Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2003 (24/12/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

Pag. 258024

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 24 de diciembre de 2003

Autorizan y registran modelos de maquinas tragamonedas solicitadas por R. MORDAZA MORDAZA S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 937-2003-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 12 de diciembre de 2003 Visto, el Expediente Nº 000991-2003-MINCETUR, de fecha 1.9.2003, presentado por la empresa R. MORDAZA MORDAZA S.A. en el que solicita autorizacion y registro de dos (2) modelos de maquinas tragamonedas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, se regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º del citado cuerpo legal que los modelos de maquinas tragamonedas cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, senala la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de los modelos de maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento establece que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una entidad autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion del Certificado de Cumplimiento Nº 200307-05 de fecha 23.7.2003, expedido por el Laboratorio de Certificacion de la Universidad Catolica del Peru, y verificado los requisitos tecnicos de la maquina tragamonedas cuya autorizacion y registro solicitan, se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en el articulo 16º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para que la Direccion Nacional de Turismo acceda a la autorizacion y registro solicitada; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 05 del Decreto Supremo Nº 009-2003-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 103-2003-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/JYM y Legal Nº 669-2003-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa R. MORDAZA MORDAZA S.A., los modelos de maquinas tragamonedas fabricados por la empresa solicitante, segun el siguiente detalle: I B0000208 S21M-P o S21M variante P Tragamonedas de video de cuerpo vertical con tapa superior de gabinete plana que cuenta con un aceptador de monedas, aceptador de billetes y no cuenta con una palanca lateral, puede formar parte de un carrusel. Alto: 91.50 cm. Ancho: 55.00 cm. Largo: 44.00 cm. II Nº de Registro Codigo del Modelo Descripcion B0000209 VF3-P o VF3 variante P Tragamonedas de video de cuerpo vertical con tapa superior de gabinete plana que cuenta con un aceptador de monedas, aceptador de billetes y no cuenta con una palanca lateral, puede formar parte de un carrusel. Alto: 98.00 cm. Ancho: 67.00 cm. Largo: 54.00 cm.

Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 23873

DEFENSA
Modifican resolucion que autorizo viaje de oficiales FAP a Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2110-2003-DE/FAP-CP
MORDAZA, 19 de diciembre de 2003 Visto el M/C GOP8-151701 de diciembre del 2003 del Comandante del Grupo Aereo Nº 8 de la Fuerza Aerea del Peru y M/C DPFI-161315 de diciembre del 2003 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aerea del Peru; CONSIDERANDO: Que, segun Resolucion Suprema Nº 439 DE/FAP-CP del 8 de noviembre del 2003, se autorizo el viaje al exterior en Comision de Servicio a la Republica Federativa del Brasil, del 12 al 14 de diciembre del 2003, entre otros, a los Coroneles FAP MORDAZA VIGNES MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la finalidad que se encarguen del retorno de la aeronave Boeing 737-528 FAP Nº 356 (Avion Presidencial) a la MORDAZA de MORDAZA, el mismo que recibiera Mantenimiento Especial Check "C" en la estacion reparadora VARIG ENGINEERING & MAINTENANCE S.A., con sede en la MORDAZA de Porto MORDAZA - Brasil; Que, de acuerdo a lo informado por el representante tecnico de la Fuerza Aerea en la Compania VARIG, la fecha del retorno de la mencionada aeronave ha sido cambiada, por lo que es necesario modificar la fecha de inicio y termino de la autorizacion MORDAZA mencionada en el sentido que se considere del 20 al 22 de diciembre del 2003; Que, el Articulo 4º de la Resolucion Suprema MORDAZA citada, faculta al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y termino de la referida autorizacion sin exceder el total de dias autorizados; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 017-2003 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Suprema Nº 439 DE/FAP del 8 de noviembre del 2003, en el sentido que se considere del 20 al 22 de diciembre del 2003, la autorizacion de viaje al exterior en Comision de Servicio a la Republica Federativa del Brasil, a los Coroneles FAP MORDAZA VIGNES MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a merito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 23867

Nº de Registro Codigo del Modelo Descripcion

ECONOMIA Y FINANZAS
Dictan Normas Reglamentarias del Decreto Legislativo Nº 939
DECRETO SUPREMO Nº 190-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Legislativo Nº 939 se ha aprobado medidas para la lucha contra la evasion y la informalidad, estableciendo el uso de determinados medios de pago para las obligaciones de dar sumas de dinero, asi como un impuesto a las transacciones financieras; Que resulta conveniente dictar las normas reglamentarias necesarias para la correcta aplicacion de lo dispuesto en el citado decreto legislativo; En uso de las facultades conferidas por la Primera Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 939 y el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru;

Dimensiones del Modelo

Dimensiones del Modelo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.