Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2003 (16/12/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 159

MORDAZA, martes 16 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 257409

inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Oficializar el "Curso Internacional Avances en Neurocirugia Pediatrica", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, el 12 y 13 de diciembre de 2003. Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 23338

la Direccion de Salud IV MORDAZA Este del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director General de la Direccion de Salud IV MORDAZA Este del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 23321

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Establecen disposiciones para la importacion de vehiculos usados a que se refiere el articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos
DECRETO SUPREMO Nº 065-2003-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.2 del articulo 5º de la Ley Nº 27181, Ley General del Transporte y MORDAZA Terrestre, establece que el Estado garantiza la estabilidad de las reglas y el trato equitativo a los agentes privados de manera que no se alteren injustificadamente las condiciones de MORDAZA sobre la base de las cuales toman sus decisiones sobre inversion y operacion en materia de transporte; Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, en cuyo articulo 94º, numerales 1 y 2, se establecen los requisitos documentarios que debe exigir SUNAT para la nacionalizacion de vehiculos usados en los regimenes de importacion regular y de CETICOS, respectivamente; Que, entre dichos requisitos, se exige para ambos regimenes de importacion la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados, cuyo formato esta contenido en el Anexo V del citado Reglamento; Que, pese a que el Reglamento Nacional de Vehiculos ha entrado en vigencia treinta (30) dias despues de su publicacion, las Empresas Verificadoras de ambos regimenes de importacion han expresado su transitoria imposibilidad de expedir las referidas fichas tecnicas, lo cual viene dificultando los tramites de importacion en perjuicio de los importadores, hecho que ha sido corroborado por el personal de la SUNAT y por la Comision Nacional de Zonas Francas de Tratamiento Especial Comercial y Zonas Especiales de Desarrollo (CONAFRAN), esta MORDAZA entidad en lo que a CETICOS se refiere; Que, en consecuencia, resulta necesario suspender temporalmente la exigencia de la ficha tecnica para no perjudicar a los importadores con una exigencia que, por el momento, resulta de imposible cumplimiento por causas no imputables a los administrados, suspension que debe iniciarse desde la misma fecha de entrada en vigencia del Reglamento Nacional de Vehiculos, con el objeto de dar cumplimiento al MORDAZA de estabilidad juridica MORDAZA enunciado, asi como al MORDAZA de razonabilidad consagrado en el numeral 1.4 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en virtud al cual la creacion de obligaciones debe guardar proporcion entre los medios a emplear y los fines publicos que se persiguen; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre. DECRETA: Articulo 1º.- Precisese que no sera exigible la MORDAZA de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehicu-

Oficializan el "Primer Congreso Cientifico Internacional de Estetica Medica", realizado en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1090-2003-RE

MORDAZA, 12 de diciembre de 2003 Visto el Oficio SA-DVM Nº 882-2003, del Viceministro de Salud de 2 de diciembre de 2003, mediante el cual comunica que el Natura Instituto de Estetica y Salud Integral solicita la oficializacion del "Primer Congreso Cientifico Internacional de Estetica Medica", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, del 6 al 8 de diciembre de 2003; Teniendo en consideracion que dicho evento cuenta con la opinion favorable del Sector Salud; De conformidad con los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE. de 3 de enero de 2001; y el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Oficializar, en via de regularizacion, el "Primer Congreso Cientifico Internacional de Estetica Medica", realizado en la MORDAZA de MORDAZA, del 6 al 8 de diciembre de 2003. Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 23339

SALUD
Designan Director General de la Direccion de Salud IV MORDAZA Este
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1240-2003-SA/DM

MORDAZA, 15 de diciembre del 2003 De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 y el Decreto Legislativo Nº 276; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la designacion del doctor DANTY MORDAZA MORDAZA, como Director General de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.