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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (14/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 79

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G31/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 14 de diciembre de 2003 Corporación Municipal, respecto a la denominación de los aportes reglamentarios que forman parte de la lotizaciónen relación a la nomenclatura de las manzanas y número de lote, a fin de que no sea materia de observación en su inscripción en los Registros Públicos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 0043 de fecha 7 de agosto del 2003, emitida por esta Corporación Muni- cipal se declaró cumplida la etapa de Recepción de Obrasde la Habilitación Urbana de Tipo Progresivo, de "La Coo- perativa de Vivienda 27 de Abril Ltda. 213" de conformidad con el plano signado Nº 001-03-SDHUyF-DGU/MDA, parauso Residencial de Densidad Media "R-3", Industria Livia- na "I-2" y Comercio Vecinal "C-2" del terreno de 220,843.90 m², constituido por los Sublotes B, C y D, que formaranparte del ex Fundo Inquisidor y Pulido Lote 2 Zona Alta Sector B, del distrito de Ate; Que, en el artículo primero de la mencionada resolu- ción en la parte final se indica que se ha dejado el área de aportes para el Ministerio de Educación es de 3,859.30 m² constituido por el lote ubicado entre la calle Chincheros ypasaje Huaran con 1,800,00 m², el lote ubicado entre la calle Vulcano y Manuel A. Odría con 1,839.30 m² y el Lote Nº 37 de la Manzana A2 con 220.00 m². Así también seindica que el área de aportes para otros fines es de 1,012.00 m², constituido por el lote ubicado entre la calle Manuel A. Odría y calle Chincheros; Que, mediante el Informe Nº 134-03-CVR/MDA, el en- cargado del saneamiento físico legal de las propiedades de esta Entidad Edilicia, al emitir el proyecto de minuta detransferencia del aporte reglamentario correspondiente a otros fines advirtió que falta determinar la ubicacion exacta del mismo en relación a manzana y número de lote, ya quela misma no se señala en la precitada resolución, pudien- do ser materia de observación en su inscripción ante los Registros Públicos; Que, mediante Inf orme Nº 591-03-AHU-SDHUyF/ DGU/MDA, se indica que la ubicación de los aportes re- glamentarios deberá estar referida a una manzana y unnúmero de lote, a efectos de emitir las transferencias correspondientes y no ser materia de observación en su inscripción en los Registros Públicos, por lo cual se de-berá sustituir el plano Nº 001-03-SDHUyF-DGU/MDA por el nuevo plano de replanteo de trazado y lotización pre- sentado por los recurrentes, mediante la respectiva re-solución; Que, con el visto bueno de la Subdirección de Habili- taciones Urbanas y Formalización, la Oficina de AsuntosJurídicos; y, Estando los fundamentos expuestos en la parte consi- derada y en uso de las facultades conferidas por el inciso3.6.1 del capítulo II del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y Ley Nº 27444 - Ley de Proce- dimiento Administrativo General, así como de conformidadcon lo dispuesto por la Ley Nº 26878 - Ley General de Ha- bilitaciones Urbanas y por el Reglamento Nacional de Cons- trucciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- SUSTITUIR, el Plano Nº 001-03- SDHUyF-DGU/MDA, por el Plano signado con el Nº 017- 03-SDHUyF-DGU/MDA, donde se le ha asignado númerode lote y nominación de manzana a los siguientes aportes reglamentarios: - Lote 1 de la Manzana "P2" al Ministerio de Educación con 1,800.00 m² - Lote 2 de la Manzana "P2" a Otros Fines con 1,012 m²- Lote 57 de la Manzana "G2" al Ministerio de Educa- ción con 1,839.30 m², quedando firme en todos sus extre- mos la Resolución Directoral Nº 00043. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano en elplazo máximo de 30 días contados a partir de su notifica- ción, por cuenta de los interesados.Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR la presente resolu- ción al Registro Predial Urbano para los efectos de su ins-cripción correspondiente; al Ministerio de Educación, a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a los interesa- dos para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO VALVERDE BEJAR Director de Gestión Urbana 23285 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 011-03/MDLV La Victoria, 9 de diciembre de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA Visto en la Orden del Día de la Sesión Extraordinaria de Concejo celebrada con fecha 9 de diciembre del 2003,el Oficio Nº 315-03-DR/MDLV de fecha 4 de diciembre del 2003, mediante el cual el Director de Rentas propo- ne se conceda un Beneficio Especial Tributario en el dis-trito de La Victoria durante el mes de diciembre del año en curso, por el que se Exonere del pago de Intereses, Moras y Reajustes correspondientes a las cuotas venci-das por los tributos Municipales que respecta al Patri- monio Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Serenazgo, comprendiendo los años 1999al 2003; y, CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir Contribuciones y Tasas o Exonerar de estas, den-tro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley, conforme lo establece el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Tí-tulo Preliminar del Código Tributario; Que, el Artículo 41º del Código Tributario, establece que los Gobiernos Locales en forma excepcional pue- den condonar con carácter general el interés moratorio y las sanciones respecto de los tributos que adminis-tra; Que, el Artículo 194º de la Carta Magna, modificada por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional delCapítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, esta- blecen que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía po-lítica, económica y administrativa en los asuntos de su com- petencia; Que, teniendo en cuenta que un gran porcentaje de contribuyentes y vecinos del distrito a la fecha no han cum- plido con cancelar sus deudas por concepto del Impuestoal Patrimonio Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Par- ques y Jardines, y Serenazgo, por lo que es necesario brin- dar, de manera excepcional, las facilidades que requieren,para que cumplan con ponerse al día en el pago de sus obligaciones tributarias con la Municipalidad de La Victo- ria; Que, la Dirección de Asesoría Jurídica se ha pronun- ciado mediante Informe Nº 1949-03-DAJ/MDLV de fecha 5 de diciembre del 2003, por la conformidad del requerimientoformulado por el Director de Rentas; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Munici- palidades - Ley Nº 27972, el Concejo, en la forma regla- mentaria, por Unanimidad y con dispensa del trámitede la lectura y aprobación de la Acta; aprobó la siguien- te: