Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2003 (28/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 28 de diciembre de 2003

se encargaran de los aspectos propios de cada uno de dichos organos. Dependen funcionalmente de la Oficina de Comunicacion Social del Ministerio. Articulo 20º.- De la Oficina General de Informatica y Telecomunicaciones La Oficina General de Informatica y Telecomunicaciones es la encargada de programar, controlar, coordinar, operar y mantener los sistemas integrados de informatica y telecomunicaciones del Sector. Depende de la Secretaria General. Las Oficinas de Informatica y Telecomunicaciones de los diferentes organos de ejecucion se encargaran de los aspectos propios de cada uno de dichos organos. Dependen funcionalmente de la Oficina General de Informatica y Telecomunicaciones del Ministerio. Articulo 21º.-De la Oficina de Personal

AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de diciembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 24075

La Oficina de Personal es la encargada de ejecutar la politica de personal del Ministerio, en coordinacion con las orientaciones del Sistema de Personal. Depende de la Secretaria General." Articulo 2º.- Texto Unico Ordenado El Poder Ejecutivo en el plazo de treinta (30) dias aprobara mediante decreto supremo el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior. Articulo 3º.- Vigencia La presente Ley entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES MODIFICATORIAS, DEROGATORIAS COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- La Estructura Organica de la Secretaria Tecnica del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana sera desarrollada en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio. Segunda.- La Oficina Ejecutiva de Control de Drogas es la encargada de la administracion de los bienes incautados y el control de las drogas e insumos quimicos decomisados por trafico ilicito de drogas. Asimismo tiene a su cargo la erradicacion de los cultivos de coca, rigiendose por las leyes en la materia. Depende directamente del Ministro. Su naturaleza y estructura son desarrolladas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio. Tercera.- El Ministerio del Interior queda facultado para modificar su Reglamento de Organizacion y Funciones, debiendo presentar el respectivo decreto supremo para su aprobacion, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) dias utiles posteriores a la publicacion de la presente Ley. Cuarta.- El Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio establecera los plazos para la modificacion del respectivo Cuadro de Asignacion de Personal. Quinta.- A partir de la vigencia de la presente Ley, el Decreto Legislativo Nº 370, se denominara Ley del Ministerio del Interior. Sexta.- Derogase el articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 370, asi como cualquier disposicion normativa que contravenga la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de diciembre de dos mil tres. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica

PODER EJECUTIVO DEFENSA
Autorizan contratar empresa para abastecer de accesorios, instrumentos y repuestos a helicopteros, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2109-B-2003-DE/FAP MORDAZA, 19 de diciembre de 2003 VISTO: El Oficio V-70-SGFA-SACFA-Nº 0503 del 28 de agosto del 2003 de la Fuerza Aerea del Peru, por el que solicita la exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Licitacion Publica Internacional para obtener el abastecimiento de accesorios, instrumentos y repuestos aplicables a los helicopteros MI-17 de la Fuerza Aerea del Peru con numeros de matricula FAP 603, 611 y 618; CONSIDERANDO: Que, del Informe Tecnico Nº 004-GRUP3 de fecha 28 de agosto del 2003, del Grupo Aereo Nº 3, que forma parte integrante de la presente resolucion, se establece que el Grupo Aereo Nº 3 de la Fuerza Aerea del Peru cuenta con helicopteros de fabricacion rusa MI-17 cuyos componentes son fabricados por las Empresas ULAN UDE y KAZAN HELICOPTERS, para los cuales se requiere adquirir accesorios, instrumentos y repuestos, indicados en el Anexo 1 del citado Informe Tecnico, originales de fabrica hasta por el valor referencial de un millon doscientos setenta y un mil setecientos ochenta y cinco con 50/100 dolares americanos (US $ 1'271,785.50) en la cadena de gasto 5.3.11.30. con cargo al presupuesto RO-AF-2003; encontrandose dicha contratacion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Fuerza Aerea del Peru para el ano 2003 en el item 45, de acuerdo al Anexo 2 del citado Informe Tecnico; Que, del citado Informe Tecnico se establece que existen algunas companias o empresas a nivel mundial dedicadas a la comercializacion de conjuntos mayores, accesorios, instrumentos y repuestos de los helicopteros MI-17; sin embargo, la experiencia del Grupo Aereo Nº 3 ha demostrado que la adquisicion de material a companias que no son las fabricantes o que no estan autorizados por estos, han presentado deficiencias en su operatividad, teniendo que ser reemplazadas MORDAZA del tiempo previsto de operacion, ocasionando el incremento de los costos de operacion, la inoperatividad de la flota y afectando la Seguridad de los Vuelos, siendo necesario

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