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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G32/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 15 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, es necesario aprobar mediante Ordenanza Regional el Reglamento sobre rendición de cuentas de AutoridadesRegionales, mediante Audiencias Públicas Regionales, quetiene por objeto normar la participación de la sociedad civil, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 24º de la Ley Or- gánica de Gobiernos Regionales; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscali- zador del Gobierno Regional, le corresponde las funciones yatribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 y aquellas que lesean delegadas. Está integrado por el Presidente Regional, Vicepresidente Regional y Consejeros Regionales; En Sesión Extraordinaria de fecha 2 de diciembre del 2003, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Mo-quegua, ha visto por conveniente reglamentar la rendi-ción de cuentas de Autoridades Regionales, medianteAudiencias Públicas Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- Apruébese el Reglamento sobre Rendición de Cuentas de Autoridades Regionales, me-diante Audiencias Públicas Regionales; que consta de tres (3) Títulos y treinta y un (31) Artículos, incluido una (1) Disposición Final y dos (2) Disposiciones Transito-rias, cuyo documento anexo forma parte de la presenteOrdenanza. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:Mando se publique y cumpla. CRISTALA CONSTANTINIDES ROSADO Presidenta Regional 23233 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G41/G73/G61/G6D/G2D /G62/G6C/G65/G61/G73/G20/G50/G6F/G70/G75/G6C/G61/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G53/G6F/G2D/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G2D /G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2003-CR/GRM 2-12-2003 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, de conformidad con lo previsto en los artícu-los 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucionaldel Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización -Ley Nº 27680-, Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783-, de la Ley Orgánica de Gobiernos Regio- nales -Ley Nº 27867-, su modificatoria -Ley Nº 27902-, ydemás normas complementarias; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua; CONSIDERANDO:Que, resulta imprescindible aprobar mediante Ordenanza Regional el Reglamento que norma las Asambleas Popularesde Organizaciones Sociales convocadas por el Gobierno Re- gional, con el objeto de normar la participación de la sociedad civil, cuando sea necesario contar con su opinión expresadamediante acuerdos sobre determinado asunto o materia; te-niendo en consideración lo previsto por el artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscali- zador del Gobierno Regional, le corresponde las funciones yatribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 y aquellas que lesean delegadas. Está integrada por el Presidente Regional, Vicepresidente Regional y Consejeros Regionales; En Sesión Extraordinaria de fecha 2 de diciembre del 2003, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, havisto por conveniente reglamentar las Asambleas Popularesde Organizaciones Sociales convocadas por el Gobierno Re-gional; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- Apruébese el Reglamento para las Asambleas Populares de Organizaciones Socialesconvocadas por el Gobierno Regional; que consta de tres (3) Títulos y treinta y cinco (35) Artículos, incluidos dos (2) Disposiciones Finales y una (1) Disposición Transito-ria, cuyo documento anexo forma parte de la presenteOrdenanza. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:Mando se publique y cumpla. CRISTALA CONSTANTINIDES ROSADO Presidenta Regional 23234 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YUNGUYO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 130-2003-MPY/A Yunguyo, 2 de octubre del año 2003 VISTOS; Vistos el Exp. Adm. Nº 2042 que contiene el Informe Nº 049-AA-2003/MPY, suscrito por el Jefe de laUnidad de Abastecimientos de la Municipalidad Provin-cial de Yunguyo, mediante el cual se hace alcance delPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2003; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Re-glamento, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, concor-dante con el Artículo 7º del Reglamento, aprobado con D.S. Nº 013-2001-PCM y la resolución de CONSUCODE/ PRE, de fecha 7 de diciembre del 2001, aprobando la Di-rectiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, que regula elprocedimiento de elaboración e información que debecontener el Plan Anual; establecen que cada Entidad debede elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones, consolidando la información de las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directasque se llevarán a cabo en el año fiscal correspondiente; Que, la Oficina de Abastecimientos encargada de pla- nificar los procesos de selección, elabora el Plan Anual