Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2003 (23/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, martes 23 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 258007

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Sede del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2003-CR/RA
El Consejo Regional de Amazonas Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 3652003-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PE, de fecha 8 de MORDAZA del presente, se aprueba el "Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Sede del Gobierno Regional Amazonas", documento que a solicitud del Jefe de la Defensoria del Pueblo MORDAZA y a lo dispuesto por la Presidencia Regional se hace necesario adecuar a la Estructura de costo real de cada procedimiento; Que, el Consejo Regional tiene la atribucion de normar la Organizacion del Gobierno Regional a traves de Ordenanzas Regionales en concordancia con lo previsto en el articulo 15º inciso a) de la Ley Nº 27867, que senala: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; la Ley Nº 27867, Organica de Gobiernos Regionales, que establece que es atribucion del Consejo Regional aprobar el "Texto Unico de Procedimientos Administrativos" (TUPA), que es un compendio de los procedimientos y costos administrativos tal como lo senala el articulo 36.1. de la Ley Nº 27444, del Procedimiento Administrativo Regional; y que el Articulo 38º de la Ley Nº 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales, MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la Administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

Que, habiendose analizado el documento de gestion "Texto Unico de Procedimientos Administrativos", el mismo que ha sido sujeto de revision y discusion amplia por parte de los Consejeros Regionales, en sesion de fecha 30 de octubre del presente ano; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en sesion Ordinaria Nº 019 del Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas del dia cinco de noviembre del ano dos mil tres, contando con el MORDAZA aprobatorio unanime de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades que le otorga la Constitucion Politica del Estado y el articulo 37 º inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, se aprueba la presente Ordenanza Regional; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR, el "TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS, el mismo que en diez (10) folios, forma parte de la Presente Ordenanza. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, a la Secretaria del Consejo Regional , la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el diario encargado de las publicaciones regionales, disponiendose su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de Amazonas para su promulgacion. En la MORDAZA de San MORDAZA de la frontera de los Chachapoyas, a los 7 dias del mes de noviembre del dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional. POR TANTO: Mande se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, sede del Gobierno Regional de Amazonas, a los 7 dias del mes de noviembre del dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Amazonas

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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