en Internet. Artículo 2º.- Disponer que todas las áreas de la Muni- cipalidad Distrital de Bellavista atiendan con carácter prio- ritario y bajo responsabilidad, los requerimientos que lesformule la Secretaría General para el cumplimiento de laLey de Transferencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento. Regístrese y comuníquese. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 22983 MUNICIPALIDAD DE LA PERLA /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G6D/G6E/G69/G73/G74/GED/G61/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G2D /G72/G69/G61 ORDENANZA Nº 019-2003-MDLP La Perla, 1 de diciembre de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA PERLA El Concejo de la Municipalidad Distrital de La Perla en la Sesión de Concejo de fecha 29.11.2003 aprobó por Una- nimidad la Moción de Orden del Día presentada por el se-ñor Regidor Juan Hamamoto Miyasato, sobre Ampliación de la Amnistía Tributaria a partir del 1.12.2003 hasta el 31.12.2003; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece “las Munici-palidades Provinciales y Distritales son Órganos de Go- bierno Local tienen autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia”; Que, asimismo, la Norma IV (Principio de Legalidad - Reserva de Ley) del TUO del Código Tributario, aproba- do mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece“que los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas, pue- den crear, modificar y suprimir, sus contribuciones, arbi- trios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro desu jurisdicción”; Que, mediante Ordenanza Nº 005-2003-MDLP de fe- cha 24.2.2003, se acordó otorgar Amnistía Tributaria de-nominada Deuda Cero y Fraccionamiento sin Intereses, por el pago de impuesto predial y Arbitrios de Limpieza, Parques y Jardines y Serenazgo Municipal de los años1996 al 2002, incluida la de Licencia de Construcción, que tendrá un adicional del 15% de descuento a la can- celación total de los intereses, moras, factor de actuali-zación y multas tributarias que se encuentran impagos a la fecha, concluye las deudas que se encuentren en la Ejecución Coactiva, por cuyo beneficio accederá previopago de costas procesales, desde el 27.2.2003 al 14.3.2003; Que, mediante Ordenanza Nº 009-2003-MDLP de fe- cha 27.3.2003, se acordó otorgar la Ampliación de la Am- nistía Tributaria hasta el 25.4.2003 como último día de pago; Que, mediante Ordenanza Nº 011-2003-MDLP de fe- cha 30.6.2003; se acordó ampliar la vigencia de la amnis- tía tributaria a partir del 7.7.2003 hasta el 19.8.2003; Que, mediante Ordenanza Nº 014-2003-MDLP de fe- cha 28.8.2003, se acordó ampliar la vigencia de la amnis- tía tributaria a partir del 19.8.2003 hasta el 13.9.2003; Que, en uso de las facultades conferidas por los artícu- los 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipa- lidades, con el voto UNÁNIME de los señores (as) Regido- res (as) y con la dispensa de trámite de lectura y aproba-ción del Acta se ha emitido la siguiente: ORDENANZA Primero.- Ampliar la vigencia de la Amnistía Tributaria a partir del 1.12.2003 hasta el 31.12.2003, pudiendo serprorrogada la misma por el señor Alcalde mediante Decre- to de Alcaldía, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Ordenanza. Segundo.- Encargar el cumplimiento de la Ordenanza a la Oficina de Administración Tributaria y Rentas y la Ofi- cina de Administración en cuanto le corresponda.