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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (16/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 161

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G37/G34/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 16 de diciembre de 2003 General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respectivamente, a la ciudad deWashington, Estados Unidos de América, durante los días16 al 23 de diciembre del 2003, para los fines a que secontrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente será con cargo al presupuesto delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, conformeal siguiente detalle: Viáticos (p or dos funcionarios) US$ 3, 520.00 Tarifa Aeroportuaria (por dos funcionarios) US$ 56.48 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro delos quince (15) días calendario siguientes de efectuadoel viaje, los funcionarios mencionados en el artículo 1ºdeberán presentar un informe al Despacho Ministerial ya la Oficina General de Administración del Ministerio deTransportes y Comunicaciones describiendo las accio-nes realizadas y los resultados obtenidos durante el via-je autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestoso derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 23382 VIVIENDA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73 /G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C /G64/G65/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 263-2003-VIVIENDA Lima, 12 de diciembre de 2003Vistos, el Acta de Transferencia de Fondos y Proyec- tos del Organismo para la Reconstrucción y Desarrollodel Sur - ORDESUR al Gobierno Local de Arequipa y elMemorándum Nº 037-2003/VIVIENDA-CGP; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 019-2003-VIVIENDA, se desactivó y extinguió al 31 de agosto de 2003 el Or-ganismo para la Reconstrucción y Desarrollo del Sur -ORDESUR, facultándose al Secretario General del Mi-nisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a efec-tuar todas las acciones y gestiones legales, patrimonia-les, financieras, contractuales y demás necesarias conla finalidad de perfeccionar la desactivación de dichoorganismo; Que, por Decreto Supremo Nº 023-2003-VIVIENDA, se dispuso la absorción por el Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento de los órganos y depen-dencias remanentes de la Transferencia del Programade Reconstrucción de ORDESUR con el exclusivo fin deejecutar la liquidación de dicho organismo, comprendien-do dentro de la absorción, entre otros, todos los bienesmuebles; Que, a manera de perfeccionar la alta de los bienes transferidos vía el Decreto Supremo citado en el consi-derando precedente, se suscribió el Acta Parcial de En-trega y Recepción que a su vez anexó el Inventario Físi-co Valorado al 31 de agosto de 2003, conteniendo unreporte conciliado de los bienes patrimoniales que eranmateria de entrega por parte de ORDESUR; Que, a través de la llamada Acta De Transferencia de Fondos y Proyectos de ORDESUR, el Viceministro deConstrucción y Saneamiento en representación del Titu-lar del Pliego se comprometió a transferir a favor de laMunicipalidad Provincial de Arequipa, los bienes corres- pondientes a la Sede Central y Oficina Departamentalde Arequipa de ORDESUR; así como la entrega de losvehículos transferidos a AUTODEMA y al Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento; Que, mediante Memorándum Nº 652-2003/VIVIEN- DA-SG, el Secretario General solicitó disponer las ac-ciones administrativas necesarias a efectos de formali-zar la transferencia acordada a través del Acta referidaen el considerando precedente; Que, Resolución Directoral Nº 177-2003/VIVIENDA- OGA, se aprobó la baja de los bienes que se detallan enel anexo adjunto, los mismos que fueron transferidos alMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,como consecuencia de la desactivación del Organismopara la Reconstrucción y Desarrollo del Sur - ORDES-UR; Que, el numeral 2) de la Directiva Nº 009-2002/SBN, establece que la donación de bienes muebles dados debaja a una entidad pública debe aprobarse mediante Re-solución del titular de la entidad pública donante, la cualdebe contener la siguiente documentación sustentato-ria: i) Copia del documento de identidad del titular o delrepresentante de la entidad solicitante; ii) Informe sus-tentando la necesidad de uso de los bienes muebles ylos beneficios que reportará al Estado; Que, de acuerdo a lo informado por el Comité de Ges- tión Patrimonial, el Sr. Yamel Deyson Romero Peralta,Alcalde del Concejo Provincial de Arequipa, se encuen-tra debidamente acreditado tal como se aprecia en laCredencial emitida con fecha 11 de diciembre del 2002por el Jurado Electoral Especial de Arequipa y que lasolicitud de donación del Concejo Provincial de Arequi-pa se encuentra enmarcada dentro del proceso de des-centralización que el Gobierno Central está impulsandoy la atención de la misma repercutirá en distintos benefi-cios para dicha Institución; Que, de acuerdo a lo expuesto resulta necesario apro- bar la donación de los bienes muebles que se detallanen el Anexo que forman parte integrante de la presentaResolución a favor de la Municipalidad Provincial de Are-quipa; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la donación de los bienes mue- bles descritos en el Anexo que forma parte integrante dela presente Resolución, valorizados en S/. 721,892.50(Setecientos Veintiún Mil Ochocientos Noventa y Dos y50/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad Pro-vincial de Arequipa. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Mi- nisterial a la Superintendencia de Bienes Nacionales ya la Contraloría General de la República dentro de lostérminos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción ySaneamiento 23346 /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G61/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G2D /G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G52/GED/G6F/G20/G43/G61/G63/G68/G69/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G41/G44/G45 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 264-2003-VIVIENDA Lima, 12 de diciembre de 2003CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 225-2002- PRES, se designó al Ing. César Raúl Palacios Sulca en