Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2003 (14/12/2003)


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ORDENANZA

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 14 de diciembre de 2003

ESTABLECEN BENEFICIO TRIBUTARIO EN EL DISTRITO DE LA MORDAZA PARA EL PAGO DE TRIBUTOS MUNICIPALES Articulo Primero.- Establecer el Beneficio Especial Tributario.Establecer el Beneficio Especial Tributario en el distrito de La MORDAZA, aplicable a los contribuyentes o responsables que tengan deudas por concepto de Impuesto al Patrimonio Predial y Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo. Articulo Segundo.- Alcances del Beneficio.El presente Beneficio Especial Tributario alcanza a las deudas por concepto de Impuesto al Patrimonio Predial por Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, y Serenazgo, y Multas Tributarias hasta el presente ano, cualquiera sea el estado en el que se encuentre, incluida cobranza ordinaria, cobranza coactiva, reclamacion, apelacion y demanda ante el Poder Judicial. Igualmente estan al alcance del presente beneficio las cuotas vencidas de los Convenios de Fraccionamiento. El Beneficio Especial Tributario extingue unicamente los intereses, reajustes y moras que se hubiesen generado, de conformidad con el Articulo 33º del Codigo Tributario, por el no pago de los tributos referidos en el primer Articulo. Articulo Tercero.- Requisitos para gozar del Beneficio Especial Tributario.Son requisitos para acogerse al presente Beneficio: a) Desistir del tramite de reclamacion interpuesto, cualquiera sea el estado en que se encuentre, si lo hubiese. b) Cancelar la deuda en orden de antiguedad; es necesario que el periodo inmediatamente anterior se encuentre pagado para acogerse al presente Beneficio; esta restriccion no es aplicable al primer trimestre del ano 1999. Articulo Cuarto.- Aplicacion.Solo se aplicara el beneficio Especial Tributario a las cuotas pendientes por cancelar. Articulo Quinto.- Fraccionamiento de Deuda tributaria.La deuda podra ser cancelada de manera fraccionada en una cuota inicial y cinco cuotas, cuyo vencimiento sera de 30 dias calendario entre cada una. En caso de optar por esta modalidad de pago, la cuota inicial debera ser cancelada al momento de la suscripcion del Convenio de Fraccionamiento respectivo y la aceptacion de las condiciones de otorgamiento y perdida de fraccionamiento. Articulo Sexto.- Vigencia del Beneficio Especial Tributario.El Beneficio Especial Tributario entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion hasta el dia 31 de diciembre del 2003. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Direccion de Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, cumpla y publique. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 23275

Autorizan reempadronamiento general de conductores de los puestos, tiendas, stands o almacenes en el MORDAZA Mayorista de Frutas Nº 2
RESOLUCION Nº 0519-03-ALC/MDLV La MORDAZA, 3 de diciembre de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto el Informe de fecha 4 de noviembre del 2003, emitido por la Comision de privatizacion del MORDAZA Mayorista de Frutas Nº 2 de propiedad de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA nombrada por Acuerdo de Concejo Nº 0034-03/MDLV de fecha 20 de junio del 2003 y de la Empresa de Servicios de Fiscalizacion Tributaria S.R.L., sobre la privatizacion de dicho Mercado; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 20 de junio del 2003 se expidio el Acuerdo de Concejo Nº 0034-03/MDLV, publicado el 21 de junio del ano en curso en el Diario Oficial El Peruano, por el que se dispuso reiniciar los Procesos de Privatizacion de los Mercados de propiedad de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, en cumplimiento con la Ley Nº 26569 y los Decretos Supremos Nºs. 004-2000-PRES, 021-96-PCM y 0022000-PRES, y en acatamiento con los Mandatos del Tribunal Constitucional de fechas 5 de MORDAZA del 2000, 4 de agosto del 2000 y 25 de marzo del 2002; Que, con fecha 11 de MORDAZA del 2003 se expidio la Resolucion de Alcaldia Nº 208-03-ALC/MDLV, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de MORDAZA del 2003, acto resolutivo que en su Articulo 4º se autorizo a la Comision de Privatizacion el reinicio del REEMPADRONAMIENTO GENERAL, de los legitimos conductores de los Puestos-Tiendas-StandsAlmacenes, del MORDAZA Mayorista de Frutas Nº 2; Que, mediante los Informes de fechas 30 de octubre, 3 y 4 de noviembre del 2003, la Comision de Privatizacion y el Asesor Legal de la Empresa de Servicios de Fiscalizacion Tributaria S.R.L., dan cuenta el haberse llevado a cabo los tres levantamientos de embargos realizados ante los Registros Publicos y encontrandose en MORDAZA el ultimo tramite de su hipoteca con la MORDAZA Metropolitana de MORDAZA y por consiguiente realizandose la Declaratoria de Fabrica y la Independizacion de las Puestos-Tiendas-Stands-Almacenes del MORDAZA Mayorista de Frutas Nº 2, aprobandose ademas el pago de Inscripcion del REEMPADRONAMIENTO GENERAL de todos los conductores del MORDAZA Mayorista de Frutas Nº 2; Que, en la Comision de Privatizacion se esta tomando conocimiento de controversias de Expedientes en procesos judiciales, tales como denuncias y demandas entre los conductores del MORDAZA Mayorista de Frutas Nº 2, que son remitidos por el Poder Judicial; Que, estando al requerimiento formulado, a los elementos de juicio que se senalan y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Comision de Privatizacion nombrada por Acuerdo de Concejo Nº 0034-03/ MDLV de fecha 20 de junio del 2003, para que con el asesoramiento de la Empresa de Servicios de Fiscalizacion Tributaria S.R.L., proceda al REEMPADRONAMIENTO GENERAL, de todos los conductores de los Puestos-TiendasStands-Almacenes, en el termino de 30 dias habiles computados a partir del dia siguiente de su publicacion formando, para cada caso, el Expediente correspondiente verificando la controversia administrativa y judicial que tienen la mayoria de los conductores en referencia y asi poder privatizar conforme a la Ley Nº 26569. Articulo Segundo.- Aprobar los derechos de Inscripcion del REEMPADRONAMIENTO GENERAL, que ascien-

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