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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G34/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 16 de diciembre de 2003 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G61/G64/G69/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G65/G6C/G50/G6C/G61/G6E/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G65/G73/G63/G61/G20/G41/G72/G74/G65/G73/G61/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 491-2003-PRODUCE Lima, 12 de diciembre del 2003 VISTO:El Oficio Nº 1562-2003-PRODUCE/DNPA de fecha 9 de julio del 2003 del Secretario Técnico de la Comi-sión Multisectorial encargada de elaborar el Plan Ope- rativo del Plan Nacional para el Desarrollo de la Pesca Artesanal; CONSIDERANDO : Que, mediante Resolución Ministerial Nº 207-2002- PRODUCE, de fecha 2 de diciembre del 2002, se dispu- so conformar una Comisión Multisectorial encargada deelaborar el Plan Operativo así como evaluar el avance y cumplimiento de los objetivos del Plan Nacional para el Desarrollo de la Pesca Artesanal, instalándose dicha Co-misión el 25 de abril del 2003, en razón a lo dispuesto por la normatividad administrativa expedida en dicha oportunidad; Que, a la Comisión Multisectorial antes citada se le otor- gó un plazo de 45 días contados a partir de su instalación para la elaboración del Plan Operativo, venciéndose el mis-mo el 1 de julio del año en curso; Que con el oficio del Visto, el Director Nacional de Pes- ca Artesanal que actúa como Secretario Técnico de la Co-misión Multisectorial hace de conocimiento que el corto plazo otorgado a dicha Comisión no ha permitido culminar con la elaboración del Plan Operativo, debido a la comple-jidad de la materia, por lo que solicita un plazo adicional para su presentación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Poder Ejecutivo, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 560, mo- dificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; y Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería. SE RESUELVE:Artículo Único.- Otorgar a la Comisión Multisecto- rial constituida mediante Resolución Ministerial Nº 207-2002-PRODUCE, un plazo adicional de sesenta (60) días hábiles, con la finalidad de que presente el Plan Opera- tivo del Plan Nacional para el Desarrollo de la Pesca Ar-tesanal. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 23242 /G53/G75/G73/G70/G65/G6E/G64/G65/G6E/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G63/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65 /G6C/G6F/G73/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G68/G69/G64/G72/G6F/G62/G69/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G20/G61/G6E/G63/G68/G6F/G76/G65/G74/G61 /G79/G20/G61/G6E/G63/G68/G6F/G76/G65/G74/G61/G20/G62/G6C/G61/G6E/G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G20/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61 /G61/G6C/G20/G6E/G6F/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G6F/G6D/G69/G6E/G69/G6F/G20/G6D/G61/G72/GED/G74/G69/G6D/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 493-2003-PRODUCE Lima, 15 de diciembre del 2003CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley General de Pesca -Decreto Ley Nº 25977-, los recursoshidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo alEstado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que el artículo 9º de la citada Ley contempla que, so- bre la base de evidencias científicas disponibles y de fac- tores socioeconómicos, la autoridad pesquera determinarásegún el tipo de pesquería, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, temporadas y zonas de pesca, regulación del esfuerzo pesquero, losmétodos de pesca, tallas mínimas de captura y demás nor- mas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos pesqueros; Que mediante la Resolución Ministerial Nº 457-2003- PRODUCE, se autorizó el desarrollo de las actividades extractivas y de procesamiento pesquero de los recursosanchoveta ( Engraulis ringens ) y anchoveta blanca ( Anchoa nasus ), a partir de las 00.00 horas del día 17 de noviembre de 2003, en la zona comprendida entre el extremo nortedel dominio marítimo del Perú y los 16°00' S, en el marco de la primera temporada de pesca del año biológico 2003- 2004; Que el artículo 5º de la Resolución Ministerial Nº 457-2003-PRODUCE, dispone, que en el caso de registrarse ejemplares juveniles de anchoveta ( Engrau- lis ringens ) en porcentajes superiores al 10% del volu- men total de los desembarques diarios de un determi- nado puerto o zona, se suspenderá las actividades ex-tractivas y de procesamiento por un período mínimo de tres (3) días consecutivos del citado puerto o zona de pesca o de ocurrencia, si dichos volúmenes de desem-barque pudiesen afectar el desarrollo poblacional del recurso mencionado; Que el Instituto del Mar del Perú, mediante Oficio Nº PCD-100-588-2003-PRODUCE/IMP del 15 de di- ciembre de 2003, alcanzó el "Resumen Ejecutivo del Crucero de Evaluación de Recursos Pelágicos BICOLAYA, BIC HUMBOLDT", donde informa que la ancho- veta presenta una estructura por tamaños con un ele- vado porcentaje de juveniles, por ingreso parcial denuevos reclutas; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, suReglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y la Resolución Ministerial Nº 457- 2003-PRODUCE; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta ( Engraulis ringens ) y anchoveta blanca (Anchoa nasus ) a partir de las 00.00 horas del día 18 de diciembre hasta las 24 horas del día 3 de enero de 2004, en la zona comprendida entre el extremo norte del dominiomarítimo del Perú y los 16°00' S. Los establecimientos industriales pesqueros ubicados dentro de la zona que comprende la presente suspensión,podrán procesar el recurso anchoveta hasta las 24:00 ho- ras del día 18 de diciembre de 2003. Artículo 2º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, en el ámbito de la jurisdicción del área a que se refiere el artículo 1º, sólo otorgará autorización de zarpe para realizar actividadesextractivas hasta las 12.00 horas del día 17 de diciembre de 2003. Artículo 3º.- Los armadores y titulares de estableci- mientos industriales que incumplan las normas conteni- das en la presente Resolución, serán sancionados de conformidad con las disposiciones establecidas en la LeyGeneral de Pesca, su Reglamento y el Reglamento de Inspección y del Procedimiento Sancionador de las Ac- tividades Pesqueras y Acuícola, aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-PE y sus normas ampliatorias y modificatorias. Artículo 4º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Dirección Na- cional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministe -