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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G30/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 23 de diciembre de 2003 Cargo de originación y/o terminación de llamada en la red del servicio de telefonía fija localGráfico Nº 01: Pago de Cargos de Interconexión X X X XD D FD D FRed Empresa 1Red Empresa 2X X X XD D FD D FRed Empresa 1Red Empresa 2X X X X X X X XD D FD D FRed Empresa 1Red Empresa 2 Empresa 1: Establece tarifa para comunicaciones locales fijode empresa 1 – fijo de empresa 2 Empresa 2: Recibe cargo por originación y/o terminación dellamada en la red del servicio detelefonía fija local. Dicho cargo nocubre el costo de los enlacesSentido de la comunicaciónEn el gráfico expuesto, se visualiza que la empresa 1 es la que establece la tarifa al usuario final por el tráficooriginado en su red y terminado en la red de la empresa 2.Dado ello, esta última empresa (empresa 2) recibe, por cadaminuto de comunicación efectiva, una vez el cargo por ori-ginación y/o terminación de llamada en su red (por el usode los elementos de red utilizados para terminar las llama-das). En consecuencia, debe notarse que la empresa 2sólo recibe una retribución por la terminación de llamada,y la empresa 1 recibe el saldo resultante de la diferencia entre la tarifa establecida por ella menos el cargo de inter-conexión pagado a la empresa 2. Por lo expuesto, dadoque la empresa 2 sólo recibe el cargo correspondiente a laterminación de llamadas en su red y que dicho cargo sóloretribuye el uso de los elementos de red utilizados en di-cha prestación, resulta poco conveniente que la empresa2 asuma el costo de los enlaces, total o parcialmente, poreste tipo de comunicación. Cabe señalar que este mismo criterio se aplica para otros tipos de relaciones de interconexión en las cuales una de las partes no recibe una tarifa propiamente dicha, sino una retribución por un servicio prestado. Este es elcaso de un operador que contrata, a un portador LDN, el servicio transporte y terminación en otra área local. En di- cho caso, el portador LDN, que recibe un monto por trans-portar y terminar llamadas en otra red en otra área local, debe asumir el costo de los enlaces que lo interconectan con las redes en las cuales termina el tráfico. En el caso referido, si bien dicho portador LDN no cobra una tarifa final al usuario por el transporte y terminación, sí recibe un monto por el servicio, debiendo ésta empresa pa-gar los cargos respectivos a las otras empresas que inter- vienen en dicho transporte y terminación (cargo por termi- nación de llamada). En ese sentido, para fines prácticos, elmonto cobrado por el portador de larga distancia nacional equivaldría a “la tarifa” que ofrece y negocia dicha empresa concesionaria a su “usuario” (el otro operador), consideran-do el (o los) cargo(s) de interconexión que deberá pagar a aquella(s) empresa(s) que intervenga(n) en el transporte y terminación de la comunicación. Dichos cargos de interco-nexión no incluyen los costos de los enlaces de interconexión entre la red de la empresa concesionaria del servicio de lar- ga distancia nacional y la red de la empresa en donde setermina la llamada. En ese sentido, corresponde a la empre- sa concesionaria del servicio de larga distancia nacional asu- mir los costos de enlaces de interconexión. Otro caso es el de la empresa operadora de LDI que recibe una tasa (de un operador internacional) por termi- nar tráfico en el país. Esta empresa (la empresa operadorade LDI) debe asumir el costo de los enlaces que la interco- nectan con las redes donde terminará dicho tráfico (por ejemplo la red del servicio de telefonía fija, móvil, etc.). En este caso, por terminar comunicaciones en el país, la empresa concesionaria del servicio de larga distancia internacional acuerda con un operador internacional unatasa de liquidación que se convierte, para fines prácticos, en “la tarifa” que ofrece y negocia dicha empresa conce- sionaria a su “usuario” (el operador internacional), consi-derando el (o los) cargo(s) de interconexión que deberá pagar a aquella(s) empresa(s) que intervenga(n) en la ter- minación de la comunicación. Como se mencionó anterior-mente, dichos cargos de interconexión no incluyen los cos- tos de los enlaces de interconexión entre la red de la em-presa concesionaria del servicio de larga distancia inter- nacional y la red de la empresa en donde se termina la llamada. En ese sentido, corresponde a la empresa conce- sionaria del servicio de larga distancia internacional asu-mir los costos de enlaces de interconexión. Asimismo, debe notarse, adicionalmente, que lo expuesto hasta el momento es independiente de la empresa encargadade cobrar al abonado. En esa línea, en algunos tipos de comu- nicación, en los cuales la empresa que establece la tarifa es distinta de aquella que cobra al abonado, la empresa del servi-cio de telefonía encargada de cobrar a dicho abonado, adicio- nalmente al cargo por originar la comunicación en su red, ten- dría derecho, de ser el caso, al cargo correspondiente por lafacturación, recaudación o cobranza y a un descuento por mo- rosidad. 3 Debe notarse que, en este tipo de comunicaciones, los cargos cobrados (o retenidos) por la empresa del serviciode telefonía que cobra al abonado no incluyen los costos de los enlaces de interconexión, por lo que no corresponde a di- cha empresa pagar por dichos enlaces. En tal sentido, se determina que el monto a ser pagado por los enlaces de interconexión entre dos empresas inter- conectadas y por el cual se transportará una determinadacomunicación deberá ser asumido por la empresa que es- tablece la tarifa de dicha comunicación (o por la empresa portadora de LDN o LDI que recibe alguna retribución portransportar y terminar tráfico en otra red). 2.1.2 Mecanismos para el pago de los enlaces de interconexión Por otro lado, es importante analizar cuál es el mecanismo utilizado para que la empresa pueda asumir el costo de los en- 3Tal situación ocurre en algunos tipos de comunicación tales como (i) comunicacio- nes locales originadas en la red del servicio de telefonía fija, en la modalidad deabonados, y destinadas a la red del servicio de telefonía móvil, servicio troncaliza-do, servicio de comunicaciones personales, o servicio de telefonía móvil por satéli-te (en este último caso, también para las comunicaciones de larga distancia), (ii) comunicaciones de larga distancia nacional e internacional bajo el sistema de lla- mada por llamada cuando la empresa del servicio de telefonía fija brinda el serviciode facturación y recaudación, y (iii) comunicaciones locales y de larga distancianacional originadas en la red del servicio de telefonía fija, en la modalidad de abo-nados, ubicados en áreas urbanas, y destinadas a la red del servicio de telefonía fija, en la modalidad de teléfonos públicos, ubicados en áreas rurales.