TEXTO PAGINA: 52
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G32/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 15 de diciembre de 2003 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G74/G6F/G2D/G72/G69/G6F/G20/G79/G20/G72/G65/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G69/G6E/G76/G65/G73/G74/G69/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G65/G6E/G73/G65/GF1/G61/G6E/G7A/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G6D/G61/G7A/G6F/G6E/GED/G61/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G61 UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONÍA PERUANA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2468-2003-UNAP Iquitos, 1 de diciembre del 2003 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONÍA PERUANA VISTOS: Los Informes Nºs. 017-UA-OGA-UNAP-2003 y 038- AL-UNAP-2003 de la Unidad de Abastecimiento de laOficina General de Administración y de la Oficina de Ase-soría Legal, respectivamente, que sustentan la configu-ración de la situación de urgencia prevista en el inciso c)del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, así como la consi-guiente exoneración del Proceso de Adjudicación Direc-ta Pública para la “Adquisición de Materiales de Labora-torio y Reactivos para la Investigación y Enseñanza” parala Universidad Nacional de la Amazonía peruana (UNAP), la misma que deberá ser realizada mediante el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; CONSIDERANDO: Que, la UNAP es la institución dedicada a la ense- ñanza, la investigación científica y la proyección social,que para el cumplimiento de sus objetivos requiere con-tar con materiales de laboratorio y reactivos para mante- ner la continuidad de sus actividades de investigación, enseñanza y prestación de servicios; Que, debido al uso constante y continuo, esos materiales y reactivos se han ido deteriorando en perjuicio de las activida-des de enseñanza, investigación y proyección social; Que, para la renovación de esos materiales y reactivos es necesario un proceso de Adjudicación Directa Pública, y en todo se lleva a cabo el proceso de selección, se otorgue labuena pro y ésta quede firme administrativamente, transcurri-rá un tiempo que traerá consigo la ausencia de estos materia-les y reactivos, poniendo en riesgo y comprometiendo directae indirectamente la continuidad de las labores de enseñanza, investigación y proyección social de la UNAP, por lo que es indispensable asegurar la continuidad en la utilización de losmateriales y reactivos antes mencionados; Que, el artículo 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM señala que se considera situación de urgencia cuan-do la ausencia extraordinaria e imprevisible de determi- nado bien o servicio compromete en forma directa e inmi- nente la continuidad de los servicios esenciales o de lasoperaciones productivas que la entidad tiene a su cargo; Que, asimismo el numeral 2) del artículo 108º del De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, refiere que la situa-ción de urgencia debe entenderse como una medida tem- poral ante un hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensa-ble para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se reali-ce el proceso de selección correspondiente para las ad-quisiciones y contrataciones definitivas; Que, de acuerdo al inciso c) del artículo 19º del De- creto Supremo Nº 012-2001-PCM, están exonerados de los Procesos de Licitación Pública, Concurso Público oAdjudicación Directa, según sea el caso, las adquisicio-nes y contrataciones que se realicen en situación de ur-gencia, declarada de conformidad a la referida ley; Que, el artículo 20º de la citada norma establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas del pro- ceso de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudi-cación Directa, se realizarán mediante el procedimientode Adjudicación de Menor Cuantía y se aprobarán me- diante Resolución del titular del Pliego; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado en la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado aprobado mediante el Decreto Supremo Nº012-2001-PCM y el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, En uso de las atribuciones que le confieren la Ley Nº 23733 y el EGUNAP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR en situación de ur- gencia la “Adquisición de Materiales de Laboratorio yReactivos para la Investigación y Enseñanza” en la UNAP,del 2 de diciembre del 2003 al 2 de febrero del 2004. Artículo Segundo.- EXONERAR a la Universidad Nacio- nal de la Amazonía Peruana del Proceso de Adjudicación Di- recta Pública para la Adquisición de Materiales de Laboratorio y Reactivos para la Investigación y Enseñanza, por las razo-nes expuestas en la parte considerativa de la presente Reso-lución, disponiendo que la misma sea realizada mediante elProceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo Tercero.- ESTABLECER que la adquisición a que se refiere al artículo precedente será realizada por la Oficina General de Administración, hasta por la suma de S/. 340,000.00(Trescientos Cuarenta Mil y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Cuarto.- PRECISAR que la presente Resolución Rectoral, así como los Informes Nºs. 017-UA-OGA-UNAP-2003y 038-AL-UNAP-2003 de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administración, y de la Oficina de Asesoría Legal respectivamente, serán de conocimiento de la Contralo-ría General de la República, dentro de los diez (10) días natu-rales siguientes a la fecha de aprobación de la presente Reso-lución y publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR al Jefe de la Unidad Ejecutora cumplir con lo dispuesto en la presente Reso- lución, cargando el egreso a la Fuente de Financiamien-to 13 Donaciones y Transferencias del Presupuesto Ins-titucional del Ejercicio Fiscal 2003. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSÉ TORRES VÁSQUEZ Rector 23222 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 COFOPRI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G66/G6F/G72/G6D/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G69/G6E/G73/G74/G72/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G2F/G6F/G20/G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G54/GED/G74/G75/G6C/G6F/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G2C/G20/G75/G74/G69/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G2D /G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G65/G6E /G70/G6F/G73/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G65/G73 COMISIÓN DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 103-2003-COFOPRI/GG Lima, 5 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, complementa- do por la Ley N° 27046, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, se creó la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFO-PRI, como organismo rector encargado de diseñar y ejecutarun Programa de Formalización de la Propiedad y su manteni-miento dentro de la formalidad, a nivel nacional; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 058-2002-COFOPRI-GG del 22 de abril de 2002, se apro-