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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (13/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G30/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de diciembre de 2003 En ambos casos los equipos que adquieran los intere- sados deberán estar integrados al Sistema de Seguridadprevia evaluación y autorización de la Municipalidad de Ate. Artículo 22º.- Las organizaciones vecinales solicitan- tes que cuenten con la correspondiente aprobación por la Comisión Técnica deberán elaborar un reglamento internoque norme el uso correcto de los elementos de protecciónvecinal instalados en su zona, el mismo que incluirá unPlan de Protección y Seguridad Vecinal de Respuesta aEmergencias, incluyendo la señalización obligatoria para la evacuación y desplazamiento del tránsito, que deberá ser aprobado, en concordancia con lo dispuesto por la pre-sente Ordenanza. Artículo 27º.- No se permitirá bajo ninguna modalidad la incorporación de áreas públicas a uso privado; si se de-tecta tal situación, la Subgerencia de Fiscalización de la Gerencia de Rentas, dispondrá inmediatamente al retiro de los elementos instalados. Artículo 28º.- Las vías donde se coloquen dichos ele- mentos de seguridad deberán contar con la presencia deun vigilante. Las puertas metálicas o rejas, y en su caso lapluma levadiza, podrá permanecer cerrada únicamente cuando se encuentre presente un vigilante. Sin la presen- cia del vigilante el elemento deberá permanecer abierto. Cuando se encuentre cerrado debe existir por lo me- nos una vía alterna que garantice el ingreso y salida de lazona en casos de emergencias. Dichas vías alternas de-berán estar graficadas en un plano de ubicación colocado sobre el elemento instalado. Artículo 3º.- MODIFÍQUESE los artículos 30º y 32º, Cuadro que deberá considerarse incluido en el Régimende Aplicación de Sanciones Administrativas vigente de laMunicipalidad Distrital de Ate, el que quedará de la siguientemanera: Artículo 30º.- El incumplimiento de lo preceptuado en la presente Ordenanza, por las personas jurídicas o natu-rales, públicas o privadas, constituye infracción que darálugar a la imposición de las siguientes sanciones adminis-trativas, sin perjuicio de las de orden civil y/o penal: Nº DETALLES DE LA INFRACCIÓN SANCIÓN EN ACCIÓN DE UIT CONTROL AS-01 Instalación de elementos de seguridad 1.00 Retiro sin autorización AS-02 Instalación de elementos de seguridad, 0.50 Retiro difefrentes a los utilizados (diseño) AS-04 Modificar la señalización 0.50 Retiro y regularización en 48 horas AS-05 Carencia de registro e identificación del 0.20 Regularización personal de seguridad en 48 horas AS-06 Incorporar áreas públicas al uso privado 2.00 Retiro inmediato AS-07 Incumplimiento del compromiso del retiro 1.00 Retiro del elemento de seguridad AS-08 Retención de documentos en el control 0.20 Reinci dencia se de los accesos con elementos de multará con 0.40 seguridad UIT AS-11 Mantener cerr ada y sin vigilante las vías 1.00 Apertura y enrejadas* regularización en 48 horas (*) sin autorización de la Municipalidad, conforme lo dispuesto en el artícu- lo 13º de la Ordenanza Nº 021-2002/MDA. Para la aplicación de las sanciones indicadas se debe- rá emitir previamente una Notificación Preventiva para pre-sentar los descargos correspondientes. Artículo 32º.- Independientemente de las sanciones pecuniarias, se dispondrá el retiro de los elementos deseguridad que hubieran sido instalados sin autorización; retiro que deberá ejecutarse en el plazo máximo de cinco (5) días calendario, bajo apercibimiento de realizarlo la Ad-ministración Municipal, a costo y riesgo de la OrganizaciónVecinal y/o los propietarios de las viviendas colindantes ala vía donde se instaló el sistema de seguridad, si fuera elcaso. En el caso de sistemas de seguridad autorizados cuyos conductores hayan reincidido hasta en tres oportu- nidades en el plazo de un año o menos en alguna (s) de lasinfracciones detalladas en el artículo 30º, sin proceder asu subsanación, se dispondrá igualmente a ordenar el reti-ro de la instalación.Artículo 4º.- INCLÚYASE en la Ordenanza Nº 021- 2002/MDA, en: TÍTULO III DE LAS RESTRICCIONES Y SANCIONES CAPÍTULO II DE LAS INFRACCIONES Artículo 33º.- DAÑOS EN VÍAS O SERVICIOS PÚ- BLICOS Cuando por la ejecución de sistemas de seguridad, señalados en la presente Ordenanza, o por cualquiera otra causa, se produzcan daños a cualquier vía o servicio pú- blico, obra o instalación de Administración Municipal, lareparación inmediata de los daños serán por cuenta delresponsable de la obra que haya causado esto. Si el dañoes causado por el titular de una autorización para la insta-lación de elementos de seguridad deberá suspenderse di- cha autorización hasta que el daño sea reparado a satis- facción de la organización municipal. Artículo 34º.- REMOCIÓN DE INSTALACIONES Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que ocupen o utilicen vías públicas u otros bienes de usocomún o de servicio público con fines de seguridad, esta- rán obligados a remover sus instalaciones, obras o servi- cios, sin cargo alguno en contra de la Municipalidad cuan-do ésta ejecute obras que requieran su remoción, o cuan-do lo disponga para la ejecución de sus planes de desarro-llo. Todos los elementos de seguridad que sean retirados en aplicación de las sanciones señaladas en la presente Ordenanza serán utilizadas en la protección de áreas pú-blicas que la Municipalidad determine, de acuerdo a losproyectos que sean aprobados por la Subgerencia de ObrasPúblicas y Proyectos. Artículo 5º.- SUSTITÚYASE y AÑÁDASE lo siguiente: CAPÍTULO IV DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, FINALES Y TRANSITORIAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Las solicitudes en trámite deberán comple- mentar los requisitos señalados en la presente Ordenan-za, dentro de un plazo de veinte (20) días hábiles. Segunda.- Los sistemas de seguridad instalados a la fecha deberán adecuarse a las disposiciones de la pre- sente Ordenanza, en el plazo de treinta (30) días hábiles,contados a partir del día siguiente de su publicación; encaso contrario, se procederá a la aplicación de las sancio-nes correspondientes. Tercera.- La Subgerencia de Fiscalización de la Ge- rencia de Rentas, la Subgerencia de Comercialización y Transporte de la Gerencia de Servicios Públicos Locales,la Gerencia de Seguridad Ciudadana y la Gerencia de De-sarrollo Urbano, quedan encargadas del cumplimiento dela presente Ordenanza de acuerdo a sus competenciasespecíficas. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al señor Alcalde para que median- te Decreto de Alcaldía disponga las medidas complemen- tarias pertinentes que permitan la mejor aplicación de la presente Ordenanza así como la elaboración de un TextoÚnico Ordenado de esta Ordenanza y de la Ordenanza Nº021-2002/MDA publicada en el Diario Oficial El Peruano el14.12.02. Segunda.- La Comisión Técnica en coordinación con las Agencias Municipales correspondientes, se encarga- rán de definir las posibles zonas de protección para la co-locación de sistemas de seguridad en las vías locales, aten-diendo las propuestas que presenten los vecinos, teniendoen cuenta los criterios de seguridad y la adecuada circula-ción vehicular y peatonal de cada zona. Artículo 6º.- El procedimiento, así como sus requisitos y condiciones son las establecidas en el anexo 1, que esparte constitutiva de la presente Ordenanza, por lo quedeberán considerarse incluidos como procedimientos enel Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA.