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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (23/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 47

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G30/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 23 de diciembre de 2003 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G79/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F /G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G2D/G6E/G61/G6C ACUERDO Nº 0020-2003 Callao, 19 de diciembre del 2003 EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN CALLAO, en sesión celebrada el día 19 de diciembre del 2003, conel voto unánime del Consejo Regional y en uso de las fa-cultades conferidas por el inciso c) del Artículo 15º de laLey Orgánica de Gobiernos Regionales y el ReglamentoInterno del Consejo Regional, aprobado mediante Orde-nanza Regional Nº 0006-2003-CR/RC. ACUERDA:Primero.- APROBAR el Plan Anual y Presupuesto Par- ticipativo 2004 del Gobierno Regional del Callao. Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial ElPeruano y en el Diario de Mayor Circulación de la Región. Tercero.- DISPENSAR el presente Acuerdo del trámite de aprobación del Acta. POR TANTO:Mando se registre, cúmplase y publíquese.ROGELIO CANCHES GUZMÁN Presidente del Consejo Regional 23894 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE COMAS /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6C/G75/G67/G61/G72/G65/G73 /G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G70/G69/G72/G6F/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G73/G20/G79/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F ORDENANZA Nº 101-C/MC Comas, 13 de diciembre de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMASVISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de diciembre del 2003, el Dictamen de la Comisión de De-sarrollo Económico, con proyecto de Ordenanza, relacio-nada al uso, lugar y comercialización de Artículos pirotéc-nicos Deflagrantes y afines; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades tienen y gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su com-petencia, a tenor de lo que señala el Artículo 194º de laConstitución Política del Perú; Que, constituyen funciones de las Municipalidades entre otras la de controlar y supervisar las construcciones, el man-tenimiento, el ornato y el cumplimiento de la norma de seguri-dad e higiene en los lugares destinados a servicios públicos; Que, la Ley Nº 27718 aprobada el 9 de mayo del 2002, regula la fabricación, importación, depósito, transporte,comercialización y el uso de productos pirotécnicos, bajoel control del Estado, reglamentado por Decreto SupremoNº 014-IN, aprobado el 10 de noviembre del 2002, Resolu-ción Ministerial Nº 827-03-IN-1701 y Directiva Nº 01-2003-IN-1701; Que, el Reglamento de la citada Ley dicta las disposi- ciones referentes al control de la fabricación, importación,depósito, transporte, comercialización y uso de productospirotécnicos, detonantes y/o deflagrantes, con el fin de es-tablecer su adecuado tratamiento y reducir los riesgos a lacual están expuestas las personas, la propiedad privada ypública y el sistema de medio ambiente; Que, conforme lo señalado en el Artículo 4º de la Ley Nº 27718, se establece que las municipalidades deberánnormar la ubicación de los establecimientos pirotécnicos, así como considerar para el otorgamiento de Licencia deFuncionamiento la exigencia de contar previamente con laautorización concedida por DICSCAMEC; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades con- feridas por el artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánicade Municipalidades, luego del debate correspondiente, elPleno del Concejo por Mayoría aprobó la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- DE LOS LUGARES, dentro del contex- to del presente artículo se denominan lugares públicos a losseñalados mediante el cual se podrán usar artículos pirotécni-cos deflagrantes (fuegos artificiales) siendo los siguientes: I Áreas centrales de los parques. II Áreas centrales de campos abiertos.III Áreas centrales de campos deportivos. Artículo Segundo.- DE LA SEGURIDAD, el plan de protección y seguridad de espectáculos pirotécnicos de-flagrantes será de acuerdo a lo estipulado en el Artículo74º del Decreto Supremo Nº 014-IN, de la Directiva Nº 001-2003-IN-1701, asimismo se tendrá en cuenta lo siguiente: Radio de prevención mínima de 180 mts. del punto de ubicación del artículo pirotécnico, hasta la ubicación o ins-talación del grifo más cercano (combustible). Artículo Tercero.- EL USO, el funcionamiento o uso de los artículos pirotécnicos deflagrantes, se adjuntará con-forme a lo normado según Ley Nº 27718, Reglamento De-creto Supremo Nº 014-IN, Resolución Ministerial Nº 0827-2003-IN-1701 y Directiva Nº 01-2003-IN-1701. Artículo Cuarto.- DE LA SANCIÓN, incorporarse den- tro del Cuadro de Infracciones y Sanciones aprobado me-diante Ordenanza lo siguiente: - Decomiso y posterior destrucción. - Multa Administrativa del 50% de la UIT; sin perjuicio de la denuncia ante los Órganos Jurisdiccionales. Artículo Quinto.- Dispensar, del trámite de lectura del Acta para que la presente Ordenanza entre en vigencia deinmediato. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 23897 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA /G31/G34/G34/G2D/G4D/G44/G4D/G4D/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G61/G6C/G20/G73/G65/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/GF3/G61/G6D/G6E/G69/G73/G74/GED/G61/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G79/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G61/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-MDMM Magdalena del Mar, 22 de diciembre de 2003 EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MAR CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipali-dades son órganos de Gobierno Local que gozan de auto-nomía económica y administrativa en asuntos de su com-petencia; Que mediante Ordenanza Nº 144-MDMM se otorgó amnistía tributaria y administrativa a favor de los contribu-yentes del distrito de Magdalena del Mar, disponiéndosesu plazo de vigencia hasta el 22 de diciembre de 2003; Que, gran número de contribuyentes que no cuentan con los recursos suficientes para cumplir con sus obligaciones tri-butarias y administrativas aún no se han acogido a la amnistía