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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (23/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 40

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G30/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 23 de diciembre de 2003 laces de interconexión. En esa línea corresponde analizar los posibles escenarios de contratación de enlaces de interconexión. En ese contexto, cuando dos empresas se encuentran ne- gociando los términos y condiciones de su contrato de inter-conexión, uno de los términos que negocian son las caracte- rísticas del enlace de interconexión que une las respectivas centrales de ambas empresas. De este modo, desde el puntode vista de la direccionalidad del tráfico cursado por dicho en- lace (es decir, cuál es la red de origen y de destino de la comu- nicación), las empresas pueden acordar que los enlaces deinterconexión sean bidireccionales o unidireccionales. 2.1.2.1 Pago de enlaces de interconexión bidireccio- nales Mediante esta modalidad las empresas interconectadas comparten el monto del enlace de interconexión sobre la base de la fracción derivada del tráfico correspondiente a las comu- nicaciones sobre las cuales han establecido las tarifas (o delas cuales reciben tasas de liquidación o un monto por trans- porte y terminación), respecto del total del tráfico cursado en- tre ambas redes. En ese sentido, la fórmula a aplicar sería:         = empresaslasentre cursadostráfideSumaacióntery transportepormontoon liquidaciódetasarecibeotarifala estableceenlaceelempresalaquelaenones comunicacilasdeTráfico enlaceporpagadoMonto cosmin solicita no que *el 2.1.2.2 Pago de enlaces de interconexión unidirec- cionales Dentro de este esquema, cada una de las empresas asume el costo total por los enlaces de interconexión ha-cía la red de la otra empresa, o desde la red de la otra empresa hacía ella, dependiendo quién establece la tarifa para la comunicación a transportarse por dichos enlaces. En este escenario, ya no existe el problema potencial de asignación por (i) posibles excesos en la cantidad de enlaces necesarios, o por (ii) desviaciones respecto del valor real enla “máxima cantidad de minutos transportados por E1”. Asimismo, una ventaja adicional de este mecanismo es que la empresa 2 no tiene que compensar a la empresa 1sobre la base de un tráfico que debe ser conciliado de acuer- do a los mecanismos establecidos y que podría durar más o menos dependiendo de la coincidencia del tráfico entreambas empresas. Sin embargo, cabe señalar que ante la presencia de una cantidad mínima de tráfico por cada tipo de comunica-ción cursado entre las redes de las empresas, la aplica- ción de este mecanismo podría generar una capacidad ins- talada ociosa que podría derivar en que las empresas asu-man un costo mayor del que deberían asumir. En ese sen- tido las empresas deberían tener la opción de poder esco- ger enlaces bidireccionales para su interconexión, asumien-do con ello sus ventajas y desventajas. En consecuencia, considerando lo expuesto, el meca- nismo para el pago de los enlaces está en función de ladireccionalidad del tráfico cursado por los mismos (es decir, cuál es la red de origen y de destino de una determinada comunicación). En ese sentido se establece lo siguiente: I. Las empresas deben instalar enlaces de interco- nexión unidireccionales. En este caso, cada empresa debeasumir el costo total de los enlaces de interconexión por los cuales se curse tráfico correspondiente a las comuni- caciones para las cuales dicha empresa establece la tarifa(o recibe tasas de liquidación o un monto por transporte y terminación), y II. Si el tráfico a cursarse no amerita la instalación de enlaces unidireccionales, las empresas interconectadas pueden instalar un enlace bidireccional por el cual una de las empresas solicitará y pagará el 100% del enlace deinterconexión al proveedor de éste, y la otra empresa re- embolsará a la primera una cantidad equivalente a:         = empresaslasentre cursadostráfideSumaacióntery transportepormontoon liquidaciódetasarecibeotarifala estableceenlaceelempresalaquelaenones comunicacilasdeTráfico enlaceporpagadoMonto cosmin solicita no que *el 2.2 Ámbito de aplicación de la liquidación y pago del monto por los enlaces de interconexión Si bien se ha analizado la problemática en torno a la liquidación y pago del monto correspondiente a los enla-ces de interconexión y se ha planteado una propuesta a aplicarse sobre el particular, un tema importante es esta- blecer el ámbito de aplicación de la presente propuesta. En ese sentido corresponde determinar si la propuesta planteada es de aplicación a las relaciones de interconexión establecidas o por establecerse, ya sea por contratos opor mandatos de interconexión. 2.2.1 Relaciones de interconexión vigentes Las relaciones de interconexión vigentes por contratos o mandatos de interconexión establecen, entre otros, los términos y condiciones referidos a los enlaces de interco-nexión, los cuales ya han sido acordados (o establecidos por el regulador) y llevados a la práctica por las empresas interconectadas. En esa línea, en dichas relaciones de in-terconexión ya se ha establecido el mecanismo a seguir para el pago de los enlaces de interconexión, habiéndose, incluso, efectuado pagos entre las partes sobre este parti-cular. De esta forma, el aprobar una norma que pretende modificar una relación de interconexión ya establecida enla cual las partes (o el regulador, de ser el caso) han defini- do: (i) la direccionalidad de los enlaces (si son unidireccio- nales o bidireccionales), (ii) el plazo de duración de la pro-visión de enlaces, y (iii) qué empresa asumirá los costos de los mismos; puede contravenir el derecho de las partes de poder planificar en un horizonte temporal, sin modifica-ciones, el desarrollo de su relación de interconexión; así como ir en contra de la voluntad de las partes de definir, sobre la base de los principios que rigen la interconexión,los términos y condiciones más convenientes en su res- pectiva relación de interconexión. En consecuencia, corresponde establecer que la pre- sente propuesta no sea aplicada a las relaciones de inter- conexión, que sean establecidas mediante contratos o mandatos de interconexión, vigentes al momento de apli-carse dicha propuesta. 2.2.2 Relaciones de interconexión por establecerseEn este escenario se puede analizar el caso de las fu- turas relaciones de interconexión establecidas por contra-to de interconexión y las futuras relaciones de interconexión establecidas por mandato de interconexión. Para el caso de las futuras relaciones de interconexión establecidas por contrato de interconexión debe considerar- se como principio la libertad empresarial de las empresas para acordar los términos y condiciones de su relación deinterconexión. En ese sentido, el regulador ha privilegiado la negociación entre las partes y sólo ha intervenido en caso los términos y condiciones acordados contravengan el mar-co legal sobre la materia o cuando dichas partes no se pon- gan de acuerdo en dichos términos y condiciones. De esta forma, corresponde establecer que el mecanismo para elpago de enlaces propuesto no sea de aplicación obligatoria en los nuevos contratos de interconexión, sino que las em- presas, en su período de negociación, puedan negociar di-cho mecanismo y establecer el que estimen conveniente, pudiendo aplicarse el propuesto en la presente norma. Sin embargo, en el caso que el regulador tenga que establecer los términos y condiciones sobre el mecanismo para el pago de los enlaces de interconexión para una rela- ción de interconexión por establecerse mediante un man-dato, las partes intervinientes en dicha relación deben con- tar con un nivel de predictibilidad sobre la decisión que el regulador tomará. En ese sentido, el mecanismo propues-to en la presente norma sirve para tal fin, y se constituye en el mecanismo a adoptarse en caso el regulador tenga que emitir un mandato de interconexión sobre el particular.De esta forma, se espera que las empresas puedan adop- tar el referido mecanismo libremente (o alternativamente otro que estimen conveniente) y acordarlo en sus contra-tos de interconexión, o en su defecto, adoptar el mismo vía un mandato de interconexión. En consecuencia, corresponde establecer que la pre- sente propuesta sea aplicada a las relaciones de interco- nexión, establecidas mediante mandatos de interconexión, posteriores a la entrada en vigencia de dicha propuesta. 23805Pago de la Empresa que no solicita el enlace Pago de la Empresa que no solicita el enlace