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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (24/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G30/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 24 de diciembre de 2003 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G79/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G65/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/GE1/G2D /G71/G75/G69/G6E/G61/G73/G20/G74/G72/G61/G67/G61/G6D/G6F/G6E/G65/G64/G61/G73/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G52/G2E/G46/G72/G61/G6E/G63/G6F/G20/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 937-2003-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 12 de diciembre de 2003Visto, el Expediente Nº 000991-2003-MINCETUR, de fecha 1.9.2003, presentado por la empresa R. Franco Amé-rica S.A. en el que solicita autorización y registro de dos(2) modelos de máquinas tragamonedas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, se regula la explotación de los juegos de casino ymáquinas tragamonedas, estableciéndose en el artículo 11ºdel citado cuerpo legal que los modelos de máquinas tra-gamonedas cuya explotación es permitida en el país sonaquellos que cuentan con autorización y registro; Que, el artículo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR,señala la información y documentación que deben presen-tar los interesados en obtener la autorización y registro delos modelos de máquinas tragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21º del citado Reglamento establece que los modelos de máquinas tragamonedas ylas memorias de sólo lectura de los programas de juegodeberán someterse con anterioridad a su autorización y re-gistro, a un examen técnico ante una entidad autorizada, lacual expedirá un Certificado de Cumplimiento que acredita-rá que el modelo o las memorias que componen el progra-ma de juego, según sea el caso, cumplen con los requisitosestablecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluación del Certificado de Cumpli- miento Nº 200307-05 de fecha 23.7.2003, expedido por elLaboratorio de Certificación de la Universidad Católica delPerú, y verificado los requisitos técnicos de la máquina tra-gamonedas cuya autorización y registro solicitan, se ad-vierte que la misma cumple con lo dispuesto en el artículo16º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluación de la documentación e información adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplido con lasdisposiciones legales aplicables para que la Dirección Nacio-nal de Turismo acceda a la autorización y registro solicitada; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Su- premo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 05del Decreto Supremo Nº 009-2003-MINCETUR, estando alo opinado en los Informes Técnico Nº 103-2003-MINCE-TUR/VMT/DNT/DJCMT/JYM y Legal Nº 669-2003-MINCE-TUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa R. Franco América S.A., los modelos de máqui-nas tragamonedas fabricados por la empresa solicitante,según el siguiente detalle: I Nº de Registro B0000208 Código del Modelo S21M-P o S21M variante P Descripción Tr agamonedas de video de cuerpo verti- cal con tapa superior de gabinete planaque cuenta con un aceptador de mone-das, aceptador de billetes y no cuentacon una palanca lateral, puede formar partede un carrusel. Dimensiones del Alto: 91.50 cm.Modelo Ancho: 55.00 cm. Largo: 44.00 cm. II Nº de Registro B0000209 Código del Modelo VF3-P o VF3 variante P Descripción Tr agamonedas de video de cuerpo verti- cal con tapa superior de gabinete planaque cuenta con un aceptador de mone-das, aceptador de billetes y no cuentacon una palanca lateral, puede formar partede un carrusel. Dimensiones del Alto: 98.00 cm.Modelo Ancho: 67.00 cm. Largo: 54.00 cm.Regístrese, comuníquese y publíquese MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 23873 DEFENSA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G20/G76/G69/G61/G2D /G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G46/G41/G50/G20/G61/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2110-2003-DE/FAP-CP Lima, 19 de diciembre de 2003 Visto el M/C GOP8-151701 de diciembre del 2003 del Comandante del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea delPerú y M/C DPFI-161315 de diciembre del 2003 del Co-mandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, según Resolución Suprema Nº 439 DE/FAP-CP del 8 de noviembre del 2003, se autorizó el viaje al exterior enComisión de Servicio a la República Federativa del Brasil,del 12 al 14 de diciembre del 2003, entre otros, a los Coro-neles FAP MUÑOZ VIGNES Luis Alfredo y GAMBOA SAN-DOVAL Segundo Buenaventura, con la finalidad que se en-carguen del retorno de la aeronave Boeing 737-528 FAP Nº356 (Avión Presidencial) a la ciudad de Lima, el mismo querecibiera Mantenimiento Especial Check "C" en la estaciónreparadora VARIG ENGINEERING & MAINTENANCE S.A.,con sede en la ciudad de Porto Alegre - Brasil; Que, de acuerdo a lo informado por el representante técnico de la Fuerza Aérea en la Compañía VARIG, la fe-cha del retorno de la mencionada aeronave ha sido cam-biada, por lo que es necesario modificar la fecha de inicio ytérmino de la autorización antes mencionada en el sentidoque se considere del 20 al 22 de diciembre del 2003; Que, el Artículo 4º de la Resolución Suprema antes ci- tada, faculta al Ministro de Defensa para variar la fecha deinicio y término de la referida autorización sin exceder eltotal de días autorizados; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Ur- gencia Nº 017-2003 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el Artículo 1º de la Resolu- ción Suprema Nº 439 DE/FAP del 8 de noviembre del 2003,en el sentido que se considere del 20 al 22 de diciembredel 2003, la autorización de viaje al exterior en Comisiónde Servicio a la República Federativa del Brasil, a los Co-roneles FAP MUÑOZ VIGNES Luis Alfredo y GAMBOASANDOVAL Segundo Buenaventura, a mérito de lo expues-to en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 23867 ECONOMÍA Y FINANZAS /G44/G69/G63/G74/G61/G6E/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G65/G2D /G63/G72/G65/G74/G6F/G20/G4C/G65/G67/G69/G73/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G39/G33/G39 DECRETO SUPREMO Nº 190-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Legislativo Nº 939 se ha apro- bado medidas para la lucha contra la evasión y la informa-lidad, estableciendo el uso de determinados medios de pagopara las obligaciones de dar sumas de dinero, así como unimpuesto a las transacciones financieras; Que resulta conveniente dictar las normas reglamenta- rias necesarias para la correcta aplicación de lo dispuestoen el citado decreto legislativo; En uso de las facultades conferidas por la Primera Dis- posición Final del Decreto Legislativo Nº 939 y el numeral8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú;