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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G31/G38/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 14 de diciembre de 2003 Segunda.- Los contribuyentes del distrito de Lince, que deseen hacer uso del retiro municipal, deberán cumplir conlos requisitos establecidos en la presente ordenanza y de- más características que se señalen. Tercera.- Otórguese un plazo de TREINTA DÍAS (30) calendario contados a partir del día siguiente a su publica- ción, para que los contribuyentes del distrito de Lince, que en la actualidad hacen uso del retiro municipal, se ade-cuen a los requisitos y demás características que se seña- lan en la presente. 23205 MUNICIPALIDAD DE LURÍN /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65 /G65/G6E/G74/G72/G65/G67/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G69/G64/G61/G64/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G41/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G2D/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 229-2003-ALC/ML Lurín, 26 de mayo del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍN CONSIDERANDO: Que, toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal y con el costo que supongaeste pedido, derecho que es consagrado en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, en concordancia a lo establecido por nuestra Carta Magna, se promulga la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Nº 27806, norma que regula este dere- cho fundamental de acceso a la información, cautelando ypromoviendo la transparencia de los actos de toda entidad de la Administración Pública, entre ellos los Gobiernos Locales; Que, el párrafo último del artículo 3º de la referida ley, indica la obligatoriedad de toda entidad pública para desig- nar al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, tal obligatoriedad se cumple bajo responsabilidad de su máximo representante, según lo preceptuado por el artículo 8º de la citada Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública, por lo que resulta necesario efectuar dicha designación; Que, una vez efectuada la designación, ello no exime a las demás áreas de la entidad pública o edictos, que pro- duzcan o posean la información que se solicite, de su res- ponsabilidad en proporcionarla en el término legal y en lascondiciones que hagan posible su cumplimiento; Estando a la normatividad antes glosada y a lo dispuesto por el artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Secretario General de la Municipalidad de Lurín como funcionario responsable de entregar la información solicitada por la ciudadanía de con- formidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27806. Artículo Segundo.- Disponer que los Directores y Je- fes de las demás áreas que componen el organigrama es- tructural de la Municipalidad, proporcionen a la SecretaríaGeneral toda la información que éste solicitare, bajo respon- sabilidad, a fin de que cumpla con la función encomendada. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS AYLLÓN MINI Alcalde 23273MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G6F/G62/G6C/G69/G67/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2003/MJM Jesús María, 5 de diciembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA CONSIDERANDO: Que, el 17 de diciembre próximo se conmemora el 40° Aniversario de la Creación Política del distrito de JesúsMaría, en la provincia de Lima; Que, ante este magno acontecimiento, es deber del Gobierno Local incentivar la participación cívica del vecin-dario, resaltando los valores nacionales, el respeto y vene- ración a los símbolos de la Patria; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades confe- ridas por el Artículo 20º, Inc. 6) de la Ley Orgánica de Mu- nicipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general obligatorio de los predios del distrito de Jesús Ma- ría, desde el 14 al 20 de diciembre de 2003, con motivo de conmemorarse el 40° Aniversario de la Creación Políticadel distrito. Artículo Segundo.- RECOMENDAR a los vecinos del distrito de Jesús María, la limpieza y el embellecimiento delas fachadas de sus predios, con ocasión de nuestro 40° aniversario. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría Gene- ral la publicación del presente Decreto; a la Oficina de Par- ticipación Vecinal su difusión, y a la Dirección de Infraes- tructura Urbana, así como a la División de la Policía Muni-cipal su observancia y cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 23206 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G4A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G6F/G20/G64/G65 /G43/G61/G6E/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 059-2003-MSI EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO; POR CUANTO:Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme lo reconoce el Artículo 194º de la Cons- titución Política, modificado por la Ley de Reforma Consti- tucional Nº 27680, los gobiernos locales gozan de autono- mía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia, concordante con el artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, según lo prescribe el numeral 4.2 del Artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es com-